REALE CHILE SEGUROS GENERALES S.A./
Rol
V-96-2024
Fecha
13 de marzo de 2025
Materia
VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS : Con fecha 22 de abril de 2024, a folio 1, comparecen los abogados don Sebastián Louis Pizarro Klein, cédula nacional de identidad N°16.312.324-K; y José Miguel Delpin Piffaut, cédula nacional de identidad N°16.872.035-1, en representación judicial de Reale Chile Seguros Generales S.A., Rut N°76.743.492-8, sociedad del giro de su denominación, representado legalmente por Eduardo Armen Couyoumdjian Nettle, chileno, divorciado, factor de comercio, cédula nacional de identidad N°7.106.347-K, todos domiciliados en calle 18 de Septiembre N°525, Local 101, Temuco, solicitando que se autorice ante el Registro Civil e Identificación el cambio de número de chasis y de motor del vehículo que singulariza en su presentación, al siguiente tenor: “Que, en representación de REALE CHILE SEGUROS GENERALES S.A., vengo en solicitar a U.S. autorizar el cambio de número de chasis y de motor, oficiando al efecto al Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación por los antecedentes que paso a exponer: 1. El vehículo marca BMW modelo 330i Sport 2.0 AUT año 2020, color Blanco Mineral, patente LYDC-47, Nro. Chasis WBA5R110XLFH56050, Nro. Motor F2743459, perteneciente al asegurado de Reale, LEASING DEL PACÍFICO SPA, RUT Nº 96.510.300-7, fue sustraído el 12 de agosto de 2020 a las 09:00 horas aproximadamente, al encontrarse circulando su conductor Luis Ruiz Echeverri por Av. Chamisero, altura aproximada de Camino Norte de la comuna de Colina para dirigirse a su trabajo ubicado en la comuna de Conchalí. En este contexto, el conductor es abordado por sujetos desconocidos a través del método de “encerrona”, hecho que fue denunciado oportunamente a la 5ta. Comisaría de Conchalí de Carabineros de Chile (Parte Denuncia Nº 44 de 12 de agosto de 2020), y generándose el encargo vigente Nro. SEBV_202008_1466 por el delito de Robo con Intimidación, encargo de fecha 20 de agosto de 2020, direccionado a la Fiscalía Local de Chacabuco. 2. El automóvil BM
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO : Que, con fecha 22 de abril de 2024, a folio 1, comparecen los abogados don Sebastián Louis Pizarro Klein, cédula nacional de identidad N°16.312.324-K; y José Miguel Delpin Piffaut, cédula nacional de identidad N°16.872.035-1, en representación judicial de Reale Chile Seguros Generales S.A., Rut N°76.743.492-8, sociedad del giro de su denominación, representado legalmente por Eduardo Armen Couyoumdjian Nettle, chileno, divorciado, factor de comercio, cédula nacional de identidad N°7.106.347-K, todos domiciliados en calle 18 de Septiembre N°525, Local 101, Temuco, solicitando que se autorice ante el Registro Civil e Identificación el cambio de número de chasis y de motor del vehículo que singulariza en su presentación, por las razones que constan en la parte expositiva de este fallo. SEGUNDO: Que, el Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados (Decreto N°22 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de 6 de febrero de 2020, y publicado el 22 de abril de 2021, el cual aprueba el referido reglamento y deroga el Decreto N°1111 del Ministerio de Justicia, de 1984), dispone en su artículo 19, lo siguiente: “no son alterables la marca, el modelo, el año de fabricación, el número de identificación del vehículo (VIN), el peso bruto vehicular y el número del chasis. Asimismo, tampoco son alterables el tipo de vehículo y el tipo de carrocería, en el caso de aquellos vehículos de uso especial, importados de acuerdo al inciso segundo del artículo 21 de la ley Nº 18.483.” TERCERO : Que, en consecuencia, al no corresponder alterar el número de chasis del vehículo, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados, transcrito en el motivo precedente, el Tribunal se encuentra impedido de acceder a lo solicitado en lo principal de folio 1. Código: EVNCXTUNLPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Y, visto, además lo dispuesto en los artículos 38, 41, 43, 44 y 49 de la Ley 18.290, artículo 19 del Decreto 22 que aprueba el reglamento del registro de vehículos motorizados, y artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
POR TANTO; En mérito de lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 39, 48, 49, y demás pertinentes de la Ley Nº 18.290; y el artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, RUEGO A S.S.: Acceder a lo solicitado, autorizando el cambio de número de chasis y número de motor del vehículo marca BMW modelo 330i Sport 2.0 AUT año 2020, color Blanco Mineral, patente LYDC- 47, y disponiendo la modificación de este número de chasis y de motor en la documentación del vehículo singularizado por la que actualmente mantiene la estructura del automóvil, correspondiente al Nro. De Chasis WBA8A7107GK378643 y de motor 21719376, para efectos de hacer coincidir estos números que efectivamente porta el vehículo con los datos de la Inscripción del Registro Nacional de Vehículos Motorizados dependiente del Servicio de Registro Civil e Identificación. Junto con la solicitud del folio 1, el solicitante acompañó los siguientes documentos: 1. Copia de Factura Electrónica Nº 108727 emitida por Williamson Balfour Motors SpA por el vehículo BMW modelo 330i Sport 2.0 AUT año 2020 Nro. Chasis WBA5R110XLFH56050, y Nro. Motor F2743459; 2. Parte Denuncia Nº 44 de fecha 12 agosto 2020, denuncia robo de automóvil BMW; 3. Parte Detenidos Nº 00045 de fecha 16 de febrero de 2023 y respectiva “Acta de Código: EVNCXTUNLPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 declaración de aprehensor”, sobre hallazgo vehículo BMW. 4. Informe de Ca
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Foja: 1 FOJA: 44 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-96-2024 CARATULADO : REALE CHILE SEGUROS GENERALES S.A./ Temuco, trece de marzo de dos mil veinticinco VISTOS : Con fecha 22 de abril de 2024, a folio 1, comparecen los abogados don Sebastián Louis Pizarro Klein, cédula nacional de identidad N°16.312.324-K; y José Miguel Delpin Piffaut, cédula
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