BANCO ITAU CHILE S.A/VERGARA
Rol
C-17709-2024
Fecha
13 de marzo de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 02 de octubre de 2024, comparece don Pablo del Campo Brahm, abogado, domiciliado en calle Apoquindo N 3669, oficina 801, comuna de Las Condes,° Regi n Metropolitana, en representaci n del ó ó BANCO ITA CHILEÚ , sociedad an nima bancaria, antes llamado Ita Corpbanca,ó ú representado legalmente por su gerente general don Gabriel Amado de Moura, administrador de empresas, ambos con domicilio en calle Presidente Riesco N 5537, piso 20, comuna de Las Condes, Regi n° ó Metropolitana, interponiendo demanda ejecutiva en contra de do a ñ PAULINA VER NICA VERGARA ROSASÓ , ignora profesi n u oficio, con domicilio en calleó Corte de Apelaciones N 1071, departamento 1602, comuna de Vitacura, Regi n° ó Metropolitana. Expone que su representado es due o del pagar N 60143623, suscrito enñ é ° Santiago el 22 de agosto de 2024, a la vista y a la orden del Banco Ita Chile, por laú suma de $60.950.925.- por concepto de capital, cantidad que devengar a, a partir de esaí fecha y hasta el d a del pago efectivo, la tasa de inter s m xima convencional paraí é á operaciones de cr dito de dinero no reajustables que rija a esta misma fecha.é Sostiene que dicho pagar fue suscrito por la demandada, representada por elé propio Banco, en uso del mandato conferido por sta en el contrato que tambi né é acompa a, el que no fue pagado a la fecha de su vencimiento.ñ Arguye que las firmas de los suscriptores en el pagar est n autorizadas poré á Notario, por lo que se trata de un t tulo ejecutivo, siendo la obligaci n l quida,í ó í actualmente exigible y no est prescrita.á Concluye solicitando en virtud de lo dispuesto en los art culos 434 N 4 yí º siguientes del C digo de Procedimiento Civil, tener por interpuesta demanda ejecutivaó en contra de do a PAULINA VERONICA VERGARA ROSAS, ya individualizada,ñ por la suma de $60.950.925.-, m s intereses, ordenando se siga adelante la ejecuci ná ó hasta hacer a su parte entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Código: KGFKXTLRGNX Es
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, notificada y requerida legalmente de pago, la parte ejecutada opuso a la ejecuci n las excepciones de los n meros 14, 7 y 2 del art culo 464 deló ú í C digo de Procedimiento Civil.ó SEGUNDO: Que, la primera excepci n opuesta por la ejecutada es la contenidaó en el n mero 14 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la nulidadú í ó de la obligaci n, cuyo fundamento lo basa en el hecho que desconoce la raz n en virtudó ó de la cual el ejecutante ha procedido a suscribir el t tulo fundante de autos, por cuantoí en el libelo pretensor nada menciona respecto de dicho instrumento, limit ndose aá mencionar que es due o de un pagar suscrito en agosto de 2024, en su representaci n,ñ é ó sin indicar el origen de dicha obligaci n, pretendiendo renacer obligaciones queó eventualmente se encuentran prescritas. Agrega que, atendido que el ejecutante no ha acompa ado ning n antecedenteñ ú que justifique la personer a o mandato de este, para suscribir dicho documento en suí representaci n, es que opone a la ejecuci n la correspondiente excepci n de nulidad.ó ó ó TERCERO: Que, la ejecutante evacuando el traslado conferido indica que la parte demandada funda su excepci n de nulidad en que su parte habr a excedido lasó í facultades del mandato contenido en el Contrato de Cr dito de Consumo, el que ser aé í nulo por contener b sicamente una autocontrataci n, lo que debe rechazarse de plano,á ó por cuanto el pagar que ha servido de antecedente a esta ejecuci n cumple con todosé ó los requisitos que establece la ley para tener m rito ejecutivo.é Explica que el referido mandato otorgado por la ejecutada es claro, suscrito por sta y acompa ado en el segundo otros de la demanda ingresada al tribunal, de cuyaé ñ í sola lectura, se acredita que no se ha obrado fuera de los l mites del mandato, atendidoí que do a Paulina Ver nica Vergara Rosas autoriza expresamente a Ita Corpbanca y/oñ ó ú a la sociedad Recaudaciones y Cobranza S.A. (Instacob) para que, por s , o a trav s de“ ” í é Código: KGFKXTLRGNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17709-2024 Foja: 1 mandatarios que designe, suscriban pagar s en su representaci n ante Notario, con elé ó prop sito de facilitar el cobro de lo adeudado, quedando as de manifiesto que el pagaró í é ha sido suscrito en virtud de un mandato v lidamente otorgado, actuando dentro de losá l mites de ste, y que cumple con todos los requisitos exigidos por la ley para tenerí é fuerza ejecutiva. Termina se alando que el pagar fundante de autos es uno cuya firma delñ é suscriptor se encuentra autorizada ante notario, por lo tanto, constituye un t tuloí ejecutivo perfecto, teniendo su parte el leg timo derecho a cobrar los montos adeudadosí por la demandada, y a hacerlo por medio de los instrumentos que sta autoriz a sué ó parte a suscribir, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la ley. CUARTO: Que, para resolver la exce
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 160, 170, 434 N 4, 438, 464, 466, 468, 469, 471 del C digo de Procedimientoí ó Civil; 1698 del C digo Civil y disposiciones pertinentes de la Ley N 18.092, ó ° SE RESUELVE: I.- Que, SE RECHAZAN las excepciones de los n meros 14, 7 y 2 del art culoú í 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuestas por la ejecutada en lo principal de suó escrito de fecha 16 de diciembre de 2024, por lo que debe seguir adelante la ejecuci nó hasta hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado a la ejecutante; II.- Que, se condena en costas a la parte ejecutada. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. DICTADA POR DO A MONTSERRAT MARITZA ORTIZ SILVA,Ñ JUEZA SUPLENTE DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, trece de marzo de dos mil veinticinco Código: KGFKXTLRGNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-13T11:51:47-0300
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C-17709-2024 Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17709-2024 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/VERGARA Santiago, trece de marzo de dos mil veinticinco VISTOS: Con fecha 02 de octubre de 2024, comparece don Pablo del Campo Brahm, abogado, domiciliado en calle Apoquindo N 3669, oficina 801, comuna de Las Condes,° Regi n Metropoli
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