1º Juzgado Civil de Talcahuano

SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/GALINDO

Rol

C-3136-2024

Fecha

13 de marzo de 2025

Materia

PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: En folio 1 compareció Rodrigo Ormazabal Mardones, inspector del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, domiciliado para estos efectos en Avenida Alto Horno N° 515, sector Las Higueras, comuna de Talcahuano. Formuló denuncia en contra de MARCO ULISES GALINDO UTRERAS, cédula nacional de identidad N° 9.791.192-4, domiciliado en domiciliado en Punta Astorga N° 9, Lota Bajo, comuna de Lota, armador y patrón de la embarcación DON GUILLERMO I, matrícula N° 314 de Lota, inscripción en el Registro Pesquero Artesanal (RPA) N° 951136, de 18 metros de eslora. En base a los siguientes hechos constitutivos de una infracción a la normativa pesquera vigente, esto es, a los artículos 48 A letra a), 107, 116 y 117 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, con relación a la Resolución Exenta N°3357 de 2021, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, que establece período de captura para la pesquería artesanal de jurel, y demás cuerpos legales y reglamentarios dependientes del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Sostuvo que el 4 de enero del 2024, él junto a la Unidad de Monitoreo y Control Satelital de la Región del Biobío, realizó un monitoreo continuo de las operaciones de pesca. Ello, respecto de las embarcaciones artesanales que operaron sobre el recurso jurel, a través del Sistema de Vigilancia y Monitoreo Satelital (VMS) de embarcaciones, que administra la Armada de Chile en conjunto con Sernapesca. Dicho sistema, precisó, tiene por objeto la vigilancia y monitoreo de las naves pesqueras, basando su funcionalidad en la capacidad de transmitir a tierra, por vía satelital, la ubicación en el mar de una nave de pesca, esto es, identificación de la nave, posición geográfica de ésta, fecha y hora de esta; rumbo y velocidad asociada y la posibilidad de recepcionar estos reportes en sistemas computacionales. Manifestó que de los antecedentes arrojados por el VMS, constatados en la plataforma Themis Web, software de monitoreo satelital que administra el Sernapesca a

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°. En folio 1, Rodrigo Ormazabal Mardones, Inspector del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, compareció y formuló denuncia en contra de MARCO ULISES GALINDO UTRERAS, armador y patrón de la embarcación artesanal DON GUILLERMO I. Solicitó que se le condene al máximo de las penas establecidas por la Ley General de Pesca y Acuicultura, en sus Código: TBYMXTXYYXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 artículos 116 y 112 respectivamente, con expresa condenación en costas. Todo, hechos y argumentos señalados en la primera parte de esta sentencia, a lo cual nos remitimos. 2°. EL denunciado concurrió a la audiencia respectiva, y afirmó que la denuncia no es efectiva según lo argumentó y se expuso precedentemente. 3°. Recibida la causa a prueba, se fijaron como hechos a probar, los siguientes: “Efectividad de haber incurrido el infractor en capturar recurso hidrobiológico jurel en contravención al período de captura establecido por la resolución exenta n°3357 de 2021 de la Subpesca. De ser así, hechos que la constituirían.” 4°. Para fundar su denuncia, la parte denunciante acompañó los documentos consistentes en: Incorporados en folio 1 y ratificados en audiencia de folio 15: a. Original de citación y notificación N° 113800 respecto del denunciado como armador y patrón; b. Certificado de inscripción en el Registro Pesquero Artesanal de la embarcación DON GUILLERMO I, matrícula N° LOT-314 número de RPA 951136. De este se extrae que su descripción es de tipo de embarcación: Lancha mayor y que su eslora es de 18 metros; c. Reporte Desembarque Artesanal (DA), Folio Sernapesca N° 15465210 declarado por el armador de la citada embarcación. En el que se indica la captura de la especie Jurel, y su pesaje respectivo: 56,54 toneladas; d. Resolución Exenta N° 3357 de la SUBPESCA, del 2021, que establece el período de captura para la pesquería artesanal del jurel, el cual comenzará el 5 de enero y terminará el 31 de diciembre de cada año; e. Resolución Exenta N° 810 de 2024 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, que aprueba informe “Estado de situación de las principales pesquerías chilenas, año 2023”; f. Certificado de operación desembarques informados año 2023, respecto de la embarcación DON GUILLERMO I, matrícula N° LOT-314, RPA N°951136. En Folio 13 incorporó: g. Informe técnico N° 0025-2024-CMC, sobre la operación de la embarcación artesanal “DON GUILLERMO I” durante el viaje de pesca realizado entre el 04 y 05 de enero de 2024. Documento suscrito por el encargado de programa de fiscalización e inspección pesquera don Carlos Contreras González, datado el 23 de enero de 2024, y Código: TBYMXTXYYXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 h. Certificado N° 027/2024, datado el 12 de febrero de 2024, suscrito por el Director (s) región del Bío Bío, del Servicio Nacional de Pesca y Acuic

Fallo

Por tanto, recae sobre la parte denunciada la carga de acreditar que los hechos no ocurrieron de la forma que los propone la denunciante o que ellos, así propuestos, no constituyen infracción alguna. 8°. Más allá de la presunción legal, analizada en primer término la prueba aportada por la denunciante, en especial, del Certificado N° 027/2024, en que el Director (S) región del Bío Bío del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. Certificó que la embarcación DON GUILLERMO I, realizó operaciones de pesca en la zona estadística 114 con resultado de captura, durante el 4 de enero de 2022. Con anterioridad a la fecha de actividades extractivas, esto es, el 5 de enero. Ello, según expresa, de acuerdo al Informe Técnico N°0025-2024 CMC, el que adjunta y se tiene como integrante de este certificado. Dicho informe, en síntesis, indica textual que: “La nave DON GUILLERMO I zarpó desde el puerto de Lota, el día 04 de enero de 2024 alrededor de las 08:30 horas (Figura 4). Navegó en dirección al weste hasta llegar a una zona situada Código: TBYMXTXYYXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 aproximadamente 10,2 millas náuticas frente a Faro Puchoco (zona estadística 114) donde realizó un lance de pesca que se detalla a continuación: - La faena se inició en las coordenadas 37°02’08.99” S, 073°23’31.99” W, aproximadamente a las 10:22 hora local del día 4 de enero de 2024 (Figura 5). Una vez concluida la opera

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-3136-2024 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/GALINDO Talcahuano, trece de marzo de dos mil veinticinco VISTO: En folio 1 compareció Rodrigo Ormazabal Mardones, inspector del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, domiciliado para estos efectos en Avenida Alto Horno N° 515, se

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