HERRERA/SERV. SALUD FRANCISCO E.I.R.L
Rol
O-711-2024
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Nulidad del despido, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 41, 55, 63, 73, 160, 162, 163, 168, 171, 453, 454, 456, 459, 460 y 461 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, SE ACOGE la demanda deducida por doña Anita Belén Herrera Oyarce, Rut 17.820.267-7 en contra de Servicio de Salud Francisco Daniel Contreras Salfate EIRL, Rut 76.226.988-0, declarando que su decisión de poner término a su contrato de trabajo de conformidad al artículo 171 del Código del Trabajo se ajusta a derecho y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) La suma de $700.000.- por concepto de indemnización por falta de aviso previo. b) La suma de $4.200.0000.- por concepto de indemnización por años de servicios, la que deberá incrementarse en un 50%, esto es, en la suma de $2.100.000.- c) La suma de $1.073.333.- por concepto de feriado legal y proporcional adeudado a la trabajadora. d) Al pago de cotizaciones de seguridad social de AFP, Fonasa y AFC, por el periodo comprendido entre noviembre de 2021 a julio de 2024, sobre la base de una remuneración mensual de $700.000.- II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que SE RECHAZA la demanda en lo que dice relación con la solicitud de aplicar la sanción prevista en el artículo 162 del Código del Trabajo, esto es, la nulidad del despido respecto de la demandada. IV.- Que se condena en costas a la demandada. En su oportunidad ofíciese a AFP Modelo, AFC y Fonasa comunicando esta sentencia a fin de que realicen el cobro de las cotizaciones previsionales correspondientes. REGÍSTRESE, NOTIFIQUESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. Dictada por don Rodrigo Patricio Diaz Figueroa, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio
Fundamentos
CONSIDERANDO: RESOLUTIVO
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 41, 55, 63, 73, 160, 162, 163, 168, 171, 453, 454, 456, 459, 460 y 461 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, SE ACOGE la demanda deducida por doña Anita Belén Herrera Oyarce, Rut 17.820.267-7 en contra de Servicio de Salud Francisco Daniel Contreras Salfate EIRL, Rut 76.226.988-0, declarando que su decisión de poner término a su contrato de trabajo de conformidad al artículo 171 del Código del Trabajo se ajusta a derecho y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) La suma de $700.000.- por concepto de indemnización por falta de aviso previo. b) La suma de $4.200.0000.- por concepto de indemnización por años de servicios, la que deberá incrementarse en un 50%, esto es, en la suma de $2.100.000.- c) La suma de $1.073.333.- por concepto de feriado legal y proporcional adeudado a la trabajadora. d) Al pago de cotizaciones de seguridad social de AFP, Fonasa y AFC, por el periodo comprendido entre noviembre de 2021 a julio de 2024, sobre la base de una remuneración mensual de $700.000.- II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que SE RECHAZA la demanda en lo que dice relación con la solicitud de aplicar la sanción prevista en el artículo 162 del Código del Trabajo, esto es, la nulidad del despido respecto de la demandada. IV.- Que se condena en costas a la demandad
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO FECHA 04 DE FEBRERO DE 2025 RUC 24-4-0616278-4 RIT O-711-2024 MAGISTRADO RODRIGO DIAZ FIGUEROA ADMINISTRATIVO DE ACTAS PATRICIA NAIM VILLALOBOS SALA 2 HORA DE INICIO 12.00 HORA DE TERMINO 13.15 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440616278-4-1337 PARTE DEMANDANTE ANITA HERRERA OYARCE ABOGADO RODRIGO FERNANDO NAVARRO ARQUEROS PARTE DEMANDADA (En rebeldia) SERV.
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