1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PÉREZ/SERVICIOS VETERINARIOS Y BIOSEGURIDAD CORDERO Y PEREIRA LTDA.

Rol

O-3298-2024

Fecha

4 de febrero de 2025

Materia

Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que compareció al proceso doña VERÓNICA ALEJANDRA PÉREZ MORALES, quien interpuso demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones en contra de SERVICIOS VETERINARIOS Y BIOSEGURIDAD CORDERO Y PEREIRA LTDA., representada por Rodrigo Cordero Canales. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 41, 63 bis, 161 inciso primero, 168, 173 del Código del Trabajo y 446 a 462 del mismo cuerpo legal

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por VERÓNICA ALEJANDRA PÉREZ MORALES en contra de SERVICIOS VETERINARIOS Y BIOSEGURIDAD CORDERO Y PEREIRA LTDA.,t representada legalmente por Rodrigo Cordero Canales en cuanto se declara improcedente el despido del cual fue objeto la demandante con fecha 19 de febrero del 2024 por aplicación del inciso primero 161 del Códigos del Trabajo II. Que en consecuencia la demandada deberá pagar a la demandante las siguientes sumas por concepto de indemnizaciones y prestaciones que se indican a continuación: a) Por concepto de saldo pendiente de la indemnización sustitutiva del mes de aviso previo, la suma de $317.640.- b) Por concepto de saldo pendiente de la indemnización por años de servicios, la suma de $635.280, c) La suma de $877.292.-, por concepto de recargo legal del 30%, conforme lo dispone la Letra A del artículo 168 del Código del Trabajo. d) La suma de $6.035.160.-, por concepto de remuneración adeudada, con respecto a bonos mensuales impagos durante la relación laboral establecida. e) Por concepto de saldo pendiente de feriado legal y proporcional, la suma de $1.213.149.-, III. Que se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida, las cuales se regulan en la suma de $300.000.- IV. Que las sumas ordenadas pagar, procederán con los reajustes e intereses, que dispone los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella d

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO Procedimiento Ordinario (Audiencia Telemática) FECHA 04/02/2025, Santiago RUC 24-4-0572890-3 RIT O-3298-2024 CARATULADO PÉREZ/SERVICIOS VETERINARIOS Y BIOSEGURIDAD CORDERO Y PEREIRA LTDA. MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS CARLOS URZUA TORO HORA DE INICIO 10:31 HORA DE TERMINO 10

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica