PER MARMOLEJO SPA/
Rol
V-89-2024
Fecha
11 de marzo de 2025
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que a folio 1, con fecha 28 de agosto de 2024, compareció la abogada doña Daniela Paz Santidrian Salas, cédula de identidad N° 17.023.129-5, en representación de PER MARMOLEJO SpA, sociedad chilena del giro industrial y generación de energía eléctrica, rol único tributario N° 77.677.412-K, ambas domiciliadas para estos efectos en avenida Pedro de Valdivia N° 273, oficina 506, comuna de Providencia, provincia de Santiago, región Metropolitana, y expone: Que habiendo efectuado trabajos de prospección minera en terrenos abiertos e incultos en la comuna de Bulnes, provincia de Diguillín, región del Ñuble, su representada ha encontrado sustancias mineras concesibles, por lo que, en la calidad que inviste, solicita un pedimento que su representada denominará “EL VECINO II”. El Punto Medio de la cara superior de la concesión que se solicita, se ubica en la intersección de las coordenadas U.T.M.: Norte 5.928.389,00 metros y Este 756.427,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa de 1956, Zona 18 H. El pedimento solicitado tendrá la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados de Norte-Sur UTM. medirán 1.000,00 metros, y los lados orientados en la dirección EsteOeste UTM. medirán 1.000,00 metros, cortándose sus diagonales en el Punto Medio ya individualizado, encerrando una superficie total de 100 hectáreas. Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, y artículos 14 y siguientes del Reglamento del cuerpo legal mencionado, pide tener por presentado este pedimento minero, certificar el día y hora de su presentación, y ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, otorgándole copia al efecto. A folio 2, con fecha 28 de agosto de 2024, se ordenó inscribir y publicar el pedimento minero solicitado, publicación que se llevó a efecto en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial N° 43.958 con fecha 26 de septiembre de 2024, según consta a folio 5 de autos. A folio
Fallo
Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, y artículos 14 y siguientes del Reglamento del cuerpo legal mencionado, pide tener por presentado este pedimento minero, certificar el día y hora de su presentación, y ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, otorgándole copia al efecto. A folio 2, con fecha 28 de agosto de 2024, se ordenó inscribir y publicar el pedimento minero solicitado, publicación que se llevó a efecto en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial N° 43.958 con fecha 26 de septiembre de 2024, según consta a folio 5 de autos. A folio 4, con fecha 29 de agosto de 2024, se certificó por la ministro de fe del tribunal que la solicitud de pedimento minero ingresó por medio de la Oficina Judicial Virtual el día 28 de agosto de 2024 a las 09:51:16 horas. A folio 5, con fecha 25 de noviembre de 2024, la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1.- Certificado de movimiento emitido por Tesorería, que acredita declaración y pago simultáneo de la tasa del pedimento (formulario 10), y comprobante de transacción con timbre de Tesorería. Código: JEFXXTGJJFH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- Certificado de movimiento emitido por Tesorería, que acredita declaración y pago simultáneo de la patente proporcional establecida en el artículo 144 del Código de Minería (formulario 41), y comprobante de transacción con timbre de Tesor
Texto Completo (Preview)
FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Bulnes CAUSA ROL : V-89-2024 CARATULADO : PER MARMOLEJO SPA/ Bulnes, once de marzo de dos mil veinticinco VISTO: Que a folio 1, con fecha 28 de agosto de 2024, compareció la abogada doña Daniela Paz Santidrian Salas, cédula de identidad N° 17.023.129-5, en representación de PER MARMOLEJO SpA, sociedad chilena del
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