CAT. ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A/FIGUEROA
Rol
C-526-2024
Fecha
11 de marzo de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece do a JAVIERA PAZ MORAGA BENITEZ, abogada,ñ domiciliada en calle Teatinos 449, oficina 3, piso 3, comuna de Santiago, en representaci n de CAT Administradora de Tarjetas S.A., persona jur dicaó í del giro de su denominaci n, representada por su gerente general, don Luisó Alberto Aubele Ram rez, ingeniero comercial, ambos con domicilio ení Avenida Vitacura 2736, Piso 13, Depto. 1301, comuna de Las Condes, qui n deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de do aé é ñ MARIANELA DEL CARMEN FIGUEROA VALENZUELA, ignora profesi n u oficio, domiciliada en Danery 455, comuna de Quintero y/oó Mirador 767, Depto. 302 F, comuna de Quinteros. Funda la demanda en que su representado es due o del pagar Nñ é º 3722023 por la suma de $25.033.140.- por concepto de capital, con vencimiento el d a 18 de diciembre de 2023, suscrito por la Sociedad CATí ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A., representada por JOSE BASTIDAS BALLESTEROS, actuando por Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., tambi n CAT S.A. y/o ACC S.A., en virtud de un mandatoé otorgado al efecto por el deudor, seg n consta en el Contrato de Aperturaú de Cr dito Cencosud que acompa a a esta presentaci n.é ñ ó Se ala que el documento ten a su vencimiento al 18 de diciembre deñ í 2023, por un monto de $25.033.140.- por concepto de capital, fecha en la cual el deudor no lo pag , encontr ndose en mora desde ese d a, por loó á í Código: MWHTXTJXKCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 que, de conformidad a lo prevenido en el pagar , corresponde la aplicaci né ó de intereses moratorios desde dicha fecha, que equivalen al inter s m ximoé á convencional para operaciones no reajustables, los que deben calcularse desde la fecha de vencimiento del documento. Refiere que, en consecuencia, el monto total adeudado a su representada asciende a la suma de $25.033.140.- por concepto de capital, m s los intereses moratorios y costas. A ade que e
Fundamentos
motivos econ micos y personales.ó Alega que la acci n ejecutiva se encuentra ntegramente prescrita,ó í toda vez que el vencimiento del documento se dio al caer en mora desde el d a 18 de diciembre de 2023, transcurriendo con creces el plazo de un a oí ñ desde el vencimiento del documento hasta la notificaci n de la demandaó ejecutiva y requerimiento de pago, como lo establece el art culo 98 de laí Ley N 18.092 sobre Letra de cambio y Pagar .° é A folio 32, al evacuar el traslado el ejecutante se allana a la excepci nó opuesta por la parte ejecutada, solicitando que no se le condene al pago de costas, toda vez que indica exist a y existe a n un motivo plausible paraí ú litigar, esto es la deuda que el ejecutante mantiene pendiente actualmente. Con fecha 19 de febrero de 2025, se declar admisible la excepci nó ó opuesta se omiti su recepci n a prueba, y se cit a las partes para o ró ó ó í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareci do a JAVIERA PAZ MORAGAó ñ BENITEZ, en representaci n de CAT Administradora de Tarjetas S.A.,ó qui n deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de do aé é ñ MARIANELA DEL CARMEN FIGUEROA VALENZUELA, en raz n deó los hechos y fundamentos de derecho expresados en la parte expositiva. SEGUNDO: Que el ejecutado opuso a la ejecuci n la excepci n deó ó prescripci n contemplada en el numeral d cimo s ptimo del art culo 464 deló é é í C digo de Procedimiento Civil.ó TERCERO: Que, la prescripci n es un modo de adquirir las cosasó ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose doí las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentraá tratada en el C digo Civil, en los art culos 2492 y siguientes.ó í Código: MWHTXTJXKCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 CUARTO: Que, la prescripci n se inserta en un sistema jur dicoó í proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos de derecho y laí debida tutela o protecci n de los mismos, instando en definitiva a que losó part cipes de dichas relaciones no se hallen vinculados en forma indefinida,í provocando con ello incertidumbre y falta de consolidaci n en susó situaciones jur dicas. í Si bien el ordenamiento, por una parte otorga la protecci n aló acreedor, facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pacifico y en definitiva la eficacia de su derecho; protege a su vez al sujeto pasivo de la relaci n estableciendo con normas de orden p blico eló ú real alcance y permanencia del deber que de esta relaci n emana.ó La prescripci n extintiva o liberatoria, permite la estabilidad de losó derechos dando seguridad jur dica y, en definitiva, se constituye en uní castigo para el actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. Se trata de una insti
Fallo
se resuelve:ó í I.- Que se acoge la excepci n de prescripci n incoada por laó ó demandada. II.- Que, por consiguiente, se ordena alzar la ejecuci n. ó Código: MWHTXTJXKCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 III.- Que no se condena en costas al ejecutante por estimarse que tuvo motivos plausibles para litigar se condena en costas al demandado por resultar totalmente vencido. Reg strese, notif quese y en su oportunidad, arch vese.í í í Rol N 526-2024.-° Pronunciada por do a Paulina S nchez Campos, Juez Suplenteñ á Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, once de marzo de dos mil veinticinco Código: MWHTXTJXKCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: MWHTXTJXKCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-11T15:14:15-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 15 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-526-2024 CARATULADO : CAT. ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A/FIGUEROA Santiago, once de marzo de dos mil veinticinco VISTOS: Comparece do a JAVIERA PAZ MORAGA BENITEZ, abogada,ñ domiciliada en calle Teatinos 449, oficina 3, piso 3, comuna de Santiago, en representaci n de CAT Administradora de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica