BANCO DE CHILE/SALINAS
Rol
C-1699-2022
Fecha
11 de marzo de 2025
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En lo principal de folio N 1, comparece do a Paula Arancibia° ñ Rodr guez, abogada, en representaci n convencional de Banco de Chile,í ó sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general es don Eduardoó Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, quien deduce demanda de cobro de pesos, en juicio ordinario de menor cuant a, en contra de don Juan Jorgeí Salinas Carvajal. Demanda que fue rectificada, a folio N 39.° En el folio N 64, consta la validaci n de la notificaci n de la° ó ó demanda al demandado. En el folio N 65, se tiene por contestada la demanda en rebeld a del° í demandado. En el folio N 78, con la asistencia de ambas partes, se lleva a efecto° la audiencia de conciliaci n, sin que se logre llegar a acuerdo.ó En el folio N 79, se recibe la causa a prueba, rindi ndose la que° é consta en autos. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal de folio N 1, comparece do a° ñ Paula Arancibia Rodr guez, abogado, en representaci n convencional deí ó Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general es donó Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, quien deduce demanda de cobro de pesos, en juicio ordinario de menor cuant a, en contra de doní Juan Jorge Salinas Carvajal, ignora profesi n u oficio, con domicilio en Av.ó Cardenal A Samore 1451, casa 17, Curauma. Se alañ que, Banco de Chile otorg un mutuo, con fecha 08 de abriló de 2005, ante don Gast n Flores Estay, suplente del Notario P blico de laó ú ciudad de Valpara so, don Luis Enrique Fischer Yavar, por la suma deí 1.030 Unidades de Fomento, que el deudor reconoci deber y se oblig aó ó pagar en el plazo de 32 meses, contados del d a primero del quinto mesí siguiente a la fecha del contrato por medio de igual n mero de dividendosú mensuales, vencidos y sucesivos, con una tasa de inter s real, anual yé vencida de 4,1% anual. En caso de que el deudor fuere cuentacorrentista del banco y tuviere otorgado un mandato para debitar en dicha cuenta el importe del dividendo de este pr stamo, de cumplir lo se alado en banco consiente en que la tasaé ñ de inter s ser de un 3,8% anual. A contar del d a primero del mes 37,é á í pagar a 204 cuotas mensuales, vencidas y sucesivas, con una tasa de inter sí é de un 2,4% anual a la tasa base, la tasa TAB (tasa activa bancaria) para operaciones reajustables para operaciones de cr dito de dinero en Unidadesé de Fomento de 360 d as. La tasa m xima ser a de un 6,9 anual. Las partesí á í Código: DWZEXTNXCWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acordaron que, si los dividendos no fueren pagados en el plazo establecido, devengar n desde el d a primero del mes en que debi haberse pagado uná í ó inter s moratorio que no podr ser superior a la tasa m xima permitidaé á á estipular para operaciones de cr dito de dinero.é Por otra parte, Banco de Chile entreg los fondos solicitados aló deudor. La operaci n de pr stamo se alada se document en la fechaó é ñ ó se alada mediante la suscripci n de escritura p blica de mutuo, de 08 deñ ó ú abril de 2005, ante don Gast n Flores Estay, suplente del Notario P blicoó ú de la ciudad de Valpara so, don Luis Enrique Fischer Y var.í á Las partes acordaron que el retardo por m s de 10 d as en el pago deá í cualquier dividendo facultar a al banco para exigir el pago del totalí adeudado, consider ndose de plazo vencido la obligaci n, deveng ndoseá ó á intereses penales a la tasa m xima que la ley permita estipular. El derechoá anterior debe entenderse ejercido por el banco al momento de notificar v lidamente la presente demanda.á A fin de ilustrar sobre el documento suscrito por don Juan Jorge Salinas Carvajal, aludida precedentemente se se alaron las condiciones enñ que se suscribi la escritura p blica.ó ú Es del caso que don Juan Jorge Salinas Carvaja
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s lo dispuesto en los art culosá í 1698 y 2515 del C digo Civil y los art culos 144, 160, 170, 254 y siguientesó í 342, 346 y siguientes y 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,ó se resuelve: 1.- Que se hace lugar a la demanda presentada por do a Paulañ Arancibia Rodr guez, abogada, en representaci n convencional de Banco deí ó Chile, cuyo gerente general es don Eduardo Ebensperger Orrego, en lo principal de folio N 1, en contra de don Juan Jorge Salinas Carvajal, todos° ya individualizados, y, en consecuencia, se condena al demandado a pagarle Código: DWZEXTNXCWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a la parte demandante la cantidad equivalente, al d a del pago efectivo, aí 482,6454 Unidades de Fomento, m s los intereses pactados en el mutuoá hipotecario, de fecha 08 de abril del 2005, acompa ado por la actora enñ este juicio. 2.- Que, resultando totalmente vencido, se condena en costas de la causa al demandado. Reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad. í í í Rol C-1699-2022. Dictada por Luis Fernando Garc a D az, juez del Segundo Juzgadoí í Civil de Valpara so. í Certifico que, en Valpara so, a í once de marzo de dos mil veinticinco, notifiqu por el estado diario la resoluci n que antecede.é ó Código: DWZEXTNXCWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-11T11:29:50-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-1699-2022. CARATULADO : BANCO DE CHILE/SALINAS. MATERIA : COBRO DE PESOS. Valpara so, í once de marzo de dos mil veinticinco. VISTO: En lo principal de folio N 1, comparece do a Paula Arancibia° ñ Rodr guez, abogada, en representaci n convencional de Banco de Chile,í ó sociedad an nima bancaria, cuyo geren
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