SCOTIABANK CHILES.A/MAVRAKIS
Rol
C-4678-2024
Fecha
11 de marzo de 2025
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 25 de octubre de 2024, comparece don Cristian Viñales Devoto, abogado, domiciliado en calle Prat N°214, cuarto piso, oficina 402, Antofagasta, en representación de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Diego Patricio Masola, contador, domiciliados en avenida Costanera Sur N°2710 Torre A piso 23, Las Condes, e interpone demanda ejecutiva en contra de don Alejandro Constantino Mavrakis Leaño, empleado, domiciliado en avenida Cerro Paranal N°360, departamento N°43, y/o Cerro Paranal N°271, departamento N°213, Edificio Bahamas, Antofagasta, a fin de que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad de $212.019.526.-, más intereses pactados, con costas. Funda su acción señalando que, el demandado es deudor de los siguientes instrumentos: 1. Escritura Pública de fecha 26 de mayo de 2022, otorgada por Pedro Gonzalo Hurtado Peralta, notario público de Antofagasta, por la cual el demandado celebró un contrato de compraventa mutuo e hipoteca, en que el ejecutante le dio en préstamo la cantidad de UF. 4.420.-. Asimismo, dio en Código: MXXCXTXXQVG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl préstamo al deudor la cantidad de UF. 9,9204, monto que se aplicaría al pago de las primas de seguros correspondiente al periodo de gracia, cantidad que se sumaría a la cantidad referida precedentemente. La parte deudora se obligó a pagar dichas cantidades, más el monto correspondiente a la capitalización que se efectúe de los intereses devengados durante dicho periodo de gracia, ascendente a UF: 90,5190,
Fundamentos
considerando su vencimiento al final de dicho periodo de gracia, de manera que el monto de la obligación a servir correspondería a UF 4520,4394, obligación que se pagaría en el plazo de 300 cuotas mensuales, por medio de igual número de dividendos mensuales y vencidos que comprenderían el capital e intereses, con vencimiento cada uno de ellos el día uno de cada mes. Las partes convinieron en que los intereses que se generen del contrato de mutuo se determinarían de la siguiente manera: A) Para los primeros tres periodos de determinación de intereses el capital adeudado devengaría mensualmente un interés del 4,08% anual, a contar del día de inicio de la obligación. B) Para el cuarto y los restantes periodos de determinación de intereses el capital adeudado devengaría mensualmente un interés equivalente al que resulte de sumar un 1,2% a la tasa TAB, “Tasa Activa Bancaria” correspondiente al periodo respectivo, la que se fijaría promediando las tasas TAB correspondiente a los diez días hábiles anteriores al mes de la fecha del “Día de inicio de la obligación” para cada uno de los años posteriores. Lo Código: MXXCXTXXQVG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl anterior, de conformidad con lo previsto en la cláusula novena del contrato. Los dividendos se pagarías por medio de mensualidades vencidas los días diez de cada mes, hecho que las partes acuerdan denominar “día escogido del pago”. El incumplimiento de las obligaciones establecidas, facultaría al Banco para hacer exigibles todas las obligaciones que el deudor mantenga con él derivadas del contrato, cualquiera sea su origen, fecha de vencimiento o monto. Para asegurar el exacto, íntegro y oportuno, en capital, intereses, reajustes, gastos y costas de todas y cada una de las obligaciones que se establecen en el ya citado instrumento, el deudor constituyó primera hipoteca a favor del Banco Scotiabank Chile, sobre el inmueble que corresponde al departamento N°213 ubicado en el vigésimo primer piso, la bodega N°14, ubicada en el nivel subterráneo, ambos del edificio Bahamas, y los estacionamientos N°613 y 614, ubicados en el nivel subterráneos de la placa de estacionamiento, todos del Condominio Archipiélago Las Antillas II, con acceso por calle Cerro Paranal N°271, Antofagasta. Respecto de este crédito, su representado ejerce el derecho a la exigibilidad anticipada e inmediata del saldo de la deuda, a contar de la cuota con vencimiento el 01 de octubre de 2024, por lo que viene en exigir el pago del saldo total de la obligación, esto es la suma de UF. 4.440,9367 equivalentes en moneda nacional al día 24 de octubre de 2024 Código: MXXCXTXXQVG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a la suma de $168.590.658.-, según cronograma de plan de pagos. A dicha cantidad deben agregarse los intereses penales devengados y por devengar desde la fecha de la liquidación y las costas de l
Fallo
se resuelve que: Código: MXXCXTXXQVG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Se rechazan íntegramente las excepciones impetradas. Prosígase la ejecución hasta hacer entero pago del capital, reajustes e intereses. II.- Se condena al ejecutado al pago de costas. ROL C-4678-2024 Sentencia pronunciada por don Jordan Campillay Fernández, Juez Titular. En Antofagasta, a once de marzo de dos mil veinticinco, se notifica por el estado diario, la sentencia precedente. Código: MXXCXTXXQVG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-11T11:15:42-0300
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : TERCER JUZGADO CIVIL ANTOFAGASTA ROL : C-4678-2024 EJECUTANTE : SCOTIABANK CHILE EJECUTADO : ALEJANDRO CONSTANTINO MAVRAKIS LEAÑO MATERIA : JUICIO EJECUTIVO Antofagasta, once de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 25 de octubre de 2024, comparece don Cristian Viñales Devoto, abogado, domiciliado en calle Prat N°214, cuarto piso, oficina 402, Ant
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