1º Juzgado de Letras de Iquique

LEMA/

Rol

V-19-2025

Fecha

11 de marzo de 2025

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A Folio 1, comparece doña VENESSA LINSAMBARTH MOORE, abogada, con domicilio en calle Madame Curie 2332, oficina 23, Calama, en representación de don IVAN RAUL LEMA JOO, trabajador dependiente, domiciliado en calle Miraflores - sin número - de la comuna de Pica; quien, en su calidad de dueño de derechos de un inmueble, interpone solicitud en procedimiento voluntario sobre Negativa del Conservador, con el objeto de que se ordene rectificar la inscripción de dominio respeto del inmueble inscrito a Fojas 2407 número 2546 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte, correspondiente al año 2013. Señala que, mediante escritura pública de fecha 16 de diciembre del año 2013 otorgada en la Notaria de Iquique, servida por Notario público suplente don Javier Andrés Araya Rodríguez, número de repertorio 5.327, don Alberto Andrés Lema Joo, vendió, cedió y transfirió el dominio del 21% de los derechos que le pertenecen en inmueble individualizado en la cláusula primera de la escritura en referencia, equivalentes a 1.387 metros cuadrados, correspondientes al inmueble ubicado en sector Miraflores de Pica, Comuna de pica, individualizado en el plano 7-C.R, y actualmente inscrito a nombre de su representado a fojas 2407 número 2546 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte, correspondiente al año 2013. Indica que en la mencionada escritura pública se cometió un error por parte del Sr. Notario Autorizante, al individualizar al comprador con el estado civil de “casado”, siendo su estado era el de soltero, por haberse anulado su matrimonio 1 Código: XUXEXTSGWTG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por sentencia de fecha 13 de marzo del año 1998, dictada por el 1° Juzgado de Letras de Iquique, lo que igualmente consta en el correspondiente certificado de matrimonio, que acompaña. Manifiesta que la intención de su representado es vender parte de los de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, Folio 1 comparece VENESSA LINSAMBARTH MOORE, abogada, en representación de don IVAN RAUL LEMA JOO, quien interpone solicitud en procedimiento voluntario de negativa de inscripción, a objeto de que se rectifique judicialmente, mediante anotación marginal que corresponda o de la manera que el Tribunal estime pertinente conforme a derecho, la escritura de compraventa que indica en el sentido de consignar que el estado civil del comprador es el de soltero, y una vez efectuado ello, se rectifique, en el mismo sentido, la inscripción de dominio de fojas 2407, número 2546 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2013. SEGUNDO: Que, el artículo 456, inciso primero, del Código Orgánico de Tribunales, establece que: “Las funciones de los archiveros, en cuanto ministros de fe, se limitan a dar conforme a derecho, los testimonios y certificados que se les pidan; y a poner, a petición de parte, las respectivas notas marginales en las escrituras públicas…”. TERCERO: Que, el reclamante aportó los siguientes antecedentes: A Folio 1: 1) certificado de matrimonio celebrado entre don Iván Raúl Lema Joo y doña Doris Cruz Espinosa Tapia.; 2) Copia de escritura pública de cesión de derechos, de fecha 16 de diciembre de 2013, repertorio N°5.327; 3) Copia de Certificación de Rechazo, emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Iquique, de fecha 20 de diciembre de 2024. 4) Copia de certificado de dominio y vigencia de derechos y acciones de Iván Raúl Lema Joo, emitido por el Conservador Suplente de Bienes Raíces de Pozo Almonte. A folio 5, evacuó informe el señor Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial de Iquique señor Enzo Redolfi González. 4 Código: XUXEXTSGWTG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Que, para efectos de resolver la solicitud subjudice se dejará anotado que lo peticionado en autos busca que se practique una anotación marginal, por parte de los auxiliares de la administración de justicia referidos, en la escritura pública de cesión de derechos de fecha 16 de diciembre del 2013, a objeto de que se deje establecido en aquella el correcto estado civil de la parte compradora, en atención de haberse individualizado erradamente en aquel instrumento como casado en circunstancias que se encontraba soltero; y, con el mérito de aquello se proceda a rectificar la inscripción de Folio 2407 numero 2546, del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte del año 2013, mediante la subinscripción pertinente. QUINTO: Que, de la lectura de la disposición citada en el basamento segundo precedente, se advierte que los archiveros judiciales se encuentran facultados para efectos de practicar anotaciones marginales en las escrituras que guardan bajo sus registros. A su vez, según lo dispone el artículo 88 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, el cual indica que: “

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto, además, lo establecido en el artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE, la solicitud interpuesta a folio 1, por don VENESSA LINSAMBARTH MOORE, abogada, en representación de don IVAN RAUL LEMA JOO, ya individualizado. II.- Que, en consecuencia, se ordena al señor Rubén Escobar García, continuador del Notario Carlos Vila Molina, o a su suplente, que concurra a las dependencias del Archivo Regional de Tarapacá y proceda a rectificar la comparecencia del comprador respecto de la escritura pública de fecha 16 de diciembre del año 2013, otorgado con repertorio 5.327, a fin de que proceda a corregir el estado civil del comprador, don Iván Raúl Lema Joo, consignando como tal el de “SOLTERO”. III.- Que, se ordena y faculta a don Enzo González González, en su carácter de Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte, que, con el mérito de la rectificación referida precedentemente, proceda a efectuar la inscripción marginal ordenada, en el inmueble inscrito a Folio 2407 numero 2546, del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte del año 2013 Notifíquese al señor Notario, al Archivo Regional de Tarapacá y Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte, por correo electrónico. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°19-2025 7 Código: XUXEXTSGWTG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://veri

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PRIMER JUZGADO DE LETRAS IQUIQUE Iquique, once de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: A Folio 1, comparece doña VENESSA LINSAMBARTH MOORE, abogada, con domicilio en calle Madame Curie 2332, oficina 23, Calama, en representación de don IVAN RAUL LEMA JOO, trabajador dependiente, domiciliado en calle Miraflores - sin número - de la comuna de Pica; quien, en su calidad de dueño de derechos de un i

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