1º Juzgado Civil de Viña del Mar

ANDRADE/

Rol

V-207-2023

Fecha

10 de marzo de 2025

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que con fecha 25 de agosto de 2023, a folio 1 comparece Catalina Ayline Andrade Campillay, estudiante, c dulaé nacional de identidad N°21.368.654-2, con domicilio para estos efectos en Libertad 269, oficina 904, Vi a del Mar, solicitando de conformidad conñ lo prescrito en los art culos 817 y siguientes del C digo de Procedimientoí ó Civil, y art culo 1° y dem s pertinentes de la Ley N°17.344, laí á modificaci n de su Partida de Nacimiento ó N°260 del a o 2003 de lañ Circunscripci n de Tocopilla, cambiando su segundo apellido por Cortez,ó quedando en definitiva CATALINA AYLINE ANDRADE CORTEZ. Funda su petici n en el hecho de haber tenido diferencias irreconciliablesó con su abuelo materno, quien actualmente es una figura completamente ausente en su vida, lo que le genera una carga emocional sumamente negativa, queriendo desligarse totalmente de esa historia. Sostiene que debido a lo anterior adopt como segundo apellido “CORTEZ” haceó siete a os, apellido que corresponde a su abuela materna, quien aport deñ ó manera Activa y significativa en su vida, siendo ampliamente conocida en el mbito social y familiar con los apellidos “ANDRADE CORTEZ”.á Agrega que hacer oficial este cambio constituye un aspecto de suma relevancia en la conformaci n de su identidad.ó Finalmente, hace presente que es soltera y no tiene hijos. Segundo: Que el inciso segundo del art culoí 1° de la Ley 17.344, dispone que “cualquiera persona podrá solicitar por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: a) Cuando unos u otros sean rid culos,í risibles o la menoscaben moral o materialmente”. A su vez la letra b) de Código: EFNXTYCXBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la misma disposici n legal dispone como casual, “Cuando el solicitanteó haya sido conocido durante m s de cinco a os, por á ñ

Fundamentos

motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios”. Tercero: Que, para acreditar el fundamento f ctico de su solicitud,á rindi informaci n sumaria de testigos que rola bajo el folio 38, en la queó ó declararon Mar a Teresa Andrade Torres y Juana Mar a Torres Gonz lez.í í á La primera expuso que, es t a de la solicitante y la conoce hace veinteí a os. Sostiene que est en conocimiento que su segundo apellido le traeñ á aparejada una gran carga emocional negativa, pues corresponde al mismo de su abuelo materno, con quien por diferencias irreconciliables, se tornó una figura completamente ausente en su vida. Agrega que por esa raz n,ó hace m s de seis a os reemplaza su segundo apellido Campillay por Cortez,á ñ en honor a su abuela materna, quedando como Catalina Ayline Andrade Cortez, raz n por la cual sabe que se encuentra tramitando este proceso,ó con el objeto que se modifique oficialmente su apellido y poder presentarse de la manera en que realmente se identifica. La segunda declar que es abuela paterna de la solicitante y laó conoce hace veinte a os. Indica que sabe que en su c rculo social yñ í familiar, desde hace m s de seis a os se ha hecho llamar como “Catalinaá ñ Ayline Andrade Cortez”, y que el cambio de su segundo apellido lo quiere oficializar en honor a su abuela materna, en agradecimiento a la labor que ejerci , apoy ndola significativamente en su vida, raz n por laó á ó cual conscientemente se identifica con su apellido hoy, siendo ampliamente reconocida as por su entorno.í Cuarto: Que fue agregado a los autos el certificado de nacimiento de la solicitante, en la que se acredita que nació el 3 de agosto del 2003,

Fallo

por tanto, tiene actualmente 21 a os,ñ inscrita en la Circunscripci nó de Tocopilla, bajo el n meroú 260, Registro de Nacimiento del a oñ 2003 y que su nombre es Catalina Ayline Andrade Campillay, y que es hija de Hugo Arnoldo Andrade Torres y Aracely Nathaly Campillay Rojas. Que tambi né acompañó el certificado de nacimiento de su madre Aracely Nathaly Campillay, en el que consta que esta es hija de Manuel Segundo Campillay Troncoso y Rosaura Araceli Rojas Cortez. Código: EFNXTYCXBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Quinto: Que bajo el folio 11 rola informe del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, que se ala que, consta en sus registros la inscripci nó ñ ó de nacimiento N°260 del a o 2003, de la circunscripci n de Tocopilla,ñ ó siendo titular de ella Catalina Ayline Andrade Campillay, nacida el 3 de agosto de 2003, consign ndose en el rubro correspondiente al padre a doná Hugo Arnoldo Andrade Torres y en el correspondiente a la madre a do añ Araceli Nathaly Campillay Rojas. Agrega que es pertinente mencionar que en la referida inscripci n de nacimiento, a la fecha de la revisi n de laó ó misma en la base de datos computacional de dicho Servicio, consta subinscripci n de cuidado personal judicial, por sentencia de fecha 9 deó mayo de 2016, del Juzgado de Familia de Antofagasta, que otorga el cuidado personal a la madre de la inscrita, practicada con fecha 23 de junio de 2016. Asimismo, informa que e

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FOJA: 40 .- cuarenta .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : V-207-2023 CARATULADO : ANDRADE/ Vi a del Marñ , diez de marzo de dos mil veinticinco Visto y teniendo presente: Primero: Que con fecha 25 de agosto de 2023, a folio 1 comparece Catalina Ayline Andrade Campillay, estudiante, c dulaé nacional de identidad N°21.368.654-2, con domicilio par

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