FISCO DE CHILE- C.D.E/
Rol
C-2911-2023
Fecha
8 de marzo de 2025
Materia
EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- A folio 25, en causa rol V-303-2022, comparece don JORGE LAGOS PACHECO, abogado, cédula nacional de identidad número 16.511.776-k, con domicilio laboral en calle Pedro Aguirre Cerda 401 oficina 203, de la ciudad de Angol, en representación de don JUAN CRISOSTOMO FERNANDEZ, cédula nacional de identidad número 3.303.651-5, domiciliado en Avenida Industria 059, Huequén, de la comuna de Angol y deduce reclamo del monto de la tasación e indemnización provisional por causa de expropiación parcial, contenida en el informe de tasación de fecha 01 de marzo de 2021 elaborado por la comisión de peritos conformada por doña Sonia Catalina Gallegos Blanch, don Felipe Antonio Suckel Figueroa y doña Valentina Andrea Chacaltana Sims, respecto de la propiedad de dominio de mi representado, lote 198, Km inicial: 54.603,50 al 54.612,80 de la ruta 180 Angol- Renaico en contra del FISCO DE CHILE, MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, representado para estos efectos por el Consejo de Defensa del Estado, a través de su Procurador Fiscal de Temuco don ÁLVARO GASTÓN SÁEZ WILLER, abogado, ambos con domicilio en calle Arturo Prat 847, oficina 202, Temuco, Región de la Araucanía o por la persona que lo reemplace o subrogue legalmente. Funda su reclamo en virtud de los siguientes antecedentes: “I. EL ACTO EXPROPIATORIO Con fecha 1 de abril de 2023 se publicó en el diario oficial extracto del decreto exento MOP N° 1292 de 16 de noviembre de 2021 que decretó la expropiación TOTAL del LOTE 198 de propiedad de mi representado para la obra: “MEJORAMIENTO RUTA NAHUELBUTA SECTOR B SUBSECTOR 5: VARIANTE RENAICO – HUEQUEN, REGION DE LA ARAUCANÍA”, rol de avalúo “en trámite”, (sin perjuicio que la tasación indica erradamente rol 8212, de la comuna de Angol. Se fijó el monto de la Indemnización Provisional en la suma de $33.442.600. (sesenta y tres millones trescientos setenta y seis mil quinientos). Dicho monto, fue determinado por la comisión de peritos
Fundamentos
fundamentos que señalo a continuación: Los referenciales utilizados no son transacciones recientes que reflejen el verdadero costo de reposición: Destaca en el sector los confines norte y sur de la ciudad de Angol el importante desarrollo comercial, industrial y habitacional que ha tenido el lugar, sin embargo, el informe de la comisión de peritos de fecha 01 de marzo de 2021, considera 5 transacciones de los cuales no son comparables, pues los referenciales no se encuentran en avenidas principales ni troncales, se encuentran en caminos secundarios interiores de menor valor, por otra parte muestran terrenos de otro tipo de categorías de tamaño predial a citar, así como ejemplo la referencia 5 que dice relación con un predio de 1,8 hectáreas, los demás predios supuestamente “comparables” de 0,5 hectáreas (referencia 1), 0,6 Código: QDFTXTBLDSF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl hectáreas (referencia 3), son referenciales de los cuales, no pueden ser comparables, toda vez que a mayor tamaño, se aprecia una mayor forma de castigo al comparar simplemente con un predio de 379,72 metros cuadrados (urbano), del cual tiene el predio de mi representado, no siendo en consecuencia estos referenciales, como comparables en la expropiación. En concreto, queda en evidencia que el informe no se basa en valores referenciales reales para determinar el valor comercial de reposición lo que influye negativamente en el resultado del mismo, en perjuicio de mi representada, toda vez que determina un valor de reposición actual mucho menor a aquel en que se están transando los inmuebles en el lugar actualmente y no revela el verdadero monto que significará para el afectado adquirir otro de similares características. Hago presente a US., que las transacciones de inmuebles en el sector los confines norte y sur, especialmente las que se encuentran a orilla de carretera como el de mi representado, se han transado inclusive en $150.000 el valor metro cuadrado, como será acreditado, por lo que a fin de tasar correctamente el inmueble la comisión de peritos debió buscar y considerar transacciones en el Conservador de Bienes Raíces respectivo recientes, además de considerar ofertas y ventas reales en el mercado inmobiliario, con el objetivo de valorizar acabadamente el perjuicio que ocasiona a mi representado la privación de parte de su dominio sobre el lote 198. De esta forma es legítimo preguntarnos por qué la comisión de peritos prefirió transacciones antiguas, desfazadas que desmejoran la situación de mi representado y que repercuten negativamente en la valoración del costo de reposición y no prefirió aquellas que son recientes y que reflejan el valor actual de los terrenos en el sector
Fallo
por tanto, es dable concluir que el resultado de la evaluación es por lo tanto incierta y sin fundamento alguno, como probaremos. Código: QDFTXTBLDSF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por otra parte, respecto a los valores tanto del item OTROS, estos están en total lejanía con los valores actuales pues el costo de reposición de dichos estructuras al precio actual, pues se debe restituir lo expropiado en similar tamaño y materialidad de lo que ha sido expropiado, Ahora bien, debemos agregar que la comisión si bien, realiza una descripción física, del predio en cuestión, omite cuestiones tan básicas y relevantes, como el reconocimiento de la zonificación urbana Z4 que corresponde al predio a expropiar, donde destacan usos: habitacional, comercio, industrial, social y servicios. En esa lógica es precisamente el destino habitacional permitido además del industrial comercial el que resalta como destino real de la propiedad en zona Z4 , por encontrarse dentro del plano regulador en zona urbana, por lo que debe considerarse este efecto por la comisión en esta causa hecho que no cumplieron por cuanto solo referencian al terreno con otros de características distintas y más grave aún con terrenos en sectores de menores características por ende de menor valor, sin acceso a a
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-2911-2023 CARATULADO : FISCO DE CHILE- C.D.E/ Temuco, ocho de marzo de dos mil veinticinco VISTO: 1.- A folio 25, en causa rol V-303-2022, comparece don JORGE LAGOS PACHECO, abogado, cédula nacional de identidad número 16.511.776-k, con domicilio laboral en calle Pedro Aguirre Cerda 401 oficina 203, de la ciudad de
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