Juzgado de Letras de Villa Alemana

GONZÁLEZ/

Rol

V-154-2024

Fecha

7 de marzo de 2025

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, a folio 1, con fecha 28 de agosto de 2024, comparece do añ Claudia Noelia Morales Labra, Licenciada en Ciencias Jur dicas, representanteí convencional de don Pietro Antonio Gonz lez Parraguez, c dula nacional deá é identidad n mero 7.240.459-9, soltero, profesor; y de do a Eva del Carmenú ñ Gonz lez Parraguez, c dula nacional de identidad n mero 7.240.454-8, todosá é ú domiciliados en calle Viena N°956, Villa Alemana. Fundamenta su solicitud indicando que, respecto del hermano de sus representados, don Bernab Segundo Gonz lez Parraguezé á , c dula nacional deé identidad n mero 7.240.462-9, su familia no tiene conocimiento de su paraderoú desde el a o 1999, es decir, desde hace m s de 26 a os, y solo saben queñ á ñ abandon el pa s en dicho a o, perdiendo toda comunicaci n con l, habi ndoseó í ñ ó é é intentado conocer de su paradero por diversas v as, sin xito. í é Hace presente que sus representados junto con don Bernab Segundoé Gonz lez Parraguez, son due os de fondos bancarios en los bancos BCI y Bancoá ñ Estado, y de una propiedad ubicada en la comuna de Quillota; que adquirieron sus derechos por Sucesi n por Causa de Muerte de sus padres, don Bernab Segundoó é Gonz lez Rojas y do a á ñ rsula del Carmen Parraguez Vargas, conforme aÚ certificados de posesi n efectiva emitidos por el Servicio de Registro Civil eó Identificaci n y a certificado de inscripci n de herencia del Conservador de Bienesó ó Ra ces de Quillota, que acompa a.í ñ Indica que la comunidad hereditaria a la cual pertenecen es due a en com nñ ú y proindiviso conforme a las reglas del derecho sucesorio, de $800.000, y de un bien inmueble ubicado en calle Arauco N°501, comuna de Quillota, cuyo aval oú fiscal es de $35.855.686, y estar en la indivisi n no trae beneficio alguno para susó representados. Agrega que es el deseo de sus representados liquidar la comunidad hereditaria que se origin por la muerte de sus padres para poder cobrar laó herencia, que asciende a aproximadamente $36.000.000, afirmando en este hecho la utilidad para los interesados, incluso para el ausente. Finaliza solicitando respecto de don Bernab Segundo Gonz lez Parraguez elé á nombramiento de un curador de bienes, proponiendo como tal a la solicitante, do añ Eva del Carmen Gonz lez Parraguez, ya individualizada, relev ndola de laá á obligaci n de inventariar solemnemente los bienes, exigiendo solo un apunteó privado, bajo la firma de la curadora y de tres de lo m s cercanos parientesá mayores de edad, o de otras personas responsables a falta de estos. Segundo: Que, la solicitante acompa los siguientes documentos al folio 1: ñó 1. Duplicado de certificado de posesi n efectiva del causante, don Bernabó é Segundo Gonz lez Rojas, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci ná ó con fecha 10 de agosto de 2022. Código: CGHPXTXPNEF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2. Certificado de posesi n efectiva de

Fallo

por tanto uno de los motivos deí rechazo en causa pret rita ya referida; C) Que, en cuanto a las circunstancias deé haber perdido contacto con el ausente y desconocer su paradero se rindió informaci n sumaria al efecto, quienes depusieron sobre ambas circunstancias deó manera conteste; D) Que, sin perjuicio de lo anterior, ya en la causa V-2-2023 se hab a aportado el domicilio consignado en estos autos y que se alan que quien seí ñ pretende declarar ausente tiene su domicilio y residencia en Barcelona, lo cual es corroborado por uno de los testigos; E) Que en estos autos no se han aportado antecedentes respecto de notificaciones fallidas en el domicilio antes referido, v aí exhorto internacional, en el contexto de una designaci n de juez partidor u otraó acci n judicial que requiera el emplazamiento de quien se pretende declararó ausente; F) Que, considerando el inter s manifestado tanto por la solicitante comoé por el m rito de autos, en cuanto a que la declaraci n de ausencia tiene por objetoé ó poder liquidar una comunidad hereditaria existente con su hermano, es de la postura que, la declaraci n de ausencia ha de provocarse en el contexto de unaó acci n judicial especifica una vez que se haya intentado notificar v a exhortoó í internacional ya sea la designaci n de juez partidor u otra acci n judicial concretaó ó en la cual, en el caso de proceder, se le designe un curador ad-litem atendida su ausencia y no un curador general de bienes del ausente como se ha solicitado en

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FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Villa Alemana CAUSA ROL : V-154-2024 CARATULADO : GONZ LEZ/Á Villa Alemana, siete de marzo de dos mil veinticinco Vistos y considerando: Primero: Que, a folio 1, con fecha 28 de agosto de 2024, comparece do añ Claudia Noelia Morales Labra, Licenciada en Ciencias Jur dicas, representanteí convencional de don Pietro Antoni

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