CAMPOS/SOCIEDAD COMERCIAL DE LUCA LIMITADA
Rol
C-6705-2024
Fecha
7 de marzo de 2025
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 compareci don Sebasti n Painemal Granzotto, Abogado,ó á cedula de identidad N 16.531.876-5, domiciliada en calle Antonio Varas° 989, of. 1303 de la comuna de Temuco, en representaci n de don ó MARIO DIONISIO CAMPOS CORRAL, cedula de identidad Nro. 5.802.826-6, chileno, casado, comerciante, domiciliado en calle Arturo Prat N 109,° depto. 601 de la ciudad y comuna de Temuco e indic que por este acto yó en la representaci n que inviste, deduce demanda de t rmino de contratoó é de arriendo por no pago de rentas, en contra de SOCIEDAD COMERCIAL DE LUCA LTDA., RUT N 77.123.137-3, representada° legalmente por don Renato Andr s Franco Ram rez, cedula de identidadé í Nro. 16.743.782-6, chileno, soltero, comerciante, domiciliado para estos efectos en Avenida Bernardo O Higgins Nro. 110, ciudad y comuna de´ Temuco. Funda la presente demanda en los antecedentes de hecho y de derecho que a continuaci n pas a exponer: I. LOS HECHOS. 1.-ó ó INMUEBLE ARRENDADO: Por contrato suscrito ante notario p blicoú don Jorge El as Tadres Hales de la comuna de Temuco, de fecha 15í diciembre de 2023, don MARIO DIONISIO CAMPOS CORRAL, ya individualizado, dio en arrendamiento a la SOCIEDAD COMERCIAL DE LUCA LTDA., debidamente representada, tres inmuebles que componen un solo lote. Estos inmuebles son: A) Inmueble ubicado en Av. Bernardo O Higgins N 118 de Temuco, consistente en el Lote D UNO de una´ ° Código: UPXEXTKQWDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6705-2024 Foja: 1 superficie de 280 metros cuadrados, resultante de la subdivisi n del restoó que le queda de parte del sitio n mero 1 de la manzana n mero 14 delú ú plano de esta ciudad, o sea, el Lote D formado por dos porciones, la primera de 7 metros de frente por calle O'Higgins por 40 metros de fondo y la segunda contigua a la primera de 4 metros de frente por 10 metros de fondo, cuyos deslindes especiales son los siguientes: NORTE: en 7,0 metros con cal
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 compareci don Sebasti n Painemal Granzotto,ó á Abogado, en representaci n de don ó MARIO DIONISIO CAMPOS CORRAL e indic que por este acto y en la representaci n que inviste,ó ó deduce demanda de t rmino de contrato de arriendo por no pago de rentas,é en contra de SOCIEDAD COMERCIAL DE LUCA LTDA., representada legalmente por don Renato Andr s Franco Ram rez. Funda laé í presente demanda en los antecedentes de hecho y de derecho que a continuaci n pas a exponer: I. LOS HECHOS. 1.- INMUEBLEó ó ARRENDADO: Por contrato suscrito ante notario p blico don Jorge El asú í Tadres Hales de la comuna de Temuco, de fecha 15 diciembre de 2023, don MARIO DIONISIO CAMPOS CORRAL, ya individualizado, dio en arrendamiento a la SOCIEDAD COMERCIAL DE LUCA LTDA., Código: UPXEXTKQWDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6705-2024 Foja: 1 debidamente representada, tres inmuebles que componen un solo lote. Estos inmuebles son: A) Inmueble ubicado en Av. Bernardo O Higgins N 118 de´ ° Temuco, consistente en el Lote D UNO de una superficie de 280 metros cuadrados, resultante de la subdivisi n del resto que le queda de parte deló sitio n mero 1 de la manzana n mero 14 del plano de esta ciudad, o sea, elú ú Lote D formado por dos porciones, la primera de 7 metros de frente por calle O'Higgins por 40 metros de fondo y la segunda contigua a la primera de 4 metros de frente por 10 metros de fondo, cuyos deslindes especiales son los siguientes: NORTE: en 7,0 metros con calle O'Higgins; SUR: en 4,0 metros con Lote D dos de la presente subdivisi n y 3,0 coma cero metrosó con Lote Isolde Reuque; ORIENTE: en 40 metros con sitio otro propietario; y PONIENTE: en 40 metros con otro propietario. Rol de avaluo fiscal 272-16 de la comuna de Temuco. B) Inmueble ubicado en Avenida Bernardo O'Higgins N 112, de la ciudad de Temuco, que deslindaº en especial: NORTE: Avenida Bernardo O'Higgins, en 6,00 metros; ESTE: Paulina Rodr guez Iturra, en 40,00 metros, separado por cerco; SUR:í Raimundo Mart nez Ferrada, en 5,00 metros, separado por cerco; y Alí OESTE: Hern n Grandjen Delgado, en l nea quebrada de dos parcialidadesá í de 20 metros y 1 metro, separado por cerco y Ernestina Barra Henr quez,í en 20 metros, separado por cerco. Rol de Aval o 272-15 de la comuna deú Temuco. C) Inmueble ubicado en Avenida Bernardo O'Higgins N 110 de° la ciudad de Temuco, formada por el Lote signado con la letra A del sitio n mero 14 del plano de la ciudad de Temuco, y que deslinda: NORTE:ú con la Avenida O'Higgins en 16 metros; SUR: con el Lote B en una extensi n de 16 metros; ORIENTE: con el Lote C en una extensi n de 20ó ó metros; PONIENTE: con calle denominada Freire en una extensi n de 20ó metros. Rol de Aval o 272-14 de la comuna de Temuco. Se deja constanciaú que por resoluci n del Servicio de impuestos internos la propiedadó individualizada en las letras A) y B) fusionaron sus roles, manteni ndose elé ro
Fallo
por tanto, su negocio es exclusivamente el renting del bien ra z. Y, como comprender el incumplimiento de parte de la arrendataria leí á ha causado un perjuicio enorme al no poder contar con los ingresos necesarios. II. EL DERECHO. As de acuerdo a los hechos descritos ení esta presentaci n, queda en evidencia que pese a los numerososó requerimientos que se han efectuado a la demandada y arrendataria, sta noé ha procedido a cumplir con su obligaci n de pago de las rentas poró concepto de arrendamiento del inmueble. Por consiguiente, la demandada se encuentra en mora de cumplir con esta obligaci n. Sumado a ello, taló como se indic no ha procedido ni ha manifestado intenci n alguna deó ó efectuar la restituci n del inmueble en cuesti n. En este orden de ideas, eló ó no pago de las rentas de arrendamiento en forma oportuna, da al arrendador los derechos que contempla el art culo 1977 del C digo Civil, elí ó cual prescribe: La mora de un per odo entero en el pago de la renta, dar“ í á derecho al arrendador, despu s de dos reconvenciones, entre las cualesé medien a lo menos cuatro d as, para hacer cesar inmediatamente elí arriendo, si no se presta seguridad competente de que se verificar el pagoá dentro de un plazo razonable, que no bajar de treinta d as. Dicha normaá í ” se encuentra estrechamente relacionada. Adem s, el contrato deá arrendamiento que nos rige tiene en su clausula un pacto comisorio“ calificado por el no pago de la renta , la que otorga el termino ipso facto” del
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C-6705-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-6705-2024 CARATULADO : CAMPOS/SOCIEDAD COMERCIAL DE LUCA LIMITADA Temuco, siete de marzo de dos mil veinticinco VISTOS: A folio 1 compareci don Sebasti n Painemal Granzotto, Abogado,ó á cedula de identidad N 16.531.876-5, domiciliada en calle Antonio Varas° 989, of. 1303 de la comuna de Temuco, e
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