GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD ANÓNIMA/ARANCIBIA
Rol
C-21449-2023
Fecha
7 de marzo de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los art culos 2514 del C digoí ó Civil; 160, 434, 464, 471 del C digo de Procedimiento Civil; art culos 98,ó í 100, 107 de la Ley 18.092; y dem s disposiciones legales pertinentes, á SE DECLARA: I.- Que se ACOGE la excepci n de prescripci n de la acci nó ó ó ejecutiva alegada por la ajustada, poni ndose fin a la presente ejecuci né ó II.- Que no se condena en costas a la ejecutante por haber tenido motivo plausible para litigar. Notif quese, reg strese y arch vese en su oportunidad. í í í ROL N 21449-2023° Pronunciada por Mar a Soledad Oyanedel Rodr guez Juez Suplente.í í Autoriza do a Ximena Andrade Hormaz bal, secretariañ á Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, siete de marzo de dos mil veinticinco Código: XUEXXTSQJDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl . Código: XUEXXTSQJDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-07T15:58:00-0300
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 22 de diciembre de 2023, a folio 1, rectificada a folio 5, comparece FRANCISCA IGNACIA ESPEJO FIGUEROA, abogado, actuando en representaci n de ó GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD ANONIMA, todos ya individualizados, quien interpone demanda en procedimiento ejecutivo de cobro de pagar en contra de é SEBASTI N IGNACIO ARANCIBIAÁ ARANCIBIA, tambi n ya individualizado.é Funda su demanda se alando que su representado es due o delñ ñ pagar é n mero ú 258536, cuya firma se encuentra autorizada ante Notario, suscrito por el ejecutado. En virtud del pagar antes singularizado el demandado se oblig aé ó pagar a nuestra representada la suma de $16.462.543.- m s un inter sá é mensual de 1.65%, en 60 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $434.327.- con vencimiento la primera de ellas al 14 de diciembre del 2018 y cada una de las restantes al d a í 14 de los meses siguientes. Se estipul en el mismo pagar que en caso de mora o simple retardoó é en el pago de la obligaci n se devengar a el inter s ó í é m ximo convencionalá permitido estipular para operaciones de cr dito de dinero no reajustables,é asimismo se acord que el acreedor podr a hacer exigible el pago total deló í monto adeudado o del saldo a que ste se haya reducido considerando laé obligaci n como de plazo vencido, en caso de mora o simple retardo en eló pago de una cualquiera de las cuotas en que se dividi la obligaci n, sea deó ó capital y/o intereses, sean consecutivos o no. Código: XUEXXTSQJDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl . Con ocasi n de una renegociaci n del cr dito el ejecutadoó ó é suscribieron una Hoja de Prolongaci n de Pagar N ó é ° 258536, cuyas firmas se encuentra autorizada ante Notario, la cual modific el pagar antesó é singularizado, dej ndose constancia que el ejecutado reconoce que el saldoá insoluto de capital asciende a $5.729.712.- oblig ndose a pagar dicha sumaá m s un inter s mensual de á é 1.65%, en 15 cuotas mensuales, siendo las primeras en 12 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $434.327.- cada una y las ultimas 3 cuotas, iguales y sucesivas de $577.537 con vencimiento la primera de ellas el 14 de marzo del 2023 y cada una de las restantes al d a í 14 de los meses siguientes. Refiere que el ejecutado no ha dado cumplimiento a las obligaciones por l asumidas en virtud de la Hoja de Prolongaci n del Pagar ,é ó é adeudando las cuotas que venc an desde el í 14 de julio del 2023 hasta la fecha, situaci n que, como se ha expresado, hace exigible la totalidad. ó La suma de capital efectivamente adeudado es la cantidad de $3.819.808.- m s los intereses que correspondan de acuerdo a loá estipulado. Consta en el pagar que se acompa a y de su Hoja de Prolongaci né ñ ó que en virtud de la autorizaci n notarial de la firma del suscriptor dichosó instrumentos tienen m rito ejecutivo é en conformidad a lo dispuesto en el art culo 434 del C digo de Procedimiento Ci
Fallo
Por tanto, laú existencia de una cl usula de aceleraci n facultativa nos lleva a distinguirá ó tres momentos: el momento anterior al ejercicio de la cl usula deá aceleraci n, el momento del ejercicio de la cl usula de aceleraci n y eló á ó momento posterior a dicho ejercicio. En el momento anterior al ejercicio de la cl usula de aceleraci n,á ó nada extravagante ha ocurrido, las cuotas vencen de conformidad a lo pactado y, por tanto, el t rmino de la prescripci n corre desde que seé ó Código: XUEXXTSQJDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl . verifica el respectivo vencimiento de las cuotas. En el momento en que se ejerce la cl usula de aceleraci n, todasá ó aquellas cuotas que no estaban vencidas, se entienden vencidas en esa fecha y, por tanto, son plenamente exigibles. Es solo respecto de estas cuotas, es decir, las que no se encontraban vencidas al tiempo de ejercerse la potestad conferida en la cl usula de aceleraci n, que se produce el efecto de laá ó caducidad convencional. Por su parte, las cuotas que ya se encontraban vencidas se siguen rigiendo por lo dicho en el p rrafo anterior. á El tercer momento, esto es luego de ejercida la cl usula deá aceleraci n, es de interesante an lisis para los efectos de la prescripci n,ó á ó pues, como se observ , al ejercerse la cl usula de aó á celeraci n vencieron unaó serie de cuotas y, por consiguiente, empez a correr el t rmino de laó é prescripci n para ellas.
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. FOJA: 47 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-21449-2023 CARATULADO : GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD AN NIMA/ARANCIBIAÓ Santiago, siete de marzo de dos mil veinticinco V ISTOS: Con fecha 22 de diciembre de 2023, a folio 1, rectificada a folio 5, comparece do a ñ FRANCISCA IGNACIA ESPEJO FIGUEROA, abogado, actuando en representaci n
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