AUSTRALIS MAR S.A/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ÚLTIMA ESPERANZA
Rol
I-10-2024
Fecha
31 de enero de 2025
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos consignados en la multa sino recién a contar del mes de octubre de 2023, oportunidad en que la Reclamada, sin aviso ni requerimiento de complementación alguno, decidió cambiar el criterio, demorando en más de tres meses las notificaciones de las distintas resoluciones de multa cursadas por la misma omisión en el contexto de fiscalizaciones realizadas a contar de septiembre - octubre de 2023 en más de 3 meses con el único objeto de que la Empresa no complementare ni presentare información diversa que pudiere complementar los requerimientos a satisfacción de la autoridad ante el cambio intempestivo de criterio. El criterio histórico de la autoridad se ha plasmado en diversos procesos de fiscalización, por ejemplo, en el proceso de fiscalización N° 614 seguido por la Inspección Provincial del Trabajo de Magallanes, llevado a cabo por la fiscalizadora Trinidad Vera Palma con fecha 19 de mayo de 2023 y el proceso de fiscalización N° 157 del año 2020 seguido por esta misma Inspección del Trabajo Ultima Esperanza, realizado por el fiscalizador Rogelio Gajardo Fuentes con fecha, entre otros. Lo anterior da cuenta de que habría al parecer un cambio arbitrario de criterio que no ha sido debidamente informado ni publicitado por parte de la Dirección del Trabajo en esta materia, que contradice abierta y directamente la instrucción previamente proporcionada por este mismo órgano administrativo. En este punto cabe preguntarse, ¿si no es la evidencia de que existe un registro con la información de la empresa contratista en la faena específica qué pretende la autoridad por el número 21 del Formulario Anexo FI-4-1? Si tal registro es digital o electrónico, ¿cómo pretende la autoridad que se exhiba tal registro sino es dando cuenta de su existencia en la plataforma y acompañando los documentos específicos que se almacenan en el mismo y que son parte del requerimiento de información? Esta parte desconoce del todo la respuesta, toda vez que, a la fecha, la autoridad ni siquiera
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Constanza Contreras Stange, abogado, en representación de Australis Mar S.A., Rol Único Tributario N° 76.003.885-7, empresa del giro de producción acuícola, representada en autos por María Josefina Moreno Tudela, Gerente Recursos Humanos y Asuntos Corporativos, RUT N° 14.203.657-6, todos domiciliados para estos efectos en calle en calle Decher 161, Puerto Varas, quien señala: conforme a lo dispuesto en el artículo 503 del Código del Trabajo, viene en deducir reclamo judicial de multa administrativa en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Última Esperanza (en adelante la “Reclamada” o “Inspección del Trabajo”), representada por don Jorge Sandrino Ampuero Gonzalez, ambos domiciliados para estos efectos en calle Bulnes N° 802, Puerto Natales, la que por medio de su fiscalizador, don Rogelio Rodrigo Gajardo Fuentes (en adelante el “Fiscalizador”), dictó con fecha 26 de marzo de 2024 la Resolución de Multa N° 4516/24/12 (en adelante indistintamente la “Resolución de Multa”), que impuso a Australis Mar S.A. (en adelante la “Reclamante”, la “Empresa” o “AMSA”) una multa por la suma de 60 UTM (en adelante denominada la “Multa”) y que fue enviada por correo electrónico a su representada con fecha 5 de abril de 2024, entendiéndose notificada con fecha 9 de abril de 2024 conforme al artículo 508 del Código del Trabajo. La Multa es completamente infundada e improcedente, tanto por los errores de hecho como de derecho en que incurrió el Fiscalizador al cursar la misma, motivo por el cual vienen en solicitar al Tribunal la deje sin efecto en todas sus partes, con costas, o en subsidio, la rebaje conforme a derecho, por los argumentos de hecho y fundamentos de derecho que pasa a exponer. I. ANTECEDENTES DE LA MULTA Y DE LA FISCALIZACIÓN EN CUESTIÓN. 1. Como se indicó, con fecha 26 de marzo de 2024 el Fiscalizador dictó la Resolución de Multa, la cual fue enviada a su parte el día 5 de abril de 2024 por correo electrónico en conformidad al artículo 508 del Código del Trabajo, y que sanciona a AMSA con una multa administrativa a beneficio fiscal por la suma de 60 UTM. 2. La Multa se origina por la fiscalización en terreno efectuada el 9 de enero de 2024 en la faena de AMSA denominada Gamero 3 relacionada al funcionamiento de la empresa contratista Sergio Fernando Nahuelquin Barria (en adelante la “Empresa Contratista”) tras haber ocurrido un accidente de trabajo el 5 de enero del mismo año, que involucrara a uno de sus trabajadores, el Sr. Jose Cayun Guineo, mientras prestaba servicios en la embarcación de la contratista. En esa oportunidad el Fiscalizador presentó el Acta de Notificación de Requerimiento de Documentación N° 12/1202/2024, en la cual le solicitó a su representada: “Documentación relacionada a accidente de trabajo que afecto a José Cayún Guineo, RUT 20.092.017-4, de la empresa Sergio Fernando Nahuelquin Barria, RUT 12.346.703-5 con fecha 5 de enero de 2024 en las cercanías de centro de cultivo Game
Fallo
Por tanto, en mérito de todos los antecedentes y atendido lo dispuesto en los artículos 503 del Código del Trabajo y demás normas pertinentes, soliicta tener por interpuesta reclamación judicial de multa en procedimiento de aplicación general en contra de Inspección Provincial del Trabajo de Última Esperanza, representada por Jorge Sandrino Ampuero Gonzalez, ya individualizado en autos, o quien haga sus veces, la que por medio de su fiscalizador, don Rogelio Gajardo Fuentes dictó la Resolución de Multa N° 4516/24/12 acogerla a tramitación y dar lugar a la demanda en todas sus partes, declarando, en definitiva, que se deja sin efecto la Resolución de Multa N° 4516/24/12 por adolecer la multa de los errores de hecho y de derecho en los términos expuestos en el cuerpo del presente escrito; o, en subsidio, de estimarse que ella fuere procedente, se rebaje al monto mínimo que corresponda conforme a la ley o al monto que se estime pertinente conforme al mérito del proceso. Todo ello, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, en audiencia del día de 10 de mayo de 2024, se inicia audiencia única en la cual la reclamada comparece y contestando el reclamo deducido indicando: solicitando desde ya el rechazo en todas sus partes con expresa condena en costas en virtud de los antecedentes de hecho y derecho que pasa a exponer. La presente resolución de multa tiene su origen en la fiscalización 12/1202/2024, que derivó de un accidente grave, ocurrió a un trabajador de la empresa contrat
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REGISTRO Nº : CAUSA : I-10-2024 MATERIA : Reclamo Multa Administrativa. CÓDIGO : L066 RECLAMANTE : AUSTRALIS MAR S.A. RECLAMADO : INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ULTIMA ESPERANZA F. INICIO : 26-4-2024 SENTENCIA : 31-1-2025 Puerto Natales, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Constanza Contreras Stange, abogado, en representaci
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