3º Juzgado de Letras de Calama

BANCO ITAU CHILE/RIQUELME

Rol

C-20-2025

Fecha

6 de marzo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1.- Con fecha 09 de enero de 2025 (folio 1), compareci don ó Yurit Pinto Arqueros, abogado, en representaci n de ó BANCO ITAUCORPBANCA, actualmente BANCO ITA CHILEÚ , representado por don Danilo Torres Villarroel, domiciliado en calle Presidente Riesco N°5537, comuna de Las Condes, Santiago y dedujo demanda ejecutiva en contra de don MAURICIO ALEJANDRO RIQUELMEN SUAREZ, domiciliado en pasaje Frutillar N°3021 de Calama, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por laó suma de $10.000.000.- m s intereses y se ordene seguir adelante con la ejecuci ná ó hasta hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Indic que su parte es due a del pagar N°205704753 suscrito por eló ñ é ejecutado por la suma de $10.000.000.- m s intereses a raz n de la tasa m ximaá ó á convencional que la ley permite estipular. Agreg que el deudor no pag loó ó convenido y se encuentra en mora desde el 18 de junio del a o 2020, siendo elñ saldo insoluto a la fecha de mora la suma de $10.000.000.-, m s intereses y costas.á Concluy indicando que el deudor relev al portador del documento de laó ó obligaci n de protesto y la firma del suscriptor se encuentra autorizada anteó Notario, la obligaci n que contiene el pagar es l quida, actualmente exigible y suó é í acci n ejecutiva no se encuentra prescrita.ó 2.- Con fecha 27 de enero de 2025 (folio 8), compareci don Marioó Espinosa Valderrama, en representaci n del ejecutado ó MARCELO ALEJANDRO RIQUELME SU REZ, Á chileno, c dula de identidad N°10.519.503-6, domiciliadoé en calle General Baquedano N°50, oficina 804, comuna de Antofagasta, y se opuso a la ejecuci n en virtud de la excepci n N°17 del art culo 464 del C digoó ó í ó de Procedimiento Civil, solicitando que, en definitiva, se acoja en todas sus partes, con costas. Indic que el pagar ten a como fecha de vencimiento el d a 18 de junio deó é í í 2020 por la suma de $3.541.996.- y habi ndose notificado la demanda con sué presentaci n de excepciones ha transcurrido el plazo completo del a o exigido poró ñ Código: FSXEXTRCXJE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el art culo 98 de la Ley N°18.092, la acci n cambiaria del t tulo ejecutivo estí ó í á prescrita. 3.- Con fecha 30 de enero de 2025 (folio 11), el ejecutante se allan a laó excepci n formulada.ó 4.- Con fecha 04 de febrero de 2025 (folio 13) se declar admisible laó excepci n.ó 5.- Con fecha 28 de febrero de 2025 (folio 15), se cit a las partes a o ró í sentencia. 6.- Considerando el allanamiento formulado por el ejecutante se acoger laá excepci n formulada, sin costas.ó Y VISTO adem s lo dispuesto en los art culos 160, 170, 434, 464, 466 yá í 471 del C digo de Procedimiento Civil; art culos 2492, 2514, y 2515 y siguientesó í del C digo Civil; art culo 98 de la Ley N°18.092, ó í resuelvo: I.- ACOGER la excepci n opuesta y ó DECLARAR prescrita la acci nó ejecutiva. II.- NO CONDENAR al ejecutante al pag

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : C-20-2025 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE/RIQUELME Calama, seis de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: 1.- Con fecha 09 de enero de 2025 (folio 1), compareci don ó Yurit Pinto Arqueros, abogado, en representaci n de ó BANCO ITAUCORPBANCA, actualmente BANCO ITA CHILEÚ , representado por don Danilo To

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