1º Juzgado Civil de Chillán

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/

Rol

V-108-2023

Fecha

7 de marzo de 2025

Materia

EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Chillán CAUSA ROL : V-108-2023 CARATULADO : CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ Chillán, siete de marzo de dos mil veinticinco. VISTO, TENIENDO PRESENTE Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos antecedentes, el Fisco de Chile ha consignado el monto provisional de la expropiación efectuada mediante Decreto Supremo del Ministerio de Obras Públicas N°294 de 19 de mayo de 2023, debidamente publicado y que afecta al Lote N°16, de una superficie de 10 metros cuadrados, Rol de avalúo 148-206 de la comuna de Ninhue, figurando como su aparente propietaria doña Rosa Ester Rodriguez Molina y otros, y consignando el monto de $1.933.698. SEGUNDO: Que, a folio 17 y 20, rola certificación del secretario de este tribunal, que da cuenta que no han comparecido terceros haciendo valer sus derechos sobre el monto de la indemnización consignada en autos, y que el expropiado ni otros interesados han manifestado su decisión de recoger frutos pendientes, dentro del plazo legal del artículo 23 y 21 del Decreto Ley 2.186, respectivamente. TERCERO: Que, a folio 22 se accede a la toma de posesión material del bien expropiado. CUARTO: Que, a folio 23 comparece doña Fernanda Aravena Concha, abogada, en representación de doña Rosa Ester, doña Gladis del Carmen, don Silvano, y don Pedro Pablo, doña Hermosina del Carmen, todos Rodríguez Molina; quien acompaña certificado de dominio de fojas 249 vuelta, número 321, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Quirihue del año 2005, y mandato judicial firmado ante don Raúl Leiva Uribe-Echeverría, abogado, Notario Público Titular de Quirihue, de fecha 26 de febrero de 2024, Repertorio N°254/2024. QUINTO: Que, a folio 30, rola oficio del Notario, Conservador y Archivero Judicial de Quirihue don Raúl Leiva Uribe-Echverría, dando cuenta de la vigencia del mandato judicial a doña Fernanda Texas Aravena Concha, otorgado por escritura pública anotada bajo el Repertorio N°254/2024 de fecha 26 de febrero del año 2024, y remitiendo copia de inscripción de fojas 249 vuelta, número 321, Código: YBLXXTQGVVE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del año 2005 del Registro de Propiedad, rol de impuestos internos número 148- 206 de la comuna de Ninhue. SEXTO: Que, a folio 38 consta certificado de deuda de contribuciones correspondiente al rol expropiado 148-206 de la comuna de Ninhue, el que liquidado al día 31 de julio de 2024, no registra deuda de contribuciones. SÉPTIMO: Que, a folio 40 se oficia a Banco Estado a fin de que libere depósito a plazo a la cuenta corriente de este tribunal, certificándose dicho depósito a folio 41, por el monto de $2.082.703. OCTAVO: Que, a folio 43 el tribunal ordena que, atendida la comunidad existente respecto del bien expropiado, y la solicitud de giro cheque, se designe mandatario común, cumpliéndose lo ordenado a folio 44, 46, 48 y 50, designando los aparentes propietarios a doña Rosa Rodríguez Molina. NOVENO: Que, de la inscripción mencionada a que se ha hecho referencia en el considerando quinta, se encuentra acreditado que el lote expropiado se encuentra emplazado dentro d

Fallo

por tanto, el giro de cheque solicitado. Por lo anteriormente señalado, y atendido lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley 2.186, y artículo 823 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I. Que, ha lugar, a la solicitud de giro de cheque reiterada a folio 53 por la abogada doña Fernanda Texas Aravena Concha, en representación doña Rosa Ester, doña Gladis del Carmen, don Silvano, y don Pedro Pablo, doña Hermosina del Carmen, todos Rodríguez Molina; debiéndose girar cheque a nombre de la mandataria común designada, doña Rosa Ester Rodríguez Molina, respecto del monto consignado en esta gestión, más los intereses generados, correspondiente a la suma de $2.082.703. Código: YBLXXTQGVVE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que, se hace presente que de conformidad a lo establecido en el artículo cuarto del Acta N°87-2014 emanada de la Excelentísima Corte Suprema, que imparte instrucciones en materia de giro de cheque, la entrega de este se hará con la concurrencia del abogado patrocinante y/o apoderado, y el expropiado, bajo firma de ambos y la debida constancia relativa a su individualización en el expediente, suscrita por el secretario del tribunal o quien lo subrogue. ROL V-108-2023.- Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chillán, siete de marzo de dos mil veinticinco. Códi

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Chillán CAUSA ROL : V-108-2023 CARATULADO : CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ Chillán, siete de marzo de dos mil veinticinco. VISTO, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos antecedentes, el Fisco de Chile ha consignado el monto provisional de la expropiación efectuada mediante Decreto Supremo del Ministerio de Obras Públi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica