Juzgado de Letras y Gar.de Carahue

BURGOS/

Rol

V-35-2023

Fecha

6 de marzo de 2025

Materia

LEY INDÍGENA ART.16 Y 59, LEY 19253

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece, HERN N ADEMAR NAVARRO ALONSOÁ , abogado, con domicilio en Avda. Ej rcito Nº1465, Puerto Saavedra, Comuna deé Saavedra, en representaci n, de do a GLADYS RUTH BURGOS SEP LVEDA,ó ñ Ú chilena, soltera, empleada, C.I. Nº12.003.256-9 y de don VICTOR ELEODORO BURGOS SEPULVEDA, chileno, casado, agricultor, C.I. Nº10.224.611-K, ambos con domicilio en el sector de Pullall n, Comuna de Saavedra, y expone:á Que sus representados son due os en com n de la hijuela n mero cuatro deñ ú ú doce coma sesenta y ocho hect reas de superficie de la comunidad ind genaá í Pullall n, ubicada en el Sector Pullall n de la Comuna de Saavedra, Regi n de laá á ó Araucan a, el dominio se encuentra inscrito a fojas 939 con el n mero 881 en elí ú registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Carahue correspondienteí al a o dos mil diecisiete. La hijuela n mero cuatro se encuentra enrolada por elñ ú Servicio de Impuestos Internos con el n mero 540-121 de la Comuna de Saavedra.ú Agrega que la intenci n de sus representados es subdividir la hijuela antesó indicada, en DOS LOTES seg n consta del proyecto de subdivisi n que seú ó acompa a en un otros de su presentaci n, siendo los lotes resultantes los siguientes:ñ í ó 1.- LOTE 4-A: Superficie 6,3177 hect reas. á Con los siguientes deslindes particulares. NORTE: Hijuela n mero tres de Transito Paillaleo Millanao, separadoú por quebrada sin nombre; SUR: Lote 4-B de la presente subdivisi n en dosó parcialidades, separado en parte por camino p blico de Puerto Saavedra al Temo;ú ESTE: Carlos Rosa Castro, separado por cerco y lote 4-B de la presente subdivisi n y OESTE: Domingo Nahuelcoy, separado por cerco. ó 2.- LOTE 4-B: Superficie 6,3177 hect reas. á Con los siguientes deslindes particulares: NORTE. Lote 4-A de la presente subdivisi n en dos parcialidades,ó separado en parte por camino p blico de Puerto Saavedra al Temo; ESTE. Carlosú Rosa Castro y Alfonso Mart nez Ulloa, ambos separados por cerco: SUR. Danielí Ul

Fundamentos

CONSIDERANDO : Primero: Que, el art culo 17 de la ley 19.253 dispone “Las tierrasí resultantes de la divisi n de las reservas y liquidaci n de las comunidades deó ó conformidad al decreto ley N°2.568, de 1979, y aquellas subdivisiones de comunidades de hecho que se practiquen de acuerdo a la presente ley, ser ná indivisibles aun en el caso de sucesi n por causa de muerte.ó No obstante, lo dispuesto en el inciso anterior, se podr n dividir y enajenar para la construcci n deá ó locales religiosos, comunitarios, sociales o deportivos, debiendo contar para ello con la autorizaci n del Director Nacional de la Corporaci n”ó ó Segundo: Que, el inciso tercero de la citada disposici n mencionaó “Existiendo motivos calificados y siempre que de ella no resulten lotes inferiores a tres hect reas, el Juez previo informe favorable de la Corporaci n, podr autorizará ó á la subdivisi n por resoluci n fundada. De la resoluci n que deniegue la subdivisi nó ó ó ó podr apelarse ante el tribunal superior aplicando el procedimiento del art culo 56á í de esta ley”. Tercero: Que, al tenor de lo informado por CONADI a folio 16 indica; que en el presente caso se cumplen los supuestos de del art culo 17 de la ley 19.253,í por lo que procede autorizar la subdivisi n de la hijuela N°4, 12.68 hect reas deó á la Comunidad Ind gena Pullall n, comuna de Saavedra en los lotes, con las cabidas,í á que se indican en plano y memoria explicativa adjuntos al informe. Del mismo modo, se allega junto con el informe, otro de car cter socioecon mico, que sugiereá ó dar lugar a la solicitud, en atenci n al cumplimiento de los requisitos legales. ó Cuarto: Que, la peticionaria, en apoyo a su petici n, se ha valido de laó siguiente prueba: Código: XEUXTBHWXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1° Copia del dominio vigente de le hijuela n mero cuatro a nombre de misú representados. 2° Plano de subdivisi n de la hijuela n mero cuatro. ó ú 3° Memoria explicativa del proyecto de subdivisi n de la hijuela n mero cuatro. ó ú 4º Certificado de aval o fiscal detallado de la hijuela Nº 4, Rol de Aval oú ú Fiscal Nº 540-121, de la comuna de Saavedra. 5° Certificados de calidad ind gena de do a Ruth Burgos Sep lveda y de doní ñ ú V ctor Burgos Sep lveda. í ú 6º Mandatos Judiciales otorgados por mis representados y autorizados ante Notario Quinto: Que, los informes de rigor antes descritos, y sumados a la prueba documental, todos los cuales han sido apreciados prudencialmente, tal como lo dispone el art culo 819 del C digo de Procedimiento Civil, permiten al tribunalí ó adquirir la convicci n suficiente para acceder a la petici n formulada, conforme seó ó dir en lo resolutivo de la sentencia.á Sexto: Que, la autorizaci n se conceder para que sea efectuada sobre laó á hijuela N°4, 12.68 hect reas de la Comunidad Ind gena Pullall n, comuna deá í á Saavedra en los lotes, con las cabidas, que se indican en plano y memoria explicativa adjun

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en los art culos 12í y 17 de la ley 19.253, art culos 817 y siguientes del C digo de Procedimientoí ó Civil, SE DECLARA: Que SE ACOGE la solicitud de autorizaci n para subdividiró la hijuela ind genaí “hijuela N°4, 12.68 hect reas de superficie” impetrada por el abogadoá HERN N ADEMAR NAVARRO ALONSOÁ , en representaci n, de do aó ñ GLADYS RUTH BURGOS SEP LVEDA, y de don VICTOR ELEODOROÚ BURGOS SEPULVEDA. An tese, reg strese y arch vese en su oportunidad.ó í í Rol: V-35-2023 Dictada por; CRIST BAL DE PABLO NAVARRO RODR GUEZÓ Í , Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garant a de Carahue. í En Carahue, a seis de marzo de dos mil veinticinco , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: XEUXTBHWXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XEUXTBHWXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-06T13:56:50-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Carahue CAUSA ROL : V-35-2023 CARATULADO : BURGOS/ Carahue, seis de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: A folio 1 comparece, HERN N ADEMAR NAVARRO ALONSOÁ , abogado, con domicilio en Avda. Ej rcito Nº1465, Puerto Saavedra, Comuna deé Saavedra, en representaci n, de do a GLADYS RUTH BURGOS SEP LVEDA,ó ñ Ú chilena, soltera, empl

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