SOC. CONTRACTUAL MINERA EL ABRA/FISCO DE CHILE
Rol
C-3464-2023
Fecha
6 de marzo de 2025
Materia
SERVIDUMBRE MINERA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 01 de agosto de 2023, comparece don Gonzalo Larroulet Irarrázaval, abogado, en representación de la Sociedad Contractual Minera El Abra, sociedad contractual minera del giro de su denominación, Rol único tributario N°96.701.340-4 (en adelante indistintamente como SCM El Abra) o la sociedad. Ambos con domicilio en Avenida Chorrillos N°1631, Edificio Busines Park, ciudad de Calama y para estos efectos en calle Sucre N°229, piso 507, de esta ciudad e interpone demanda en juicio sumarísimo de constitución de servidumbres legales mineras conforme lo establecen los artículos 120 y siguientes y 235 del Código de Minería en contra del Fisco de Chile, corporación de derecho público, representada judicialmente por el abogado Procurador Fiscal de Antofagasta don Carlos Bonilla Lanas, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat N°482, oficina 301 ciudad de Antofagasta, con el fin de que se constituyan servidumbres legales mineras de ocupación y tránsito, para facilitar la conveniente y cómoda explotación en favor de las concesiones mineras de explotación de propiedad de mi representada, entre las cuales se encuentran las denominadas “Saturno X 1/771”, “Saturno XI 1/780”, “Saturno XII 1/355”, entre otras, todo en la forma y en base a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación se exponen: 1.- Antecedentes De Hecho Que Determinan La Procedencia De La Demanda De Constitución De Servidumbres Legales Mineras Sub- Lite: La demandante es una sociedad contractual minera constituida mediante escritura pública de fecha 28 de junio de 1994 otorgada en la Notaría de Santiago de don Víctor Manuel Correa Valenzuela, cuyo extracto debidamente autorizado se inscribió a fojas 149 N°40 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Santiago, correspondiente al año 1994. Las sociedades contractuales mineras se encuentran reguladas en la Sección 2a, del Título XI del Código de Minería, cuyo objeto, en virtud de lo Código: KMVXXTKUMXE Este
Fundamentos
considerando la vida útil del Proyecto en virtud de la expansión contemplada. 4.- Determinar la indemnización a pagar al Fisco de Chile por dichas servidumbres de ocupación y tránsito, estableciendo una suma única y total, pagadera en cuotas anuales dentro de los 15 primeros días del mes de enero de cada año desde que la servidumbre se encuentre inscrita en los registros competentes, de la forma que S.S. determine. 5.- Ordenar la inscripción de la servidumbre indicada en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Tocopilla y María Elena, así como también su anotación al margen de la inscripción de los Inmuebles, sus subinscripciones al margen del Predio Sirviente; y el archivo de los planos en que consten las servidumbres. 6.- Todo lo anterior, con costas, en caso de oposición. Con fecha 15 de septiembre de 2023, se lleva efecto el comparendo de estilo, con la asistencia de todas las partes, la demandante, representada José Monroy Licuime y doña Mariana León Rivera, y por la demandada el abogado don Manuel Cortes Velásquez. La parte demandante ratifica la demanda de autos solicitando que se acoja está en todas sus partes, con costas. La parte demandada Fisco de Chile contestó la demanda de autos, mediante minuta escrita y solicitando se tenga como parte integrante en el comparendo para todos los efectos legales, exponiendo lo siguiente: I.- Superficie y sobreposiciones: Expresa que, de acuerdo al análisis efectuado por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, se han identificado sobreposiciones y/o cruces en el inmueble demandado, sin perjuicio de la información que se contenga en los Registros del Conservador de Bienes Raíces competente. Código: KMVXXTKUMXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El predio se emplaza en suelo rural, gran parte del trazado se encuentra en terreno de dominio fiscal y en pequeña porción lo atraviesa propiedad particular. El terreno fiscal rola inscrito bajo 3 inscripciones fiscales: • Fojas 81 Numero 84 Año 2003 del Registro de Propiedad del CBR de Tocopilla. • Fojas 199 Número 159 Año 1994 del Registro de Propiedad del CBR de Tocopilla. • Fojas 6 Número 6 Año 1996 del Registro de Propiedad del CBR de María Elena. La demanda tiene las siguientes superficies según la comuna en la que se emplaza, dicha superficie fue calculada con el software cad ingresando las coordenadas indicadas en la demanda: - Superficie de 40,48 ha en la Comuna de Tocopilla - Superficie de 58,33 ha en la Comuna de María Elena. Obteniendo un área total de 98,81 ha, sin embargo, el área presentada por la demanda es de 98,58 ha. De acuerdo al análisis catastral efectuado por el Ministerio de Bienes Nacionales, el sector analizado se sobrepone: Atraviesa Aducción de Agua Calama - Tocopilla, propiedad enajenada, inscrito a Fojas 2099 Número 1586 Año 1996 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del CBR El Loa - Calama, mediante tras
Fallo
por tanto de la superficie suficiente, que permita desarrollar todas las obras asociadas a ellas. Se solicita, para ocupación y Código: KMVXXTKUMXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tránsito, por líneas eléctricas y caminos, y demás acciones y obras complementarias, entre otros. En consideración a lo anterior y de conformidad con lo indicado en el artículo 120 del Código de Minería, los Inmuebles, están sujetos, a los siguientes gravámenes: “1° El de ser ocupados, en toda la extensión necesaria, por canchas y depósitos de minerales, desmontes, relaves y escorias; por plantas de extracción y de beneficio de minerales; por sistemas de comunicación, y por canales, tranques, cañerías, habitaciones, construcciones y demás obras complementarias; 2° Los establecidos en beneficio de las empresas concesionarias de servicios eléctricos, de acuerdo con la legislación respectiva, y 3° El de tránsito y el de ser ocupados por caminos, ferrocarriles, aeródromos, cañerías, túneles, planos inclinados, andariveles, cintas transportadoras y todo otro sistema que sirva para unir la concesión con caminos públicos, establecimientos de beneficio, estaciones de ferrocarril, puertos, aeródromos y centros de consumo.” Para estos efectos, las servidumbres que se solicitan comprenden las siguientes áreas o lotes, que forma parte de los Inmuebles de propiedad del Fisco de Chile, que constituyen el Predio Sirviente. Polígono que recibir
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-3464-2023 CARATULADO : SOC. CONTRACTUAL MINERA EL ABRA/FISCO DE CHILE Antofagasta, seis de marzo de dos mil veinticinco VISTOS: Que con fecha 01 de agosto de 2023, comparece don Gonzalo Larroulet Irarrázaval, abogado, en representación de la Sociedad Contractual Minera El Abra, sociedad contractual mi
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