2º Juzgado de Letras de San Antonio

VIAL/VIAL

Rol

C-1479-2024

Fecha

6 de marzo de 2025

Materia

OPOSICIÓN REGULARIZACIÓN POSESIÓN D.L. 2.695

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 5 de julio de 2024, se ingresó oficio E-35980, de 28/6/2024, de doña Tomás Covacich Iturbe, Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Valparaíso, mediante el cual remite al Tribunal Expediente Administrativo N° 169.819, sobre solicitud de regularización de dominio conforme a lo establecido en el DL 2695/1979, presentada por doña RAQUEL XIMENA VIAL MARTÍNEZ, cédula de identidad N°5.544.657-1, respecto del predio ubicado en Lote 57 calle Galvarino 938 Las Cruces, Las Villitas Esperanza, comuna de El Tabo, por haberse deducido, dentro de plazo legal, oposición a la solicitud, presentada por: 1) CARLOS FELIPE SILVA VIAL, RUT 13.046.599-4, 2) CLAUDIA XIMENA VIAL TARDÍO, RUT 18.390.690-9, 3) JUAN ANDRÉS SILVA VIAL, RUT 12.848.054-4 y 4) JOSÉ HUMBERTO VIAL MENESES, RUT 10.654.793-5. Las oposiciones constan a folio 1, en fojas 160 y siguientes del referido expediente administrativo, y según se expresa, el fundamento de ellas radica en no cumplir la demandada con el requisito de posesión exclusiva del inmueble que pretende regularizar, por el tiempo que la ley exige; y en ser los oponentes miembros de la comunidad hereditaria propietaria del inmueble, por haberlo adquirido por sucesión por causa de muerte. Recibidos los antecedentes, se ordenó la comparecencia de las partes a una audiencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 del DL 2695, para el día 13 de agosto de 2024. Con fecha 22 de julio de2024 comparecen los demandantes y complementan la oposición, arguyendo que el inmueble pertenece a la sucesión de don Sergio Vial Valenzuela, de la cual la solicitante es hija y los oponentes son nietos. Afirman que hasta hace un par de años los sucesores ejercían actos Código: MNHBXTXEPDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1479-2024 Foja: 1 posesorios en el inmueble y que luego la solicitante demandada les impidió el acceso, recurriendo a este procedimiento maliciosamen

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: MNHBXTXEPDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1479-2024 Foja: 1 PRIMERO: Que, según consta del Expediente administrativo 169819, agregado a folio 1, con fecha 14/12/2022 compareció ante el Seremi de Bienes Nacionales de la Región de Valparaíso, doña RAQUEL XIMENA VIAL MARTÍNEZ, RUT N° 5.544.657-1, jubilada, domiciliada en Galvarino, Sitio 57, Las Cruces, El Tabo, quien, de conformidad a lo dispuesto en el DL 2.695/1979, solicita la regularización del inmueble ubicado en calle Galvarino 940, Sitio 57, Villa Esperanza, Las Cruces, comuna de El Tabo, Provincia de San Antonio, Región de Valparaíso, el que registraría el Rol de avalúo 339-9 de dicha comuna, y se encontraría inscrito a fojas 3244 vuelta N° 2554 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2010, declarando bajo juramento que tiene la “posesión material” del mismo desde hace 12 años, la que adquirió por cesión de derechos que le hizo su madre, por escritura pública, realizando en el inmueble diversas mejoras, como son la construcción, luz eléctrica, vivienda, cercos, alcantarillado, pavimentación del patio, construcción de un cobertizo, instalación de protecciones y de portón de acceso, desmalezado, vereda y cambio de la ubicación de los medidores de agua y luz. SEGUNDO: Que, habiéndose admitido a tramitación la solicitud de regularización, dentro de plazo legal comparecen ante el Seremi de Bienes Nacionales de Valparaíso y deducen oposición los señores: 1) CARLOS FELIPE SILVA VIAL, RUT 13.046.599-4, domiciliado en Diego de Almagro 652, Lo Prado; 2) CLAUDIA XIMENA VIAL TARDÍO, RUT 18.390.690-9, domiciliada en Capitán Ignacio Carrera Pinto 4971 R-24, Macul; 3) JUAN ANDRÉS SILVA VIAL, RUT 12.848.054-4, domiciliado en Vicente Pérez Rosales 700, Algarrobo; y 4) JOSÉ HUMBERTO VIAL MENESES, RUT 10.654.793-5, domiciliado en Lebreles 8699, Pudahuel. Argumentan que la demandada no vive en el inmueble que pretende regularizar, ni tiene su posesión exclusiva por el lapso que la ley exige; ya que este inmueble pertenece a la sucesión hereditaria de don Sergio Vial Valenzuela, del cual la solicitante es hija y los oponentes nietos. Afirman que hasta hace un par de años los sucesores ejercían actos posesorios en el inmueble y que luego la solicitante demandada les impidió el acceso, recurriendo maliciosamente a este procedimiento para obtener más derechos que aquellos que le corresponden sobre el inmueble. Explican que los derechos sobre el inmueble se encuentran inscritos a nombre de la sucesión de don Sergio Vial Valenzuela, formada por la peticionaria y sus hermanos; y que ninguno de ellos ha renunciado a los derechos hereditarios que le corresponden. TERCERO: Que, en la contestación, la demandada afirma que adquirió derechos sobre este inmueble por compra hecha a doña María Emperatriz Código: MNHBXTXEPDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser v

Fallo

por tanto improcedente pronunciarse sobre las otras causales esgrimidas por los actores como fundamento de su acción, en tanto su posición no es reconocida por el legislador como suficiente para inhibir el procedimiento iniciado por la demandada en sede administrativa, destacándose que en esta vía le fue reconocido a la demandada de esta causa, su derecho conforme a la normativa del DL 2695. Código: MNHBXTXEPDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1479-2024 Foja: 1 Por lo anterior, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 682, 686, 700, 724, 728, 730, 924 del Código Civil; disposiciones del DL 2695 de 1979, del Ministerio de Bienes Nacionales; artículos 160, 170, del Código de Procedimiento Civil; y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que se rechaza la oposición deducida por don CARLOS FELIPE SILVA VIAL, doña CLAUDIA XIMENA VIAL TARDÍO, don JUAN ANDRÉS SILVA VIAL y don JOSÉ HUMBERTO VIAL MENESES, respecto de la solicitud de regularización de dominio presentada ante el Ministerio de Bienes Nacionales por doña RAQUEL XIMENA VIAL MARTÍNEZ. II.- Que se ordena al Conservador de Bienes Raíces de San Antonio que inscriba el inmueble correspondiente al Lote 57, calle Galvarino 938 Las Cruces, Las Villitas Esperanza, comuna de El Tabo, a nombre de doña RAQUEL XIMENA VIAL MARTÍNEZ, cédula de identidad N°5.544.657-1. La propiedad mide 268,6 metros cuadrados, de acuerdo con el Plano 05

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C-1479-2024 Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Antonioº CAUSA ROL : C-1479-2024 CARATULADO : VIAL/VIAL San Antonio, seis de marzo de dos mil veinticinco VISTOS: Con fecha 5 de julio de 2024, se ingresó oficio E-35980, de 28/6/2024, de doña Tomás Covacich Iturbe, Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Valparaíso, mediante el

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