1º Juzgado Civil de Rancagua

DUARTE/

Rol

V-323-2024

Fecha

5 de marzo de 2025

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que don Galo Jos Ricardo Duarte lvarezé Ä , pensionado,domiciliado en Pasaje Un Final Feliz N 423,Vista al Valle,comuna de´ ° Machalí,c dula de identidad N 7.354.995-7,é ° solicita la declaraci n de interdicci n y eló ó nombramiento de curador respecto de su hermana do a ñ Melba del Tr nsito Duarteá lvarez,Á c dula de identidad.N 9.636.100-9,é ° de su mismo domicilio,quien se encuentra bajo su cuidado, en raz n de su condici n de salud, pues presenta una discapacidadó ó Global Severa de un 75,00%, causa principal Mental Intelectual, secundaria,Sensorial Visual,seg n credencial de discapacidad emitida por el Servicio de Registro Civil, fundanú su solicitud en lo dispuesto en el art culo 4 de la Ley N 18.600.í ° Segundo: Que de conformidad a lo dispuesto en el art culo 4 inciso segundo de laí Ley N 18.600 sobre Deficientes Mentales, modificada por las Leyes N 19.735 y Nº º ° 20.255, se procedi seg n consta con fecha 30 de diciembre de 2024 ,a practicar laó ú audiencia de rigor con la discapacitada.- Tercero: Que a fin de acreditar los hechos expuestos en su solicitud,se acompa lañó documental consistente en credencial y certificado de discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, certificado de nacimiento del solicitante yó discapacitada, certificados de residencia,certificado m dico emitido por el m dicoé é Psiquiatra Alex Cordero Celis, fotocopias cedulas de identidad discapacitada y solicitante.- Cuarto: Que con el m rito de la prueba ya singularizada y teniendo especialmenteé presente la audiencia realizada con fecha 30 de diciembre de 2024, se concluye que do añ Melba del Tr nsito Duarte lvarez,á Ä padece una discapacidad que le inhabilita para actuar con el debido discernimiento en la vida jur dica, por lo que procede acoger laí demanda, nombr ndosele como curador de su persona y bienes a don á Galo José Ricardo Duarte lvarez,Ä quien es su hermano.-

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 160, 170, 254, 817 yí siguientes del C digo de Procedimiento Civil; 443, 447, 456, 1698 del C digo Civil, seó ó declara: I.- Que se hace lugar a la solicitud de fojas 1 y siguientes, y en consecuencia, se declara la interdicci n definitiva por demenciaó de la discapacitada do a ñ MELBA DEL TR NSITO DUARTE LVAREZ, Á Á C.I. N 9.636.100-9° quien se encuentra inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad por padecer una Discapacidad Código: XXSRXTTQWXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Global Severa de un 75,00%,causa principal,Mental Intelectual,secundaria,Sensorial Visual,quedando en consecuencia privada de la administraci n de sus bienes.ó II.- Que se nombra como curador definitivo de la persona y bienes de la interdicta a DON GALO JOS RICARDO DUARTE LVAREZ,É Á C.I. N 7.354.995-7° .- III.- Que se exime al curador de rendir fianza,en conformidad a lo dispuesto en el art culo 375 del C digo Civilí ó IV.- Que el curador deber confeccionar inventario en conformidad a loá regulado en el art culo 380 del C digoí ó Civil,consistente en inventario protocolizado que se acompa ara a la causa.-ñ V.- Siva la presente sentencia de suficiente discernimiento.- VI.- Acepte el curador designada el cargo mediante presentaci n en la causa.-ó VII.-Dese cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 447 del C digo Civil eí ó inscr base la presente sentencia en el r

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-323-2024 CARATULADO : DUARTE/ Rancagua, cinco de marzo de dos mil veinticinco Vistos y considerando: Primero: Que don Galo Jos Ricardo Duarte lvarezé Ä , pensionado,domiciliado en Pasaje Un Final Feliz N 423,Vista al Valle,comuna de´ ° Machalí,c dula de identidad N 7.354.995-7,é ° solicita la declaraci n de interd

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