RAMOS/
Rol
V-183-2024
Fecha
5 de marzo de 2025
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don GAVINO RAMOS RAMOS, agricultor, domiciliado en Coquimbo Nº 4307, Población La Negra, de Alto Hospicio, manifestando que es tomador/beneficiario original del depósito a plazo indefinido renovable nominativo emitido con fecha 27 de enero de 2003, en oficina Iquique del Banco Itaú por la suma de $817.865, el cual es actualmente exigible y pendiente en su cobro. Afirma que dicho depósito a plazo se encuentra extraviado, por lo que solicita que así se declare, y se le autorice para ejercer los derechos que le corresponden como tomador/beneficiario original. SEGUNDO: Que, constan en autos los siguientes antecedentes: 1) Copia de documento “Consulta de una inversión”, emitido por el Banco Itaú el 19 de noviembre de 2024; 2) Copia de Certificado de Beneficio de Asistencia Jurídica; 3) Copia de Resolución Exenta de Práctica Profesional Nº 188/2024; 4) Con fecha 16 de enero de 2025 (folio 5) se notificó personalmente a doña Paulina Pérez Araya, jefa de operaciones del Banco Itaú, sucursal Iquique; 5) Publicación en el Diario Oficial exigida por el artículo 89 de la Ley Nº 18.092, efectuada el 1 de febrero de 2025 (folio 12), certificada el 3 de febrero del mismo año (folio 14), sin que conste en autos oposición a la solicitud de extravío según el certificado de fecha 4 de marzo de 2025 (folio 16). TERCERO: Que, del estudio de los antecedentes de la gestión, se puede colegir que se cumplen con los requisitos que exige la ley, por lo que se debe acoger la solicitud. Código: EFBQXTBYXQD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 88 y siguientes de la Ley Nº 18.092, y los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 18.552;
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE la solicitud de folio 1 y, en consecuencia, se declara extraviado el depósito a plazo renovable nominativo Nro Inversión 72088068, tomado ante el Banco Itaú el 27 de enero de 2003, a favor de don GAVINO RAMOS RAMOS. El Banco Itaú debe extender un duplicado del referido documento al solicitante, con las mismas menciones del depósito a plazo extraviado. Anótese, regístrese, y en su oportunidad, archívese. Rol Nº 183-2024. Dictada por don HÉCTOR ANDRÉS KOMPATZKI DELARZE, Juez Titular de este Primer Juzgado de Letras de Iquique. Iquique, cinco de marzo de dos mil veinticinco, se hizo constar por el estado diario la sentencia precedente, en cumplimiento de lo prescrito en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Código: EFBQXTBYXQD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-05T11:54:27-0300
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PRIMER JUZGADO DE LETRAS IQUIQUE Iquique, cinco de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don GAVINO RAMOS RAMOS, agricultor, domiciliado en Coquimbo Nº 4307, Población La Negra, de Alto Hospicio, manifestando que es tomador/beneficiario original del depósito a plazo indefinido renovable nominativo emitido con fecha 27 de enero de 2003, en oficina I
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