Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

TORRES/UNIVERSIDAD DE NTOFAGASTA

Rol

O-659-2023

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Sueldo

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa R.I.T. O-659-2023, R.U.C. 23-4-0480904-0, seguida por demanda de reconocimiento de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido, cobro de prestaciones e indemnizaciones solicitado en procedimiento de aplicación general, mediante demanda entablada por don MANUEL ALEJANDRO TORRES SALINAS, abogado, soltero, cedula de identidad 16.436.728-2, domiciliado para estos efectos en Luis Silva Lezaeta 0331, Antofagasta seguida en contra de la UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA, Rut N°70.719.800-4, representada legalmente por don Marcos Antonio Cikutovic Salas, chileno, Profesor de Estado en Biología y Ciencias, casado, Rector de la Universidad, Run N° 5.281.290-9, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Angamos N°601, ciudad y comuna de Antofagasta. SEGUNDO: Antecedentes de la relación laboral. Comenzó a prestar servicios bajo subordinación y dependencia el 01 de julio de 2022, en virtud de una serie de convenios de honorarios a suma alzada que en la realidad obedecían a contratos de trabajo. Que, por Decreto Exento RA Nº351/1867/2022, de 26 de julio de 2022, se aprobó el convenio a honorarios a suma alzada con la Universidad de Antofagasta, con vigencia desde el día 01 de julio de 2022 al 31 de diciembre de 2022 y por Decreto Exento RA Nº351/684/2023, de 27 de marzo de 2023, se aprobó un segundo convenio con vigencia desde el día 01 de enero de 2023 al 28 de febrero de 2023. Que, por tales convenios se obligó a ejecutar funciones habituales y específicas y debió prestar servicios dentro de un horario convenido de 44 horas semanales. Que, se cumplía por la sujeción de su persona al mando de las jefaturas establecidas por la demandada. Que, al momento de ser desvinculado su remuneración ascendía a la suma de $1.367.521.- mensuales. En los contratos celebrados entre las partes dispone en su cláusula 5, que “las partes formulan declaración, en el sentido que para el

Fallo

fallo pues la misma ha devenido en sobreabundante en relación con los hechos que se han tenido como suficientemente establecidos en este juicio. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5 a 11, 21, 22, 34, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 73, 153, 154, 159, 160, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 174, 178, 201, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438 y 440 a 462, 1570del Código del Trabajo; 1460, 1464, 1546, 1567, 1568, 1569 y demás legales pertinentes del Código Civil: Se declara: Se declara: I.- Que, se acoge la demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado y cobro de prestaciones intentada por don MANUEL TORRES SALINAS, dirigida en contra de UNIVERSIDAD DE ANTOFAGSTA, legalmente representada por don Marcos Cikutovic Salas, todos ya individualizados, por lo que se declara que: A) Existió relación laboral entre las partes. B) Que, esta relación laboral se extendió entre el 01 de julio de 2022 y el 10 de febrero de 2023. C) Que, el despido fue injustificado, debiendo pagar la demandada siguientes prestaciones: 1.- $1.367.521.- a título de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. 2.- $185.982.- a título de feriado proporcional. 3.- $455.840.- a título de remuneraciones por 10 días trabajados en el mes de marzo de 2023 II.- Que, las sumas ordenadas pagar deben ser reajustadas y devengan intereses conforme a las reglas dispuestas en artículos 63 y 173 del Código del Trabajo III.- Que, se rechaza la demanda de nulidad del despido y de cobr

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PROCEDIMIENTO: Aplicación General MATERIA: Despido injustificado DEMANDANTE: Manuel Alejandro Torres Salinas DEMANDADO: Universidad De Antofagasta RUC: 23-4-0480904-0 RIT: O-659-2023 _________________________________________/ Antofagasta, veintinueve de enero del año dos mil veinticinco. VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa R.I.T. O-659

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