2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

YÁÑEZ/ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA

Rol

O-5023-2024

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Viáticos

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, artículos 41. 63, 67, 73, artículo 160 N° 7, 162, 163, 171, 172, 173, articulo 420, 446 y siguientes. 453, 454, 456, 457 y 459, todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se acoge la acción de despido indirecto interpuesta por CRISTOBAL ANTONIO YAÑEZ VALDIVIA en contra del empleador ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA, y por tanto se declara que la relación laboral entre las partes iniciada el 18 de octubre de 2018 termino el 07 de mayo de 2024, por haber incumplido gravemente el contrato de trabajo en los términos del artículo 171 en relación al artículo 160 n° 7 ambos del Código del Trabajo II. Se condena a la demandada ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA., a pagar al demandante CRISTOBAL ANTONIO YAÑEZ VALDIVIA: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $ 1.823.897 2. Indemnización por años de servicio correspondiente a $ 10.943.382.- 3. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicio correspondiente a $ 5.471.6915.- 4. Remuneración del mes de marzo de 2024 por $ 1.823.897; del mes de abril de 2024 por $ 1.823.597 y del mes de mayo de 2024 por $ 378.839 5. Feriado correspondiente a $ 2.553.456.- III. Las cantidades consideradas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 y 173. IV. Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales y por tanto, se condena a la demandada ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA a pagar al demandante CRISTOBAL ANTONIO YAÑEZ VALDIVIA, remuneraciones desde el despido indirecto ocurrido el 7 de mayo de 2024, hasta el pago de las cotizaciones previsionales adeudas, a razón de $ 1.823.897 mensuales, para efecto de la convalidación del despido, deberá acreditarse el pago de las cotizaciones de salud, vejez y cesantía entre el mes de diciembre de 2023 y abril de 2024 ambos inclusive. V. Se rechaza la demanda respecto de la prestación denominada cobro d

Fallo

se resuelve: I. Se acoge la acción de despido indirecto interpuesta por CRISTOBAL ANTONIO YAÑEZ VALDIVIA en contra del empleador ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA, y por tanto se declara que la relación laboral entre las partes iniciada el 18 de octubre de 2018 termino el 07 de mayo de 2024, por haber incumplido gravemente el contrato de trabajo en los términos del artículo 171 en relación al artículo 160 n° 7 ambos del Código del Trabajo II. Se condena a la demandada ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA., a pagar al demandante CRISTOBAL ANTONIO YAÑEZ VALDIVIA: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $ 1.823.897 2. Indemnización por años de servicio correspondiente a $ 10.943.382.- 3. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicio correspondiente a $ 5.471.6915.- 4. Remuneración del mes de marzo de 2024 por $ 1.823.897; del mes de abril de 2024 por $ 1.823.597 y del mes de mayo de 2024 por $ 378.839 5. Feriado correspondiente a $ 2.553.456.- III. Las cantidades consideradas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 y 173. IV. Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales y por tanto, se condena a la demandada ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA a pagar al demandante CRISTOBAL ANTONIO YAÑEZ VALDIVIA, remuneraciones desde el despido indirecto ocurrido el 7 de mayo de 2024, hasta el pago de las cotizaciones previsionales adeudas, a razón de $ 1.823.897 mensuales, p

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 28/01/2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 2 RUC 24-4-0590613-5 RIT O-5023-2024 MAGISTRADO VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS FREDDY LAZO BANDA ( ) HORA DE INICIO 11:32 HORAS HORA DE TERMINO 12:13 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 24-4-0590613-5-1349-250128-00 CUSTODIA DE DOCUM

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