ZULETA/
Rol
V-147-2023
Fecha
4 de marzo de 2025
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 15 de noviembre de 2023 en folio 1, comparece don Arturo Ernesto Zuleta Rogers, cédula de identidad N° 6.086.567-1, casado, jubilado, domiciliado en Avenida Viluco Nº 4085, Sitio Nº 9, Lote B, Parcelación Santa Julia De Viluco, Comuna De Buin, quien de conformidad con lo preceptuado en el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, interpone reclamo en contra de la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Buin de inscribir la Resolución Exenta N° E-67952, de fecha 29 de diciembre de 2021, emitida por la Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región Metropolitana, que ordenó inscribir a su nombre el inmueble ubicado en Avenida Viluco Nº 4085, SITIO Nº 9, LOTE B, parcelación Santa Julia de Viluco, comuna de Buin, Provincia de Maipo, Región Metropolitana de Santiago, Rol de Avalúo N° 3502-56, con una superficie aproximada de 879,15 metros cuadrados; en virtud de las siguientes consideraciones que expone. Señala que, con el propósito de regularizar su posesión en el inmueble, solicitó ante el Ministerio de Bienes Nacionales acogerse al procedimiento del Decreto Ley 2695, formándose el expediente N° 67122, en donde el 29 de diciembre de 2021 se dictó la resolución Exenta N° E-67952 que ordenó inscribir a su nombre el inmueble en cuestión. En razón de lo anterior, concurrió al Conservador de Bienes Raíces de Buin con el objetivo de inscribir la referida resolución ministerial, peo el ente registral se negó a inscribir basado en los siguientes reparos: “1.-solicitante posee título inscrito sobre el inmueble a fojas 130 n° 194 del año 2012 y a fojas 334 n° 487 del año 2012 y en consecuencia, conforme a lo dispuesto al artículo 1 del decreto 2695, no es posible acceder a lo requerido. 2.-superficie es inferir a lo establecido por el plan regulador metropolitano. 3.- deslindes, singularización del inmueble no guarda relación con el registro, 4- aclarar en qué estado quedan los títulos vigentes del solicitante r
Fundamentos
considerando lo establecido en los artículos 28 y 34 del D.F.L. N° 458, el plan regulador es un acto administrativo que tiene por objeto regular el desarrollo físico de las áreas urbanas y rurales de diversas comunas. Por lo mismo, tanto para la doctrina como para la jurisprudencia, los planes reguladores son actos administrativos de jerarquía inferior a una ley, y
Fallo
por tanto no pueden contravenirla. En ese contexto, al fundar el Conservador de Bienes Raíces de Buin su decisión en un acto administrativo estaría actuando contraviniendo nuestro ordenamiento jurídico. Agrega, que se debe tener la directriz del D.L. Nº3.516, en orden a que los predios rústicos pueden ser divididos en una superficie no inferior a 0,5 hectáreas, y los predios urbanos ubicado dentro de los límites del plan regulador intercomunal de Santiago, su Código: JPUXXTJRXXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 subdivisión mínima corresponde a 4 hectáreas, debe relacionarse con lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 31 del D.L. N° 2.695. De esta manera, independiente de que la superficie sea inferior a la preceptuada por el Plan regulador, esta normativa no se aplica a su caso, puesto que su regularización de la posesión fue de acuerdo con el D.L. Nº 2695 que no establece ninguna limitación de superficie para regularizar, por lo que únicamente correspondería la limitación establecida en el artículo 1º del mencionado D.L., el que dice relación con el valor del inmueble. En relación con el Ordinario N° 2068 sobre acuerdo asumido entre Bienes Nacionales y el Conservador de Bienes Raíces de Buin, señala que constituye un acto administrativo. En tal sentido, es jerárquicamente inferior a la Ley o Decreto Ley, y, por tanto, no puede contravenir lo establecido en una de dichas normativas de rango lega
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Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Buinº CAUSA ROL : V-147-2023 CARATULADO : ZULETA/ Buin, cuatro de marzo de dos mil veinticinco Vistos: Con fecha 15 de noviembre de 2023 en folio 1, comparece don Arturo Ernesto Zuleta Rogers, cédula de identidad N° 6.086.567-1, casado, jubilado, domiciliado en Avenida Viluco Nº 4085, Sitio Nº 9, Lote B, Parcel
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