ACTIVOS CHILE EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS S.P.A./INSPECCION COMUNAL SANTIAGO SUR ORIENTE
Rol
I-501-2024
Fecha
29 de enero de 2025
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: PRIMERO: Que PABLO PAREDES BRAVO, abogado, en representación de ACTIVOS CHILE EMPRESA DE SERVICIOS TRANISTORIOS SPA, RUT N° 76.239.581-9, interpone reclamo judicial en contra de la Resolución de Multa N° 3256/24/15 -1, 2, 3 Y 4, de fecha 31 de mayo de 2024, notificada el día 11 de junio de 2024, dictada por la INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE, solicitando se deje sin efecto multa y en subsidio se rebaje la misma. Funda su petición en que con fecha 31 de mayo de 2024, la INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO SUR ORIENTE cursó cuatro multas mediante Resolución Administrativa N° 3256/24/15 -1, 2, 3 y 4, habiéndose constatado las siguientes infracciones: 1) RESOLUCION DE MULTA N°3256/24/15 -1: “NO CONTENER EL CONTRATO DE TRABAJO LA ESTIPULACION REFERIDA A DURACION Y DISTRIBUCION DE LA JORNADA DE TRABAJO RESPECTO DE LAS TRABAJADORAS MARIA DE GRACA DE MENEZES PEREIRA RUT 27.200.054-9, ISIDRA OSSES ESPINOSA RUT 21.070.527-9, FRANCISCA VALDIVIESO VALDEBENITO RUT 19.035.302-8, DANIELA COÑOMAN ARIAS RUT 17.245.283-3, CYNTHIA COÑOMAN ARIAS RUT 18.366.945-1 Y JAVIERA MIRANDA RODRIGUEZ RUT 20.202.130-1” 2) RESOLUCION DE MULTA N°3256/24/15 -2: “NO DAR CUMPLIMIENTO AL CONTRATO DE TRABAJO DE LAS TRABAJADORAS FRANCISCA VALDIVIESO VALDEBENITO RUT 19.035.302-8, DANIELA COÑOMAN ARIAS RUT 17.245.283-3. LAS TRABAJADORAS FUERON ETREVISTADAS EN SU PUESTO DE TRABAJO EL DIA DE LA VISITA EN TERRENO, ESTO ES EL 14.05.2024, SE ENCONTRABAN REALIZANDO LABORES DE FIAMBERIA, SIN EMBARGO, AL REVISAR EL CONTRATO DE TRABAJO INDICA QUE DESARROLLARAN FUNCIONES DE CAJERA. LA LBOR DESARROLLADA NO ES SIMILAR A LA FUNCION DE CAJERA” 3) RESOLUCION DE MULTA N°3256/24/15 -3: “NO OTORGAR AL MENOS DOS DE LOS DIAS DE DESCANSO EN EL RESPECTIVO MES CALENDARIO EN DIA DOMINGO, HABIENDOSE CONSTATADO QUE LA EMPRESA DESARROLLA ACTIVIDADES COMPRENDIDAS EN EL N°7, DEL ARTICULO 38 DEL CODIGO DEL TRABAJO, RESPECTO DE LAS TRABAJADORAS; MARIA DA GRACA DE MENEZES PEREIRA E ISIDORA OSSES ESPINOS
Fundamentos
considerando además que la empresa fiscalizada mantiene 15 infracciones de orden laboral ejecutoriadas durante el curso del año 2024, por lo que no es procedente tampoco rebajar la multa. TERCERO: Audiencia preparatoria. Que, llamadas las partes a conciliación, esta no se produce, atendida la imposibilidad de la reclamada de arribar a acuerdos. Estimando la existencia de hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos se recibe la causa a prueba fijando los siguientes puntos: HECHOS NO CONTROVERTIDOS: Existencia de las siguientes resoluciones siendo su contenido: 1.-Resolución de multa n°3256/24/15 -1: “no contener el contrato de trabajo la estipulación referida a duración y distribución de la jornada de trabajo respecto de las trabajadoras María De Graca de Meneses Pereira Rut 27.200.054-9, Isidora Ossès espinosa Rut 21.070.527-9, Francisca Valdivieso Valdebenito Rut 19.035.302-8, Daniela Coñoman Arias Rut 17.245.283-3, Cynthia Coñoman Arias Rut 18.366.945-1 y Javiera Miranda Rodríguez Rut 20.202.130-1” 2.- Resolución de multa n°3256/24/15 -2: “no dar cumplimiento al contrato de trabajo de las trabajadoras Francisca Valdivieso Valdebenito Rut 19.035.302-8, Daniela Coñoman Arias Rut 17.245.283-3. las trabajadoras fueron entrevistadas en su puesto de trabajo el día de la visita en terreno, esto es el 14.05.2024, se encontraban realizando labores de fiambrería, sin embargo, al revisar el contrato de trabajo indica que desarrollaran funciones de cajera. la labor desarrollada no es similar a la función de cajera” 3.-Resolucion de multa n°3256/24/15 -3: “no otorgar al menos dos de los días de descanso en el respectivo mes calendario en día domingo, habiéndose constatado que la empresa desarrolla actividades comprendidas en el n°7, del artículo 38 del código del trabajo, respecto de las trabajadoras; María da graca de Meneses Pereira e Isidora Ossès espinosa, en los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2024.” 4.- Resolución de multa n°3256/24/15 -4: “prorrogar indebidamente el contrato de puesta a disposición de servicios transitorios superando los 90 días, sin que subsistan las circunstancias que motivaron su contratación originada por aumentos ocasionales de la actividad laboral, según el siguiente detalle: trabajadoras: María da graca de Meneses Pereira contratos de trabajo desde el 02.01.2024 al 31.01.2024; del 01.02.2024 al 29.02.2024, del 01.03.2024 al 30.03.2024, del 02.04.2024 al 30.04.2024, del 02.05.2024 al 31.05.2024. Isidora Ossès espinosa, desde el 02.01.2024 al 31.01.2024, del 02.02.2024 al 29.02.2024, del 01.03.2024 al 30.03.2024, del 01.04.2024 al 30.04.2024, del 02.05.2024 al 31.05.2024. las trabajadoras francisca Valdivieso Valdebenito Daniela Coñoman Arias Y Cynthia Coñoman Arias, desde el 09.02.2024 al 29.02.2024, del 01.03.2024 al 30.03.2024, del 01.04.2024 al 30.04.2024 y del 02.05.2024.” HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Efectividad que el fiscalizador incurrió en error de hecho al cursar la sanción. Circunstancias de este hecho
Fallo
Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 1, 33, 420, 446, 453, 503, 506 y siguientes del Código del Trabajo, SE DECLARA. I.- Que SE RECHAZA en todas sus partes la reclamación interpuesta. II. Que se condena en costas a la demandante fijando las mismas en la suma de $200.000. Regístrese, notifíquese, hágase devolución de los documentos y archívese en su oportunidad. RIT : I-501-2024 RUC : 24- 4-0587785-2 Resolvió doña CAROLINA ISABEL GAJARDO BENÍTEZ, Juez del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintinueve de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticinco. Vistos: PRIMERO: Que PABLO PAREDES BRAVO, abogado, en representación de ACTIVOS CHILE EMPRESA DE SERVICIOS TRANISTORIOS SPA, RUT N° 76.239.581-9, interpone reclamo judicial en contra de la Resolución de Multa N° 3256/24/15 -1, 2, 3 Y 4, de fecha 31 de mayo de 2024, notificada el día 11 de junio de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica