Juzgado de Letras y Gar.de Quirihue

EOLICA ENTRE CERROS SPA/

Rol

V-100-2023

Fecha

4 de marzo de 2025

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 25 de mayo de 2023 (folio 1), compareció EÓLICA ENTRE CERROS SpA, sociedad por acciones del giro de su nominación Rol Único Tributario N°77.708.483-6, representada legalmente por doña Aida Loreto Retamal Zúñiga, chilena, casada, abogado, cédula nacional de identidad N°10.607.702-9, ambos con domicilio, para estos efectos, en O ´Higgins 940, oficina 901, Concepción, presentando solicitud de manifestación minera con el objeto de constituir concesión minera de explotación de 20 pertenencias de 10 hectáreas de superficie cada una, las que denominó “PORTEZUELO 5, 1 AL 20”, las que cubren una superficie total de 200 hectáreas, en la comuna de Portezuelo, Provincia de Itata, Región de Ñuble, lo anterior, en ejercicio del derecho que le otorga la concesión de exploración “PORTEZUELO 5”, actualmente vigente e inscrita a nombre de su titular a fojas 18, bajo el número 12, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Quirihue del año 2023, pedimento presentado el 24 de junio de 2020 en causa ROL V-177-2020, del ingreso Civil de este Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue SEGUNDO: Que, refiere en su solicitud que el punto de interés de esta manifestación está ubicado en la Provincia de Itata, comuna de Portezuelo, XVI Región, y las coordenadas U.T.M. de su ubicación, referidas al Datum Provisorio Sudamericano, La Canoa 1956, Elipsoide Internacional 1924, Huso 18, son: Norte 5.954.900,00 metros y Este 733.600,00 metros. TERCERO: Que, el terreno sobre el cual recae la solicitud corresponde a la intersección de las diagonales de un cuadrángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal y cuyas diagonales se cortan en el Punto de Interés ya indicado, cuyos lados orientados Norte-Sur UTM miden 2.000,00 metros y sus lados Este-Oeste UTM miden 1.000,00 metros. Código: RHQHXTXRMXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Que, como consta en aut

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que, se declara constituida la concesión minera de explotación denominada “PORTEZUELO 5, 1 AL 15”, en la Región de Ñuble, Provincia de Itata, comuna de Portezuelo, ya individualizada, solicitada por EÓLICA ENTRE CERROS SpA de 140 hectáreas de superficie, siendo las coordenadas U.T.M. de los linderos de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de explotación son los siguientes: Código: RHQHXTXRMXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Las coordenadas U.T.M referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum La Canoa de 1956, Huso 18, dadas en la manifestación para el punto de interés son: Norte 5.954.900,00 metros y Este 733.600,00 metros. III. Apruébese el plano y acta de mensura de la concesión de explotación “PORTEZUELO 5, 1 AL 15”, a favor de EÓLICA ENTRE CERROS SpA, acompañado a folio 26. IV. Que, la fecha de presentación de la manifestación corresponde al 24 de junio de 2020 conforme a la solicitud de exploración minera denominada "Portezuelo 5", concedida en causa ROL V-177-2020, del ingreso Civil de este Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue, que se acompañó a folio 1. V. Publíquese extracto de la presente sentencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Código de Minería. VI. Inscríbase esta sentencia, conjuntamente con la copia del acta de mensura, dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro de Pr

Texto Completo (Preview)

FOJA: 30 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Quirihue CAUSA ROL : V-100-2023 CARATULADO : EOLICA ENTRE CERROS SPA/ Quirihue, cuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 25 de mayo de 2023 (folio 1), compareció EÓLICA ENTRE CERROS SpA, sociedad por acciones del giro de su nominación Rol Único Tributario N°77.708.48

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica