SOCIEDAD COLECTIVA CIVIL AGRÍCOLA ARÉVALO Y ARÉVALO Y COMPAÑÍA/
Rol
V-237-2020
Fecha
4 de marzo de 2025
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 29 de diciembre de 2020, a folio N 1, compareci ° ó SOCIEDAD COLECTIVA CIVIL AGR COLA AR VALO Y AR VALO Y COMPA A,Í É É ÑÍ RUT N 77.130.946-1, sociedad del giro de su denominaci n, representada por don° ó AUGUSTO FERNANDO AREVALO LIBERONA, c dula nacional de identidadé N 14.535.200-2, chileno, casado, agricultor, ambos domiciliados para estos efectos- enº – Rinconada de Guacarhue s/n, comuna Quinta de Tilcoco, solicitando: 1.- En primer t rmino, declarar que la real y efectiva superficie del predio Santos S nchezé “ á ” corresponde a 42.362,10 m2 o metros que arrojen la probanza y mediciones; 2.-Que, en consecuencia, se ordene rectificar, previo las probanzas y mediciones de rigor, la superficie registral consignada de la propiedad denominada Santos S nchez , inscrita a“ á ” nombre del solicitante y de otras comuneras ya individualizadas. Lo anterior en el sentido de se alar que la real y efectiva superficie del predio referido corresponde añ 42.362,10 m2 o a lo que arrojen las probanzas, ello en las inscripciones registrales consignadas a fojas 3089 N 2888 y a fojas 932 vuelta N 939 del Registro de Propiedad° ° del a o 2019 y 2017 -respectivamente-, ambas del Conservador de Bienes Ra ces deñ í Rengo; 3.- Que, en definitiva, se ordene al Conservador de Bienes Ra ces de esta ciudadí anotar al margen de las inscripciones dominicales citadas en el punto precedente, que la superficie real y efectiva del predio a que se refieren dichos asientos registrales corresponde a 42.362,10 m2 o la cifra que en definitiva se determine. Al fundar su solicitud refiri que don Augusto Fernando Ar valo Liberona eraó é due o de derechos sobre el predio ñ Santos S nchez , “ á ” ubicado en la comuna de Quinta de Tilcoco. Los derechos de que era titular y que recaen sobre esta propiedad fueron adquiridos por compraventa mediante escritura p blica, celebrada con fecha 23 deú febrero de 2008, otorgada ante el Notario P blico Suplente de Rancagua, don Jaimeú Bernales Larra n
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con el objeto de acreditar sus asertos la parte solicitante acompa las siguientes probanzas:ñó 1.- Inscripci n de fojas 3089 N 2888 correspondiente al Registro de Propiedadó ° del a o 2019, del Conservador de Bienes Ra ces de Rengo. ñ í Código: XXQJXTRNGVC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- Inscripci n de fojas 932 Vuelta N 939 correspondiente al Registro deó ° Propiedad del a o 2017, del Conservador de Bienes Ra ces de Rengo.ñ í 3.- Copia de escritura p blica Sociedad Colectiva Civil Agr cola Ar valo, Ar valoú í é é y Compa a, Repertorio N 2969-19, de fecha 17 de octubre de 2019.ñí ° 4.- Plano situaci n actual propiedad Rol de Aval o N 33-35, de la comuna deó ú ° Quinta de Tilcoco. 5.- Acta notarial, elaborada por don Andr s Mauricio Falc n Valencia, Notarioé ó P blico Titular de la Primera Notar a de Rengo, de fecha 30 de septiembre de 2023. ú í SEGUNDO: Que, conforme a inscripciones dominicales de fojas 3089 N 2888° correspondiente al Registro de Propiedad del a o 2019 y de fojas 932 Vuelta N 939ñ ° correspondiente al Registro de Propiedad del a o 2017, ambas del Conservador deñ Bienes Ra ces de Rengoí , consta que el solicitante de autos, conjuntamente con do añ Cecilia del Carmen, do a Reveca Ernestina y do a Gilda Betis, todas de apellido G lvezñ ñ á Miranda, son due os de derechos en un predio denominado Santos S nchez, de lañ á comuna de Quinta de Tilcoco, Rol de Aval o N 33-35, respecto del cual el peticionarioú ° de autos solicita se rectifique la superficie registrada en dichos t tulos. í TERCERO: Que, en atenci n al informe pericial y plano topogr fico queó á constan a folio N 14, realizado por don ° Felipe Andr s Valenzuela Canales, resultaé posible concluir que la propiedad objeto de la litis se encuentra delimitada en todos sus lados, sin ning n perjuicio hacia sus colindantes, y que la cabida real de la misma, sinú perjuicio de que en el t tulo refiera una superficie de una cuadra m s o menos , staí “ á ” é corresponde en realidad a 40.769,35 metros cuadrados, lo que es coincidente aunque– con una m nima diferencia en perjuicio del solicitante- con lo expresado por elí peticionario en su presentaci n, de acuerdo al plano acompa ado a fojas N 1,ó ñ ° elaborado por do a Leda Villalobos Olivares, y constando adem s en autos, informesñ á evacuados por el se or Conservador de Bienes Ra ces de Rengo y Defensor P blico,ñ í ú adem s de acta notarial, elaborada al tenor de lo requerido por el Conservador deá Bienes Ra ces, y notificaciones efectuadas a los due os de los predios colindantes a dichaí ñ propiedad, sin que stos hayan efectuado alegaci n alguna en el presente proceso, resultaé ó procedente acceder a la solicitud de autos, y rectificar la superficie de la propiedad sub lite, tal como se dir en definitiva. á Y visto adem s lo dispuesto en los art culos 817 del C digo de Procedimientoá í ó Civil, art culo 88 y siguientes del Reglame
Fallo
Por tanto, de acogerse la presente solicitud no se afectar a ení forma alguna los deslindes particulares del predio Santos S nchez . “ á ” El hecho que la superficie real y efectiva del referido predio no guarde relaci n con la consignada en lasó inscripciones conservatorias, ha obstaculizado las pretensiones de los comuneros propietarios, toda vez que el plano que se presenta para subdividir contempla una superficie distinta, todo lo cual motiva la necesidad de interponer la presente solicitud de rectificaci n de superficie, toda vez que dicha enmienda resulta imprescindible para unaó posterior e inminente liquidaci n de la comunidad propietaria del referido inmueble. ó Fund la presente solicitud en la dispuesto en los art culos 817 y siguientes deló í C digo de Procedimiento Civil y lo dispuesto en el reglamento del Registroó Conservatorio de Bienes Ra ces. í Con fecha 07 de mayo de 2021, a folio N 5, don Juan Ra l Cristi Le n,° ú ó Conservador Bienes Ra ces de Rengo, emiti informe. í ó Con fecha 29 de julio de 2021, a folio N 14, don Felipe Andr s Valenzuela° é Canales, Top grafo, evacu informe pericial. ó ó Con fecha 01 de abril de 2022, a folio N 18, consta Oficio N 00017, de fecha° ° 28 de marzo de 2022, emitido por don Sebasti n Rodr guez Fuenzalida, Alcalde de laá í Ilustre Municipalidad de Quinta de Tilcoco. Con fecha 26 de septiembre de 2022, a folio N 22 y 23, consta Ord. N 465,° ° de fecha 02 de septiembre de 2022, emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : V-237-2020 CARATULADO : sociedad colectiva civil agr cola ar valo y ar valo yí é é compa a/ñí Rengo, cuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 29 de diciembre de 2020, a folio N 1, compareci ° ó SOCIEDAD COLECTIVA CIVIL AGR COLA AR VALO Y AR VALO Y COMPA A,Í É É ÑÍ RUT N 77.130.946-1, sociedad del
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