Juzgado de Letras de Casablanca

FRIAS/SOCIEDAD AGRICOLA DON MANUEL LIMITADA

Rol

O-26-2024

Fecha

28 de enero de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículo 1 al 10, 41 y sgtes., 54 y sgtes., 66 y sgtes., 159 y sgtes., 425 y sgtes., 432 y sgtes., 446 y sgtes, todos del Código del Trabajo, principios inspiradores del Derecho del trabajo, en especial el principio de protección al trabajador, se declara: Que se acoge la demanda interpuesta por Jorge Frías, cédula identidad N° 21.534.582-3 en contra de Sociedad Agrícola Don Manuel Limitada, RUT: 78.327.930-4 representada legalmente por Felipe Rodríguez Varela, cédula de identidad N° 12.265.522-9, todo ya individualizados y en cuanto se declara: 1.- Que entre las partes existió un vínculo de carácter laboral entre el día 16 de agosto del año 2004 y el 05 de marzo de 2024. 2.- Que el demandante efectuó un despido indirecto con fecha 5 de marzo del año 2024 el que fue justificado. 3.- Que la demandaba deberá pagar al demandante la suma de $ 511.000.- pesos a título de indemnización sustitutiva del aviso previo. 4.- Que la demandaba deberá pagar al demandante la suma de $5.621.000.- pesos a título de indemnización por años de servicio. 5.- Que la demandaba deberá pagar al demandante la suma de $2.810.500.- pesos a título de recargo del 50 %, conforme a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo. 6.- Que la demandaba deberá pagar al demandante la suma de $127.750 pesos a título de feriado proporcional adeudado. 7.- Que el despido indirecto de fecha 5 de marzo del año 2024 es nulo, esto es que no ha producido el efecto de poner término a la relación laboral en los términos del artículo 162 del Código del Trabajo y la demandada deberá pagar al demandante las remuneraciones, cotizaciones y demás prestaciones contractuales que se han devengado y se devenguen entre el 5 de marzo de 2024 y la fecha en que se produzca la convalidación del despido en forma legal, todo en razón de una remuneración de $511.000 pesos mensuales. Ofíciese a AFP PROVIDA, AFC Chile, FONASA. a fin de que se proceda a la debida liquidación y cobro. 8.- Que la e

Fallo

Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículo 1 al 10, 41 y sgtes., 54 y sgtes., 66 y sgtes., 159 y sgtes., 425 y sgtes., 432 y sgtes., 446 y sgtes, todos del Código del Trabajo, principios inspiradores del Derecho del trabajo, en especial el principio de protección al trabajador, se declara: Que se acoge la demanda interpuesta por Jorge Frías, cédula identidad N° 21.534.582-3 en contra de Sociedad Agrícola Don Manuel Limitada, RUT: 78.327.930-4 representada legalmente por Felipe Rodríguez Varela, cédula de identidad N° 12.265.522-9, todo ya individualizados y en cuanto se declara: 1.- Que entre las partes existió un vínculo de carácter laboral entre el día 16 de agosto del año 2004 y el 05 de marzo de 2024. 2.- Que el demandante efectuó un despido indirecto con fecha 5 de marzo del año 2024 el que fue justificado. 3.- Que la demandaba deberá pagar al demandante la suma de $ 511.000.- pesos a título de indemnización sustitutiva del aviso previo. 4.- Que la demandaba deberá pagar al demandante la suma de $5.621.000.- pesos a título de indemnización por años de servicio. 5.- Que la demandaba deberá pagar al demandante la suma de $2.810.500.- pesos a título de recargo del 50 %, conforme a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo. 6.- Que la demandaba deberá pagar al demandante la suma de $127.750 pesos a título de feriado proporcional adeudado. 7.- Que el despido indirecto de fecha 5 de marzo del año 2024 es nulo, esto es que no ha producido el efecto d

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO, PROCEDIMIENTO ORDINARIO JUZGADO DE LETRAS DE CASABLANCA. FECHA 28 de enero de 2025 RUC 24-4-0560956-4 RIT O-26-2024 MAGISTRADO ALEXANDRA YAÑEZ JARA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Leonardo Burgos Prado SALA Primera HORA DE INICIO 11:35 Horas HORA DE TERMINO 12:05 Horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440560956-4-86 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE JORGE FRIAS ABOGADO

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