NORAMBUENA/
Rol
V-285-2024
Fecha
7 de marzo de 2025
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIEND PRESENTE: Que, con fecha 07 de noviembre de 2024, comparece don Marcelo Ekdahl Giordani, Abogado, en representación, de don GIUSEPPE BIANCHINI CLO, cédula de identidad N°3.357.725-7, italiano, casado, jubilado, y su cónyuge doña EMPERATRIZ LUISA NORAMBUENA CORTEZ, cédula de identidad N°3.647.668-0, chilena casada, jubilada, ambos domiciliados en Holanda N°3235, Depto. 806, comuna de Ñuñoa, respetuosamente señala: Que sus representados, se encuentran casados bajo el régimen de sociedad conyugal, matrimonio celebrado con fecha 04 de marzo de 1961, en la circunscripción de la comuna de Ñuñoa, anotado en el Registro de Matrimonios del Servicio de Registro Civil e Identificación con el N°325 del año 1961 y tienen la intención de donar por mera liberalidad a sus hijas y nietas individualizadas que indicaran, en partes iguales el dominio de la propiedad inscrita a fojas 5018 vuelta, número 6670 del Registro de Propiedad del año 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas; a su hija Franca Emilia Bianchini Norambuena, cédula de identidad N°7.819.155-4, a su hija Renata Vania Bianchini Norambuena, cédula de identidad N°8.774.671-2, a su nieto Aldo Luciano Di Doménico Bianchini, cédula de identidad N°16.657.222-3, a su nieta Consuelo Patricia Campos Bianchini, cédula de identidad N°17.315.862-9, a su nieta Rosario Margarita Campos Bianchini, cédula de identidad N°17.679.605-7 y a su nieta Amanda Javiera Campos Bianchini, cédula de identidad N°20.121.257-k. Además, los donantes tienen la intención de donar a cada uno de los donatarios ya individualizados, la suma de dinero en efectivo de $1.627.411.- (un millón seiscientos veintisiete mil cuatrocientos once pesos). Código: TYLJXTXNHXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Señala que la propiedad y dineros que solicitan donar, provienen de lo adquirido por los donantes por medio de la Posesión Efectiva de su hija Nicoletta Bianchini Nor
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con la solicitud de folio 1 se persigue que el Tribunal, de acuerdo con los artículos 1386 y siguientes del Código Civil, y a título de mera liberalidad, autorice la donación de bienes de don Giuseppe Bianchini Clo y doña Emperatriz Luisa Norambuena Cortez, tienen la intención de donar por mera liberalidad a sus hijas y nietas individualizadas a continuación, en partes iguales el Código: TYLJXTXNHXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl dominio de la propiedad inscrita a fojas 5018 vuelta, número 6670 del Registro de Propiedad del año 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas; a su hija Franca Emilia Bianchini Norambuena, cédula de identidad N°7.819.155-4, a su hija Renata Vania Bianchini Norambuena, cédula de identidad N°8.774.671-2, a su nieto Aldo Luciano Di Doménico Bianchini, cédula de identidad N°16.657.222-3, a su nieta Consuelo Patricia Campos Bianchini, cédula de identidad N°17.315.862-9, a su nieta Rosario Margarita Campos Bianchini, cédula de identidad N°17.679.605-7 y a su nieta Amanda Javiera Campos Bianchini, cédula de identidad N°20.121.257-k. Además, los donantes tienen la intención de donar a cada uno de los donatarios ya individualizados, la suma de dinero en efectivo de $1.627.411.- (un millón seiscientos veintisiete mil cuatrocientos once pesos). SEGUNDO: Que acompaño a los autos los siguientes antecedentes Por el primer otrosí del libelo de folio 1; 1.- Certificado de dominio vigente del inmueble inscrito a fojas 5018 vuelta, número 6670 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 2023; 2.- Certificado de dominio vigente del inmueble de propiedad de los donantes en la comuna de Ñuñoa inscrita a fojas 30562 número 49734 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2006; 3.-Certificado de nacimiento y certificado de matrimonio de los donantes; 4.- Certificado de nacimiento y certificado de matrimonio de los donatarios; 5.- Certificado de Posesión Efectiva N°138.926 del año 2023 y, 6.- Certificado de Fondos Mutuos de propiedad de los donantes en el Banco Santander. A folio 10, con fecha 12 de febrero de 2025, acompaña certificado de pago del impuesto a la donación. TERCERO: Que, para un acertado análisis de la solicitud de folio uno, es necesario precisar las normas que regulan la materia, sobre el particular, en primer término es menester indicar el artículo 1386 del Código Civil que define la donación en los siguientes términos: “La donación entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra persona, que la acepta”; a su turno el artículo 1198 del mismo cuerpo legal dispone: “Todos los legados, todas las donaciones, sean revocables o irrevocables, hechas a un legitimario, que tenía entonces la calidad de tal, se imputarán a su legítima, a menos que en el testamento o en la respectiva e
Fallo
se declara que: Ha lugar a la solicitud de autos, autorizándose la donación de acuerdo con los artículos 1386 y siguientes del Código Civil, a título de mera liberalidad, don Giuseppe Bianchini Clo, cédula de identidad N°3.357.725-7, y doña Emperatriz Luisa Norambuena Cortez, cédula de identidad N°3.647.668-0, a sus hijas Franca Emilia Bianchini Norambuena, cédula de identidad N°7.819.155-4, y Renata Vania Bianchini Norambuena, cédula de identidad N°8.774.671-2, a sus nietos; Aldo Luciano Di Doménico Bianchini, cédula de identidad N°16.657.222-3; Consuelo Patricia Campos Bianchini, cédula de identidad N°17.315.862-9; Rosario Margarita Campos Bianchini, cédula de identidad N°17.679.605-7 y, Amanda Javiera Campos Bianchini, cédula de identidad N°20.121.257-K, en partes iguales el dominio de la propiedad inscrita a fojas 5018 vuelta, número 6670 del Registro de Propiedad del año 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas. Código: TYLJXTXNHXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Además, los donantes tienen la intención de donar a cada uno de los donatarios ya individualizados, la suma de dinero en efectivo de $1.627.411.- (un millón seiscientos veintisiete mil cuatrocientos once pesos). Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol V- 285-2024.- DICTADA POR DOÑA LILIAN LIZANA TAPIA JUEZ SUPLENTE.- AUTORIZA MARIO ROJAS GALLEGUILLOS SECRETARIO SUBROGANTE.- Se deja constancia que se dio cumpl
Texto Completo (Preview)
FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-285-2024 CARATULADO : NORAMBUENA/ Santiago, siete de marzo de dos mil veinticinco VISTOS Y TENIEND PRESENTE: Que, con fecha 07 de noviembre de 2024, comparece don Marcelo Ekdahl Giordani, Abogado, en representación, de don GIUSEPPE BIANCHINI CLO, cédula de identidad N°3.357.725-7, italiano, casado,
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