5º Juzgado Civil de Valparaíso

FISCO DE CHILE - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES/

Rol

V-92-2022

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes que rolan en autos, lo expuesto por la expropiada y la entidad expropiante, el mérito de los documentos acompañados en autos -en particular, los agregados a folios 27, 45, 49, 51 y 54- y de las certificaciones de folios 14 y 22, habiéndose dado cumplimiento -en lo pertinente- a lo prevenido en el Acta 87-2014 de la Excma. Corte Suprema, de modo que, con arreglo a lo previsto en el artículo 26 del Decreto Ley 2.186 que contiene la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones no se ha presentado dentro de plazo ningún interesado para hacer valer sus derechos o créditos sobre la indemnización, se ha acreditado por la expropiada su derecho de dominio y ha demostrado no registrar deuda de contribuciones que afectaren al inmueble expropiado; se resuelve derechamente a la solicitud del primer otrosí de folio 30: Como se pide, gírese cheque a nombre de Agrícola Indufrut Limitada, Rut 77.146.590-0, con cargo a la indemnización consignada en este proceso. Cancélese al efecto el depósito respectivo, oficiándose al Banco del Estado Chile, debiendo la parte interesada manifestar expresamente que renuncia a los intereses del período, pues, de lo contrario, se esperará el plazo del próximo vencimiento. En forma previa a la entrega del cheque que se ordena librar, deberá oficiarse y aguardarse la respuesta del respectivo Registro de Comercio en que se halla inscrita la sociedad expropiada, con el objeto de corroborar la vigencia de la representación de la que emanan los poderes esgrimidos en autos para actuar en su nombre y, a partir de ello, verificar el estricto cumplimiento de los artículos 3° y 4° del Acta 87-2014 de la Excma. Corte Suprema. Dictada por don Matías Fontecilla Millán, Juez Suplente. Código: HXXSXTXVCQB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Valpar

Fallo

se resuelve derechamente a la solicitud del primer otrosí de folio 30: Como se pide, gírese cheque a nombre de Agrícola Indufrut Limitada, Rut 77.146.590-0, con cargo a la indemnización consignada en este proceso. Cancélese al efecto el depósito respectivo, oficiándose al Banco del Estado Chile, debiendo la parte interesada manifestar expresamente que renuncia a los intereses del período, pues, de lo contrario, se esperará el plazo del próximo vencimiento. En forma previa a la entrega del cheque que se ordena librar, deberá oficiarse y aguardarse la respuesta del respectivo Registro de Comercio en que se halla inscrita la sociedad expropiada, con el objeto de corroborar la vigencia de la representación de la que emanan los poderes esgrimidos en autos para actuar en su nombre y, a partir de ello, verificar el estricto cumplimiento de los artículos 3° y 4° del Acta 87-2014 de la Excma. Corte Suprema. Dictada por don Matías Fontecilla Millán, Juez Suplente. Código: HXXSXTXVCQB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Valparaíso, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. Código: HXXSXTXVCQB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-28T20:57:17-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5º Juzgado Civil de Valparaíso CAUSA ROL : V-92-2022 CARATULADO : FISCO DE CHILE - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES/ Valparaíso, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes que rolan en autos, lo expuesto por la expropiada y la entidad expropiante, el mérito de los documentos acompañados en autos -en particul

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