REYES/INVERSIONES EL MIRADOR LIMITADA
Rol
C-333-2022
Fecha
28 de febrero de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1 -cuaderno principal- y a folio 8 cuaderno excepciones dilatorias-, con– fecha 10 de marzo y 27 de mayo, ambos de 2022, respectivamente, comparece don Daniel Esteban L pez Mon rdez, abogado, chileno, c dula nacional de identidadó á é N 13.065.458-4, en representaci n convencional de don Felipe del Real Della Maggiora,° ó c dula nacional de identidad N 10.412.220-5, psic logo; de do a Pilar Gabrielaé ° ó ñ Valenzuela Sazo, c dula nacional de identidad N 13.184.899-4, psic loga; de do aé ° ó ñ Mar a Ver nica Gajardo Flores, c dula nacional de identidad N 7.669.737-K, jubilada;í ó é ° de don Jorge Alejandro Rozas Cruzat, c dula nacional de identidad N 10.364.419-4,é ° odont logo; de do a Cecilia Roco Villarreal, c dula nacional de identidadó ñ é N 10.691.594-6, odont loga; de do a Blanca Mar a Luisa Isabel Z iga Alegr a, c dula° ó ñ í úñ í é nacional de identidad N 13.252.480-7, arquitecta; de don Juan Agust n Gajardo Reyes,° í c dula nacional de identidad N 14.389.215-8, arquitecto; de don Ra l Claudioé ° ú Covarrubias Cerpa, c dula nacional de identidad N 4.679.404-4, agente de ventas; deé ° do a Silvia Blanca Contardo Salinas, c dula nacional de identidad N 4.142.278-5,ñ é ° t cnico param dico; y de don Jos Gervasio Reyes Becerra, c dula nacional de identidadé é é é N 8.914.414-0, t cnico universitario; todos domiciliados para estos efectos en calle 1 Sur° é N 690, oficinas 704-705, Edificio Plaza, de la ciudad de Talca; quien deduce demanda° civil de da os y perjuicios por responsabilidad extracontractual en contra del Servicioñ Nacional de Protecci n Especializada a la Ni ez y Adolescencia en adelante Servicioó ñ – Mejor Ni ez-, rol nico tributario N 62.000.890-7, representado legalmente por lañ ú ° directora regional de la Regi n del Maule, do a ngela Ginette Mu oz Venegas, c dulaó ñ Á ñ é nacional de identidad N 14.050.837-3, ambos domiciliados en Calle 1 Norte N 541, de° ° la ciudad de Talca; y en contra de la Sociedad Inversiones el Mirador Lim
Fundamentos
considerando que en la actualidad el proyecto de Residencia Familiar Lircay no tiene siquiera una fecha tentativa de apertura, motivo por el que rechazan que los demandantes tengan derecho al pago de alguna indemnizaci n que sea de cargo deló servicio. Contextualizan la labor desplegada por SENAME y, actualmente, continuada por Mejor Ni ez, a fin de argumentar la existencia de un accionar diligente yñ prolijo del servicio, el cual propende a la b squeda de la mejor forma de desarrollar laú l nea de acci n del cuidado alternativo que ofrecen, particularmente, en lo que diceí ó relaci n con el nuevo modelo residencial de car cter familiar, para lo cual enumeranó á algunas directrices t cnicas.é Sostienen que los demandantes desconocen las innumerables comunicaciones, interacciones y trabajos que en su oportunidad realiz SENAME,ó actualmente Mejor Ni ez, a trav s de una organizaci n externa que el servicio encargñ é ó ó especialmente para el trabajo de relacionamiento comunitario efectuado para con Código: TXRVXTXEMPB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 vecinos, establecimientos educacionales cercanos, centros de salud y otros organismos; retroalimentaci n en virtud de la cual, aseguran, el servicio tuvo pleno conocimiento deó los prejuicios y del descontento de los demandantes con el proyecto de habilitaci n de laó Residencia Familiar Lircay, los cuales, a su vez, han utilizado todas las herramientas jur dicas disponibles para oponerse y retrasar con ello la habilitaci n de dicho modeloí ó residencial de orden familiar. Esbozan que, hasta septiembre de 2021, SENAME tuvo a su cargo el cuidado y protecci n de ni os, ni as y adolescentes gravemente vulnerados oó ñ ñ amenazados en sus derechos; dise ando, ya desde el a o 2019, los lineamientos de unñ ñ nuevo modelo residencial, de car cter familiar, a fin de acoger de mejor forma a aquellosá usuarios separados de su vida familiar por orden judicial, intervenci n que incluye a losó propios adolescentes, sus familias, las redes del intersector y la comunidad; siendo dichos actores de gran importancia, debido que dicen relaci n con el entorno donde los ni os,ó ñ ni as y adolescentes se desenvuelven, el cual, a su vez, debe ser integrador y cercano,ñ contando con las condiciones materiales e interacciones en su cotidianidad que permitan satisfacer las necesidades del desarrollo de cada adolescente (sic). Conforme a lo anterior, precisan que SENAME trabaj durante el a o 2021ó ñ junto a la organizaci n sin fines de lucro denominada Sim n de Cirene, en eló ó relacionamiento comunitario del proyecto de habilitaci n de la residencia familiar,ó basado en las orientaciones t cnicas para la habilitaci n de residencias familiares paraé ó adolescentes, exponiendo los objetivos del proyecto, su alcance, modelo de intervenci n;ó confeccionando informes en terreno; ejecutando di logos abiertos y otras instanciasá privadas con vecinos, i
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, adem s, con lo previsto en los art culosá í 14, 1511, 1698, 1700, 2284, 2314, 2317, 2323, 2328, 2329 y 2330 del C digo Civil; 18, 144,ó 160, 170, 254, 303, 341 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil; Ley N 21.302;ó ° Ley N 19.880; Ley N 19.886: Ley N 20.609; art culos 1 , 7 , 5 , 19 N 2; 7 y 24, y 38° ° ° í ° ° ° ° de la Constituci n Pol tica de la Rep blica, ó í ú se declara: I.- En cuanto a las tachas: Código: TXRVXTXEMPB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 a) Que se rechaza la tacha deducida a folio 94 por el demandado Servicio Mejor Ni ez en contra del testigo de la parte demandante, do a Mar a del Carmenñ ñ í Gonz lez Ponce, por la causal del n mero 6 del art culo 358 del C digo deá ú í ó Procedimiento Civil, sin costas. b) Que se rechaza la tacha deducida a folio 94 por la demandada Inversiones El Mirador Limitada en contra del testigo de la parte demandante, do a Mar a del Carmenñ í Gonz lez Ponce, por las causales de los n meros 6 y 7 del art culo 358 del C digo deá ú í ó Procedimiento Civil, sin costas. c) Que se rechaza la tacha deducida a folio 97 por la parte demandante en contra de la testigo del demandado Servicio Mejor Ni ez, do a Perla Alejandra Castroñ ñ Villarroel, por la causal del n mero 5 del art culo 358 del C digo de Procedimientoú í ó Civil. d) Que se rechaza la tacha deducida a folio 105 por la parte demandante en con
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 141 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-333-2022 CARATULADO : REYES/INVERSIONES EL MIRADOR LIMITADA Talca, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 -cuaderno principal- y a folio 8 cuaderno excepciones dilatorias-, con– fecha 10 de marzo y 27 de mayo, ambos de 2022, respectivamente, comparece don Dan
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