JUNJI/DIAZ PERALTA
Rol
C-4336-2019
Fecha
28 de febrero de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece el abogado, MAURICIO MEJIAS OLGUÍN, en representación convencional de JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, en adelante, “JUNJI”, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su Vicepresidenta Ejecutiva, doña Adriana Amelia Gaete Somarriva, ambos con domicilio en calle Avenida O´Higgins Poniente N° 77 oficina 502 comuna de Concepción; e interpone demanda de resolución de contrato con indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual, en contra de NIDIA ROSSANA DÍAZ PERALTA, factor de comercio, con domicilio en Freire #1935, Concepción, solicitando que se declare la resolución del contrato celebrado con fecha 05 de mayo de 2016, entre la Junta Nacional de Jardines Infantiles y el proveedor Nidia Díaz Peralta, para ejecutar la obra denominada “Ampliación y Habilitación Sala Cuna y Jardín Infantil Centinela II, Talcahuano”, y que en consecuencia se condene a la demandada a indemnizar perjuicios causados a la demandante, los que ascienden a la suma total de $843.417.613.- o en subsidio, la suma mayor que en derecho se determine, con expresa condena en costas. Funda su demanda, señalando que, mediante Resolución N°015/2969, de fecha 22 de octubre de 2015, se autorizó llamado a licitación y se aprueba anexo complementario de bases de licitación tipo que regulan el proceso de licitación pública del proyecto “ Ampliación y Habilitación Sala cuna Centinela II, Talcahuano”, así, por Resolución Exenta N°015/766 de fecha 11 de diciembre de 2015, se adjudicó el proceso licitatorio ID 1576-86-LR15, para la contratación de la obra denominada “Ampliación y Habilitación Sala Cuna y Jardín Infantil Centinela II, Talcahuano”, al oferente Nidia Díaz Peralta, RUT 22.625.483-8, la que fue cursada con alcance por Contraloría Regional del Biobío con fecha 06 de enero de 2016. Expone que, con fecha 05 de mayo de 2016, se suscribió contrato entre la Junta Nacional de Jardines Infantiles y el proveedor Nidia Díaz Peralta, para ejecu
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°. Que, compareció MAURICIO MEJIAS OLGUÍN, en representación convencional de JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, en adelante, “JUNJI”, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su Vicepresidenta Ejecutiva, doña Adriana Amelia Gaete Somarriva; e interpone Código: QUQNXTPTTXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4336-2019 Foja: 1 demanda de resolución de contrato con indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual, en contra de NIDIA ROSSANA DÍAZ PERALTA, solicitando que se declare la resolución del contrato celebrado con fecha 05 de mayo de 2016, entre la Junta Nacional de Jardines Infantiles y el proveedor Nidia Díaz Peralta, para ejecutar la obra denominada “Ampliación y Habilitación Sala Cuna y Jardín Infantil Centinela II, Talcahuano”, y que en consecuencia se condene a la demandada a indemnizar perjuicios causados a la demandante, los que ascienden a la suma total de $843.417.613.- o en subsidio, la suma mayor que en derecho se determine, con expresa condena en costas; conforme a los argumentos señalados en la parte expositiva de esta sentencia. 2°. Que, estando la demandada legalmente emplazada, no contestó la demanda, por lo que no hay excepciones opuestas, alegaciones ni simples defensas que analizar a su respecto; no obstante, por su silencio, ha de entenderse que niega los hechos alegados en el libelo. 3°. Que, a fin de acreditar los fundamentos de hecho de su pretensión, la parte demandante rindió prueba documental. a) A folio 64 acompañó legalmente sin que fueran objetados por la contraparte: 1) Acta de audiencia única en causa RIT M-1196-2017 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. 2) Acta de audiencia de juicio en causa RIT O-1466-2017 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, además de resolución de fecha 19 de diciembre de 2018 dictada en la misma causa. 3) Presentación ingresada en causa RIT O-1124-2018 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, dando cuenta de pago, además de la resolución dictada en la misma causa con fecha 2 de julio de 2019, que tuvo presente dicho pago. 4) Avenimiento ingresado en causa RIT C-679-2018 del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, además de la resolución dictada en la misma causa con fecha 20 de junio de 2019 que tuvo por aprobado dicho avenimiento. 5) Presentación ingresada en causa RIT C-4-2018 del Juzgado de Letras de Tomé, dando cuenta de pago, además de la resolución dictada en la misma causa con fecha 29 de octubre de 2018, que tuvo presente dicho pago. b) A folio 65 acompañó legalmente sin que fueran objetado por la contraparte: Código: QUQNXTPTTXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4336-2019 Foja: 1 1) Resolución Exenta N°015/1483 de fecha 16 de septiembre de 2019, de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles 2) Resolución Ex
Fallo
por tanto, medios de prueba que requieran ser valorados por esta sentenciadora. 5°. Que, de la prueba instrumental no objetada detallada en los considerandos precedentes, resulta posible constituir indicios graves, precisos y concordantes entre sí, en los términos de los artículos 1712 del Código Civil y 426 del Código de Procedimiento del ramo, para construir, mediante un proceso lógico deductivo, una presunción judicial con mérito probatorio suficiente para los efectos de establecer como hechos de la causa los siguientes: a) Que, con fecha 5 de mayo de 2016, la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) y Nidia Rossana Díaz Peralta celebraron un contrato para la “Ampliación y Habilitación de la Sala Cuna y Jardín Infantil Centinela II”, ubicada en Talcahuano, Región del Biobío, en el marco de la licitación pública ID N° 1576- 86-LR15. b) Que, el objeto principal del contrato consistía en el diseño de especialidades y ejecución de las obras de ampliación y habilitación del jardín infantil, con un presupuesto total de $435.064.003 (impuestos incluidos). Código: QUQNXTPTTXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4336-2019 Foja: 1 c) Que, mediante Resolución Exenta N° 015/02, de fecha 26 de febrero de 2018, complementada por la Resolución Exenta N° 015/007 del 28 de febrero de 2018, la JUNJI resolvió poner término anticipado al contrato. 6°. Que, se ha ejercido acción resolutoria, solicitando a este tribuna
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C-4336-2019 Foja: 1 FOJA: 73 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-4336-2019 CARATULADO : JUNJI/DIAZ PERALTA Concepci nó , veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTO: A folio 1, comparece el abogado, MAURICIO MEJIAS OLGUÍN, en representación convencional de JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, en adelante, “JUNJI”, persona jurídic
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