MUÑOZ/ILUSTRISIMA MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO
Rol
C-3193-2024
Fecha
28 de febrero de 2025
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don Javier Antonio Mu oz Ar valoñ é , cuidador de adulto mayor, domiciliado para estos efectos en pasaje 61, casa 6638, comuna de Lo Espejo, quien presenta demanda de prescripci n extintiva de acci n para el cobro de patente comercialó ó en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, representada legalmente por su Alcaldesa do a Javiera Paz Reyes Jara, economista, ambos con domicilio en Avenidañ Cardenal Ra l Silva Henr quez N 8321, comuna de Lo Espejo.ú í ° Se ala que la demandada seg n consta en informe de deuda emitido con fechañ ú 29 de mayo de 2024, asegura que le adeuda por concepto de patente comercial la suma de $332.650, monto que se compone por el valor neto, IPC e intereses cursados por dicho municipio al d a de emisi n del certificado de deuda. Seg n dicho documento, seí ó ú encuentran impagas: las patentes folio 279.561 con vencimiento el d a 30 de septiembreí de 2010; folio 279.562, con vencimiento el d a 31 de enero de 2011, y; folio 279.563,í con vencimiento el d a 31 de julio de 2011. í Indica que la deuda hoy en d a se encuentra prescrita en su totalidad, es decir,í los tres folios impagos por un monto total de $332.650, compuesto por el valor neto, IPC e intereses, ya que al d a de la emisi n del certificado de deuda han transcurrido m s deí ó á tres a os desde que fuere exigible su pago por parte de la demandada.ñ Previa citas legales y de jurisprudencia, solicita que se tenga por interpuesta demanda ordinaria de prescripci n extintiva en contra de la Municipalidad demandada,ó se acoja a tramitaci n y en definitiva, se declare prescrita la deuda por patentesó comerciales por la suma de $332.650, monto que incluye el valor neto, IPC y los intereses, correspondientes a la cuotas con vencimiento el d a 30 de septiembre de 2010,í el d a 31 de enero de 2011 y el d a 31 de julio de 2011.í í A folio 7, se tuvo por notificada expresamente a la demandada. Código: NNXSXTDCRXB Este documento tiene firma electrónica y su original pued
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Javier Antonio Mu oz Ar valo present demanda enñ é ó contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, solicitando que se declare la prescripci n extintiva de laó acci n ó para el cobro de las patentes comerciales que van desde el a o 2010 a 2011, por la suma de $332.650.ñ SEGUNDO: Que, la demandada nada se al dentro de plazo.ñ ó TERCERO: Que, la parte demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Certificado rol N 6-33, expedido por la I. Municipalidad de Lo Espejo, con° fecha 29 de mayo de 2024. 2.- Aviso y declaraci n por t rmino de giro de don Javier Antonio Mu ozó é ñ Ar valo, de fecha 19 de noviembre de 2012.é CUARTO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el art culo 2492 delí C digo Civil: ó “La prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o extinguir lasó acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichasí acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitosá legales .” QUINTO: Que, por su parte, el art culo 2497 del mismo cuerpo legal se alaí ñ que: “Las reglas relativas a la prescripci n se aplican igualmente a favor o en contra deló Estado, de las iglesias, de las municipalidades, de los establecimientos y Corporaciones Nacionales y de los individuos particulares que tienen la libre administraci n de losó suyos , raz n por la que es aplicable dicha disposici n legal a la presente causa.” ó ó SEXTO: Que, son presupuestos legales de la prescripci n extintiva, que el queó quiera aprovecharse de ella la alegue, puesto que el juez no puede declararla de oficio y el transcurso de cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, el que se cuenta desde que la obligaci n se ha hecho exigible.ó S PTIMOÉ : Que, dicho lo anterior resulta necesario precisar que en lo referente a la prescripci n de los impuestos de patente municipal, el marco regulatorio seó encuentra en los art culos 23, 24 y 29 del Decreto Ley N 3.063. En efecto, el art culoí ° í 23 establece el hecho imponible, el art culo 24 establece el per odo y valor de la patenteí í y el art culo 29 dispone que: í “el valor fijado conforme al art culo 24 corresponde a laí Código: NNXSXTDCRXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3193-2024 Foja: 1 patente de doce meses comprendidos entre el 1 de julio del a o de la declaraci n y el° ñ ó 30 de junio del a o siguienteñ y su inciso tercero agrega que: ” “la patente se podr pagará al contado o en dos cuotas iguales, en la municipalidad respectiva, dentro de los meses de julio y enero de cada a oñ . ” De lo anterior, se colige que el ltimo d a del plazo legal para efectuar el pago esú í el d a 31 de julio de cada a o y que la posibilidad de que el contribuyente la solucioneí ñ en cuotas constituye un beneficio que el legislador otorga al sujeto pasivo, pero en ning n caso ello significa una modificaci n del plazo de vencimiento de la co
Fallo
se declarar la extinci n de la acci n para elá ó ó cobro de los reajustes, intereses, multas y cualquier recargo que accedan a los derechos de patente comercial correspondientes al per odo antes referido.í Y vistos, adem s lo dispuesto por los art culos 144, 160, 170, 342 y siguientes delá í C digo de Procedimiento Civil, art culos 2492, 2493, 2497 y 2521 del C digo Civil,ó í ó Decreto Ley N 3063, s° e resuelve: I.- Que, se acoge la demanda presentada por don Javier Antonio Mu ozñ Ar valoé , en contra de la I. Municipalidad de Lo Espejo, en consecuencia, se declara que se encuentra prescrita la acci n para el cobro de las patentes comerciales,ó correspondiente a las anualidades del 2010 al 2011, m s reajustes, intereses, multas yá cualquier recargo que accedan a ellos. II.- Que, cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í ROL C-3193 -2024 Código: NNXSXTDCRXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3193-2024 Foja: 1 DICTADA POR DO A SUSANA CHAC N ARANCIBIA, JUEZAÑ Ó TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco Código: NNXSXTDCRXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-28T16:58:18-0300
Texto Completo (Preview)
C-3193-2024 Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-3193-2024 CARATULADO : MU OZ/ILUSTRISIMA MUNICIPALIDAD DEÑ LO ESPEJO San Miguel, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: Comparece don Javier Antonio Mu oz Ar valoñ é , cuidador de adulto mayor, domiciliado para estos efectos en pasaje 61, casa 6638, comuna de Lo E
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