3º Juzgado de Letras de Copiapó

VILLALOBOS/I MUNICIPALIDAD DE COPIAPO

Rol

C-2823-2024

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que, a folio 1 compareció doña Ximena Andrea Villalobos Moraga, independiente, domiciliada para estos efectos en Quebrada Los Cóndores N° 417, El Palomar, Copiapó e interpuso demanda de prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de Copiapo, representada legalmente por don Marcos López Rivera, ambos con domicilio en calle Chacabuco N°857, Copiapó, solicitando se declare la prescripción extintiva de la deuda que recae sobre el vehículo de su propiedad Placa Patente Única KGLR-96-9, por la suma de $ 1.283.459 , con costas en caso de oposición. Expuso que, según consta del Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes, en el año 2023, adquirió el vehículo Station Wagon, marca Chevrolet, modelo Tracker LT AWD 1.8 AT, color rojo, año 2018, Placa Patente Única KGLR- 96-9, respecto del cual se adeuda el permiso de circulación correspondiente a la segunda cuota del año 2019 por la suma de $343.990; por el permiso de circulación correspondiente al año 2020; la suma de $525.498 y por el permiso de circulación correspondiente al año 2021, la suma de $413.971 lo que da un total adeudado de $1.283.459. Cita el artículo 2497 del Código Civil y el artículo 12 del Decreto Ley 3063, sobre rentas municipales, argumentando que se cumplen a cabalidad los requisitos para que opere la prescripción, al haber transcurrido más de tres años sin que la I. Municipalidad de Copiapó haya intentado el cobro de su acreencia, por lo que procede que se declare la prescripción de los permisos de circulación correspondiente a los años 2019, 2020 y 2021, ascendentes a la suma de $1.283.459, asociado al vehículo Placa Patente Única KGLR-96-9. Pide en definitiva, se declare la prescripción extintiva de la deuda que recae sobre el vehículo de su propiedad Placa Patente Única KGLR-96-9, por la suma de $ 1.283.459, con costas en caso de oposición. A folio 10, compareció doña Francesca Chanampa Dessi, abogada, en representación de la Ilustre Municipalidad de Copiapó, allanándose a la d

Fundamentos

Considerando: 1°) Que, en lo sustancial, la demandante alegó prescripción de la acción de cobro municipal por permisos de circulación impagos, específicamente los correspondientes a los años 2019 a 2021, que gravan al vehículo PPU KGLR96-9 del cual es propietaria. 2°) Que, la demandada compareció contestando la demanda y allanándose totalmente al libelo de prescripción extintiva de las acciones de cobro de la deuda de los permisos de circulación correspondiente a los años 2019 a 2021, del vehículo placa patente KGLR 96-9 de propiedad de la actora. Código: EHBYXTRJXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2823-2024 Foja: 1 3°) Atendido el allanamiento de la demandada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se omitió el trámite de recibir la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia. 4°) Que, para amparar su pretensión, a folio 1, la demandante acompañó los siguientes documentos no impugnados dentro del plazo legal: a. Solicitud de trasferencia N° 4746, de 11 de julio de 2024 y formulario N° 23. b. Certificado de inscripción y anotaciones vigentes del vehículo Placa Patente KGLR-96. c. Ficha del vehículo de 17 de octubre de 2024, donde constan la deuda vigente por concepto de permiso de circulación y de cuyos periodos se solicita la prescripción. 5°) Que con el mérito de los documentos acompañados por la actora, en especial del Certificado de Inscripción emanado del Servicio de Registro Civil e Identificación, es posible tener por acreditado que el vehículo tipo Station Wagon, marca Chevrolet, modelo Tracker LT AWD 1.8 AT, color rojo, año 2018, Placa Patente Única KGLR-96-9, figura inscrito a nombre de doña Ximena Andrea Villalobos Moraga, al 30 de octubre de 2024, apareciendo como fecha de adquisición el 28 de julio de 2023. Asimismo, conforme a la ficha de vehículo emanada de la I. Municipalidad de Copiapó que da cuenta de la deuda vigente, unido al reconocimiento y allanamiento expreso de la demandada, es posible dar por acreditado que respecto del vehículo Placa Patente única KGLR-96-9, se adeudan los períodos comprendidos entre el 31 de marzo de 2019 al el 31 de marzo de 2021 inclusive, por concepto de permiso de circulación, por el monto de $343.990, $525.498 y $413.971, respectivamente. 6°) Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2521 del Código Civil, “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”. A su vez, la calidad de impuesto del permiso de circulación, fluye de lo dispuesto en el Decreto 2385 del Ministerio del Interior que “Fija texto refundido y sistematizado del Decreto Ley N° 3063, de 1979, sobre Rentas Municipales”, al referirse a los “impuestos municipales” , y del artículo 12 de dicho texto legal, en cuanto dispone: “Los vehículos que transitan por las calles caminos y vías públicas en general, estarán gravado

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la demanda deducida por doña Ximena Andrea Villalobos Moraga, en contra de la Ilustre Municipalidad de Copiapó, y se declara prescrita la acción de la demandada para perseguir el cobro de los permisos de circulación, correspondientes al vehículo Placa Patente Única KGLR-96-9, tipo Station Wagon, marca Chevrolet, modelo Tracker LT AWD 1.8 AT, color rojo, año 2018, devengados entre el 31 de marzo de 2019 y el 31 de marzo de 2021 inclusive. II.- Que no se condena en costas a la demandada por haberse allanado a la demanda. Código: EHBYXTRJXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2823-2024 Foja: 1 Regístrese, notifíquese por cédula y archívese en su oportunidad. Rol C 2823-2024 Dictada por doña Alejandra Jimena Orellana Negrez, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Copiapó, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco Código: EHBYXTRJXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-28T16:24:13-0300

Texto Completo (Preview)

C-2823-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Copiapº ó CAUSA ROL : C-2823-2024 CARATULADO : VILLALOBOS/I MUNICIPALIDAD DE COPIAPO Copiapó, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Que, a folio 1 compareció doña Ximena Andrea Villalobos Moraga, independiente, domiciliada para estos efectos en Quebrada Los Cóndores N° 417, El Palomar, Copiapó e i

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica