2º Juzgado de Letras de Linares

VILLAGRA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-1695-2024

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- A folio 1, comparece don MARIO ENRIQUE VILLAGRA MU OZÑ , pensionado, domiciliado para estos efectos en Arturo Aldunate 333, comuna de Linares, quien presenta demanda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente porí ú don MARIO MEZA V SQUEZÁ , en su calidad de Alcalde Municipal, ambos domiciliados en Kurt Moller 391 de Linares. Refiere que seg n certificado de estado de deuda que acompa a, que ú ñ el inmueble, ubicado en ubicado en Arturo Aldunate 333, Rol de Aval o N 01205-ú ° 00041, y el inmueble ubicado en Presidente de Chile 01190, Rol de Aval oú N 01234-00017, ambos de la comuna de Linares, tienen una deuda por concepto de° pago de derechos de aseos domiciliarios con el Municipio de Linares, desde el mes de abril del a o 2018, hasta el mes de Noviembre del a o 2021, ambos inclusive,ñ ñ alcanzando a acumular en tal per odo, la suma de $663.842í . Agrega que, si bien existe dicha deuda, es del caso que esta se encontrar aí prescrita por ampliaci n de la prescripci n de corto tiempo, al menos en lo que diceó ó Código: BJXXXTCXULB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1695-2024 Foja: 1 relaci n a tres a os atr s, esto es, hasta ó ñ á el a o 2021.ñ Que el Decreto Ley 3063 sobre Rentas Municipales atingente sobre la materia se ala en su art culo 7 lo siguiente: Las municipalidades cobrar n una tarifa anualñ í º “ á por el servicio de aseo. Dicha tarifa, que podr ser diferenciada seg n los criteriosá ú se alados en el art culo anterior, se cobrar por cada vivienda o unidad habitacional,ñ í á local, oficina, kiosco o sitio eriazo. Cada municipalidad fijar la tarifa del servicioá se alado sobre la base de un c lculo que considere exclusivamente tanto los costosñ á fijos como los costos variables de aqu l y que é ” el art culo 2521 del C digo Civil,í ó indica que aquellas acciones provenientes de toda clase de impuestos a favor

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don MARIO ENRIQUE VILLAGRA MU OZÑ , presentando demanda de prescripci n de derechos de aseo domiciliario enó contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada legalmente por su alcalde, don Mario Meza V squez, en virtud de las razones de hecho y de derechoá que se consignaron en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO : Que a folio 11, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud de la demandante. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Estado de Deuda de derechos de aseo de la propiedad Rol de Aval oú N 01205-00041, comuna de Linares° . 2.- Estado de Deuda de derechos de aseo de la propiedad Rol de Aval oú N 01234-00017, comuna de Linares° . 3.- Certificado de Aval o fiscal de la propiedadú Rol de Aval o N 01205-ú ° 00041, de la comuna de Linares. 4.- Certificado de Aval o fiscal de la propiedadú Rol de Aval o N 01234-ú ° 00017, de la comuna de Linares. 5.- Copia de inscripci n de dominio de la propiedad roló de Aval oú N 01205-00041, de la comuna de Linares° . 6.- Copia de inscripci n de dominio de la propiedad ó Rol de Aval oú N 01234-00017, de la comuna de Linares° . CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil, en los art culosá ó í 2492 y siguientes. QUINTO: Que la prescripci n liberatoria es una instituci n que tiene comoó ó principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan aí los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichas relacionesí no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo para eló actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que, ante la no controversia de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por la actora en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que la demandante presenta una deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario, correspondiente a los periodos de Abril Código: BJXXXTCXULB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1695-2024 Foja: 1 del a o 2018 hasta junio de 2024, ambos inclusive. ñ SEPTIMO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades de la obligaci n que invoca la demandante respecto de los derechos deó aseo domiciliario, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento, inici ndose desde esa poca, y para cada una de ellas, el lapso de inactividad delá é ac

Fallo

Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 09 de septiembre de 2024 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado “Villagra con I. Municipalidad Linares” Procedimiento Ordinario Demandante Mario Enrique Villagra Mu ozñ C.I. 11.564.175-1 Abogado Paula Camila Wilson Cofre C.I. 18.656.325-5 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares Rut 69.130.300-4 Abogado Gonzalo Rebolledo Gonz lezá C.I. 16.537.110 -0 Juez Paula Luengo Montecino Cit. O rí Sentencia 28 de Febrero de 2025 Linares, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTO: 1.- A folio 1, comparece don MARIO ENRIQUE VILLAGRA MU OZÑ , pensionado, domiciliado para estos efectos en Arturo Aldunate 333, comuna de Linares, quien presenta demanda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente porí ú don MARIO MEZA V SQUEZÁ , en su calidad de Alcalde Municipal, ambos domiciliados en Kurt Moller 391 de Linares. Refiere que seg n certificado de estado de deuda que acompa a, que ú ñ el inmueble, ubicado en ubicado en Arturo Aldunate 333, Rol de Aval o N 01205-ú ° 00041, y el inmueble ubicado en Presidente de Chile 01190, Rol de Aval oú N 01234-00017, ambos de la comuna de Linares, tienen una deuda por concepto de° pago de derechos de aseos domiciliarios con el Municipio de Linares, desde el mes de abril del a o 2018, hasta el mes de Noviembre del a o 2021, ambos inclusive,ñ ñ alcanzando a acumular en tal per odo, la suma de $663.842í . Agrega que, si bien existe dic

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C-1695-2024 Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-1695-2024 CARATULADO : VILLAGRA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES Causa C-1695-2024 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 09 de septiembre de 2024 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado “Villagra con I. Municipalidad Linares” Procedimiento Ordinario Demandante

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