3º Juzgado de Letras de la Serena

BANCO DE CHILE/FLORES

Rol

C-2200-2024

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales,á pertinentes y controvertidos. Por resoluci n de fecha veinticinco de febrero de dos miló veinticinco, a folio 19, se cit a las partes a o r sentencia.ó í Considerando. Primero. Que la ejecuci n de marras se funda en el cobro deló pagar en cuotas suscrito por don Cristian Alejandro Riffo Ch vez yé á por don Diego Hernan G lvez Verdugo, ambos en representaci n delá ó Banco de Chile y stos, a su vez, en representaci n de don Edisoné ó Arnoldo Flores D az, en su calidad de deudor principal, por la cantidadí de $4.661.786, a una tasa de inter s mensual de 2.35%. El deudor seé oblig a pagar la cantidad adeudada, por conceto de capital e intereses,ó en 36 cuotas de acuerdo con el siguiente programa de amortizaciones: 35 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $197.247, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 5 de enero de 2023 y, a partir de sta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la mismaé á periodicidad indicada, y una ltima cuota de $197.225 que se pagar elú á 5 de diciembre de 2025. El t tulo de marras prev que el no pago oportuno de las cuotasí é de capital e intereses faculta al acreedor, una vez transcurridos 15 d así Código: CXXEXTFMUKB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2200-2024 Foja: 1 corridos contados desde la mora o simple retardo, para hacer exigible el saldo total adeudado, como si fuera de plazo vencido, a menos que el importe de capital del pagar sea igual o inferior a 200 Unidades deé Fomento, en cuyo caso podr ejercer la facultad pasados 60 d as.á í Adem s, en caso de mora o simple retardo el deudor se obligá aó pagar intereses penales a contar del d a siguiente de producido elí evento y hasta su pago total, a una tasa igual a la m xima permitidaá estipular para este tipo de operaciones de cr dito de dinero vigente alé tiempo de la mora, pero s lo si ste fuere superior al inter s que seó é é encontrare rigiendo, pues en caso contrari

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibieron a prueba, fij ndose los hechos sustanciales,á pertinentes y controvertidos. Por resoluci n de fecha veinticinco de febrero de dos miló veinticinco, a folio 19, se cit a las partes a o r sentencia.ó í Considerando. Primero. Que la ejecuci n de marras se funda en el cobro deló pagar en cuotas suscrito por don Cristian Alejandro Riffo Ch vez yé á por don Diego Hernan G lvez Verdugo, ambos en representaci n delá ó Banco de Chile y stos, a su vez, en representaci n de don Edisoné ó Arnoldo Flores D az, en su calidad de deudor principal, por la cantidadí de $4.661.786, a una tasa de inter s mensual de 2.35%. El deudor seé oblig a pagar la cantidad adeudada, por conceto de capital e intereses,ó en 36 cuotas de acuerdo con el siguiente programa de amortizaciones: 35 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $197.247, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 5 de enero de 2023 y, a partir de sta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la mismaé á periodicidad indicada, y una ltima cuota de $197.225 que se pagar elú á 5 de diciembre de 2025. El t tulo de marras prev que el no pago oportuno de las cuotasí é de capital e intereses faculta al acreedor, una vez transcurridos 15 d así Código: CXXEXTFMUKB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2200-2024 Foja: 1 corridos contados desde la mora o simple retardo, para hacer exigible el saldo

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C-2200-2024 Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-2200-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/FLORES La Serena, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco Vistos. En lo principal de la presentaci n de fecha veintisiete deó mayo de dos mil veinticuatro, a folio 1, comparecen Ronald Olivera Retamal y Gaspar Osvaldo Cort s Moya,

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