1º Juzgado Civil de Santiago

BANCO ITAU CHILE S.A/JORQUERA

Rol

C-14128-2024

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece PABLO DE LA CERDA SANTA MARÍA, abogado, domiciliado en calle Coronel Pereira N°72, oficina 1002, Las Condes, mandatario judicial y actuando en representación convencional del BANCO ITAÚ CHILE, empresa bancaria del giro de su denominación, cuyo Gerente General es don GABRIEL AMADO DE MOURA, administrador de empresas, sociedad anónima bancaria, todos domiciliados en Av. Presidente Riesco Nº5537, piso 20, Las Condes, en su calidad de continuador legal de ITAÚ CORPBANCA, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de LUIS RAFAEL JORQUERA ALIAGA, ignora profesión, domiciliado en villa doña Martina 2, psje Los Regantes 14, y en los Regantes 14 Villa Doña Martina 2, ambos de la comuna de Chimbarongo, por el cobro de 443,3958.- Unidades de Fomento, que al día 31 de julio de 2024 ($37.578,95) equivalía a la suma de $16.662.349.- más intereses pactados, que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Código: YXQQXTREYLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14128-2024 Foja: 1 Señala que la ejecutada es deudor vencido de 2 (dos) pagarés suscritos por el representante del Banco, conforme a los numerales 1, 2 y 3 de la cláusula décimoquinta del Contrato de Apertura que acompaña, por un total de 443,3958 UF; documentos que no fueron pagados a su vencimiento, el día 10 de julio de 2024. Hace presente que los mismos se aceleran en virtud de lo dispuesto en la cláusula décimosexta del referido contrato, celebrado conforme la ley 20.027. El suscriptor liberó a la acreedora de la obligación de protesto. Finalmente, indica que la firma del suscriptor se encuentra autorizada por notario público, y que la deuda es líquida, actualmente exigible, y la acción no se encuentra prescrita. A folio 07 del exhorto E-1228-2024 del 2° Juzgado de Letras de San Fernando, consta

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, comparece PABLO DE LA CERDA SANTA MARÍA, en representación convencional del BANCO ITAÚ CHILE, continuador legal de ITAÚ CORPBANCA, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de LUIS RAFAEL JORQUERA ALIAGA, por el cobro de 443,3958.- Unidades de Fomento, que al día 31 de julio de 2024 ($37.578,95) equivalía a la suma de $16.662.349.- más intereses pactados, que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga Código: YXQQXTREYLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14128-2024 Foja: 1 adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas, y por constar en los antecedentes los hechos en que se fundan las excepciones de los N°s 7 y 14 del Artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, se omite a su respecto el trámite de prueba; Se recibe a prueba únicamente la excepción contenida en el N°11 del Artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. A folio 29, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, comparece PABLO DE LA CERDA SANTA MARÍA, en representación convencional del BANCO ITAÚ CHILE, continuador legal de ITAÚ CORPBANCA, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de LUIS RAFAEL JORQUERA ALIAGA, por el cobro de 443,3958.- Unidades de Fomento, que al día 31 de julio de 2024 ($37.578,95) equivalía a la suma de $16.662.349.- más intereses pactados, que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga Código: YXQQXTREYLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14128-2024 Foja: 1 adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, los ejecutados opusieron a la demanda ejecutiva las excepciones contempladas en los N°s 7, 14 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya e

Texto Completo (Preview)

C-14128-2024 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-14128-2024 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/JORQUERA Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: A folio 1, comparece PABLO DE LA CERDA SANTA MARÍA, abogado, domiciliado en calle Coronel Pereira N°72, oficina 1002, Las Condes, mandatario judicial y actuando e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica