20º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/

Rol

V-267-2023

Fecha

7 de marzo de 2025

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, al folio 1, compareció don Paul Mc Donnell Huerta, abogado, en representación de del Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria. ambos con domicilio en Huérfanos 1102, piso 4, comuna de Santiago. Manifestó que se encuentran extraviados 2 pagarés suscritos a la orden de la sociedad Aguas Nuevas S.A, representada por don Salvador Villarino Krumm, por la empresa Inversiones Aguas Tercera S.A., representada por don Keisuke Sakuraba y por don Carlos Saieh Larronde, todos domiciliados en Isidora Goyenechea 3600 piso 4, comuna de Las Condes, según el siguiente detalle: 1) Pagaré a la vista N°1, emitido con fecha 30 de julio de 2018, por la suma de U.F 500.000 (Quinientas Mil Unidades de Fomento) por concepto de capital, más intereses sobre la suma impaga del capital adeudado, en idéntica moneda, a una tasa de 5% anual. Los intereses serán pagaderos en la fecha en que el capital de este pagaré sea pagado. 2) Pagaré a la vista N°2, emitido con fecha 30 de julio de 2018, por la suma de U.F 500.000 (Quinientas Mil Unidades de Fomento) por concepto de capital, más intereses sobre la suma impaga del capital adeudado, en idéntica moneda, a una tasa de 5% anual. Los intereses serán pagaderos en la fecha en que el capital de este pagaré sea pagado. Expuso que los instrumentos que se extraviaron se encontraban endosados en garantía al Banco, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 30 de la Ley N°18.092 sobre Letras de Cambio y Pagarés, por la sociedad Aguas Nuevas S.A. ya singularizada, y encontrándose en su poder se extraviaron. Por ello se hace necesaria la declaración judicial del extravío de los pagarés, facultando al Banco de Crédito e Inversiones, para ejercer los derechos que le corresponden en su calidad de endosatario en garantía de los títulos en conformidad a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley N°18.092. Previas citas legales, previos trámites de rigor, solicitó declarar el extravío de los pagarés singularizados preced

Fundamentos

considerando primero de este fallo, a fin de que, mediante copia autorizada de esta sentencia, el peticionario ejerza los derechos que le corresponden como beneficiario los dos pagarés antes señalados. Regístrese y dese copia autorizada de esta sentencia. Regístrese y archívese en su oportunidad . Dictada por Manuel Pedreros Oñate, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil en Santiago, siete de marzo de dos mil veinticinco. Código: WQWPXTYYVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-07T14:00:15-0300

Fallo

SE RESUELVE: Que ha lugar a lo solicitado en lo principal del folio 1 y, en consecuencia, se declaran extraviados los documentos individualizados en el considerando primero de este fallo, a fin de que, mediante copia autorizada de esta sentencia, el peticionario ejerza los derechos que le corresponden como beneficiario los dos pagarés antes señalados. Regístrese y dese copia autorizada de esta sentencia. Regístrese y archívese en su oportunidad . Dictada por Manuel Pedreros Oñate, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil en Santiago, siete de marzo de dos mil veinticinco. Código: WQWPXTYYVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-07T14:00:15-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 20º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-267-2023 CARATULADO : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ Santiago, siete de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: PRIMERO: Que, al folio 1, compareció don Paul Mc Donnell Huerta, abogado, en representación de del Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria. ambos con domicilio en Huérfanos 1102, piso

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