HERRERA/MUNICIPALIDAD DE LINARES
Rol
C-16-2025
Fecha
28 de febrero de 2025
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- A folio 1, comparece do a ñ HILDA NORMA HERRERA SPORMAN, due a de casa, domiciliada en Calle 1 Lote 9, comuna de Linaresñ , quien presenta demanda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente por doní ú MARIO MEZA V SQUEZÁ , en su calidad de Alcalde Municipal, ambos domiciliados en Kurt Moller 391 de Linares. Refiere que seg n certificado de estado de deuda que acompa a, que ú ñ el inmueble, ubicado en ubicado en Calle 1 Lote 9, Rol de Aval o N 02751-00009, deú ° la comuna de Linares, tiene una deuda por concepto de pago de derechos de aseos domiciliarios con el Municipio de Linares, desde el mes de abril del a o 2018, hastañ el mes de noviembre del a o 2023, ambos inclusive, alcanzando a acumular en talñ per odo, la suma de $453.214í . Agrega que, si bien existe dicha deuda, es del caso que esta se encontrar aí prescrita por ampliaci n de la prescripci n de corto tiempo, al menos en lo que diceó ó relaci n a tres a os atr s, esto es, hasta ó ñ á el a o 2021.ñ Código: TYRPXTUVWXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Que el Decreto Ley 3063 sobre Rentas Municipales atingente sobre la materia se ala en su art culo 7 lo siguiente: Las municipalidades cobrar n una tarifa anualñ í º “ á por el servicio de aseo. Dicha tarifa, que podr ser diferenciada seg n los criteriosá ú se alados en el art culo anterior, se cobrar por cada vivienda o unidad habitacional,ñ í á local, oficina, kiosco o sitio eriazo. Cada municipalidad fijar la tarifa del servicioá se alado sobre la base de un c lculo que considere exclusivamente tanto los costosñ á fijos como los costos variables de aqu l y que é ” el art culo 2521 del C digo Civil,í ó indica que aquellas acciones provenientes de toda clase de impuestos a favor o en contra del Fisco o las Municipalidades, como es precisamente el caso, estas prescriben en el plazo de tres a os, desde que
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece do a ñ HILDA NORMA HERRERA Código: TYRPXTUVWXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SPORMAN, presentando demanda de prescripci n de derechos de aseo domiciliarioó en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada legalmente por su alcalde, don Mario Meza V squez, en virtud de las razones de hecho y de derechoá que se consignaron en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO : Que a folio 6, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud de la demandante. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Estado de Deuda de derechos de aseo de la propiedad Rol de Aval oú N 02751-00009, de la comuna de Linares° . 2.- Certificado de Aval o fiscal de la propiedad ú Rol de Aval oú N 02751-° 00009, de la comuna de Linares. CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil, en los art culosá ó í 2492 y siguientes. QUINTO: Que la prescripci n liberatoria es una instituci n que tiene comoó ó principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan aí los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichas relacionesí no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo para eló actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que, ante la no controversia de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por la actora en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que la demandante presenta una deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario, correspondiente a los periodos de abril del a o 2018 hasta noviembre de 2023, ambos inclusive. ñ SEPTIMO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades de la obligaci n que invoca la demandante respecto de los derechos deó aseo domiciliario, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento, inici ndose desde esa poca, y para cada una de ellas, el lapso de inactividad delá é acreedor necesario para la declaraci n de prescripci n alegada.ó ó Que en este contexto, y atendido a la fecha de la notificaci n de la presenteó demanda, es dable establecer que ha transcurrido ntegramente el plazo deí prescripci n que establece el art culo 2521 del C digo Civil respecto de las deudasó í ó indicadas en el documento no objetado de folio 1, que va desde abril de 2018 hasta noviembre de 2021, toda vez las acciones de las Munic
Fallo
Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 03 de enero de 2025 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado “Herrera con I. Municipalidad Linares” Procedimiento Ordinario Demandante Hilda Norma Herrera Sporman C.I. 5.361.369-1 Abogado Christian Mart nez Mu ozí ñ C.I. 18.343.786-0 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares Rut 69.130.300-4 Abogado Gonzalo Rebolledo Gonz lezá C.I. 16.537.110 -0 Juez Paula Luengo Montecino Cit. O rí Sentencia 28 de Febrero de 2025 Linares, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTO: 1.- A folio 1, comparece do a ñ HILDA NORMA HERRERA SPORMAN, due a de casa, domiciliada en Calle 1 Lote 9, comuna de Linaresñ , quien presenta demanda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente por doní ú MARIO MEZA V SQUEZÁ , en su calidad de Alcalde Municipal, ambos domiciliados en Kurt Moller 391 de Linares. Refiere que seg n certificado de estado de deuda que acompa a, que ú ñ el inmueble, ubicado en ubicado en Calle 1 Lote 9, Rol de Aval o N 02751-00009, deú ° la comuna de Linares, tiene una deuda por concepto de pago de derechos de aseos domiciliarios con el Municipio de Linares, desde el mes de abril del a o 2018, hastañ el mes de noviembre del a o 2023, ambos inclusive, alcanzando a acumular en talñ per odo, la suma de $453.214í . Agrega que, si bien existe dicha deuda, es del caso que esta se encontrar aí prescrita por ampliaci n de la prescripci n de corto tiempo, al menos en lo
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Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-16-2025 CARATULADO : HERRERA/MUNICIPALIDAD DE LINARES Causa C-16-2025 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 03 de enero de 2025 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado “Herrera con I. Municipalidad Linares” Procedimiento Ordinario Demandante Hilda Norma Herrera Sporman C.
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