DÍAZ/NORAMBUENA
Rol
C-2645-2024
Fecha
28 de febrero de 2025
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio N 1, comparece don Bryann Alexander D az Jaramillo,° í abogado, en representaci n convencional de do a Adriana Ver nica D azó ñ ó í Morales, quien deduce demanda de precario en contra de don Mauricio Eduardo Norambuena Herrera, desconoce profesi n u oficio. En subsidio,ó se intenta la acci n de comodato precario.ó En el folio N 7, se notifica la demanda a la demandada.° En el folio N 12, consta que la demandada no contesta la demanda.° En el folio N 12, se efect a el llamado de las partes a conciliaci n,° ú ó sin que se logre llegar a acuerdo, atendida la rebeld a de la demandada.í En el folio N 13, se recibe la causa a prueba, rindi ndose la que° é consta en autos. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Bryann° Alexander D az Jaramillo, abogado, domiciliado en Almirante Se oret Ní ñ ° 70, oficina 44, Valpara so, en representaci n convencional de do a Adrianaí ó ñ Ver nica D az Morales, quien deduce demanda de precario en contra deó í don Mauricio Eduardo Norambuena Herrera, desconoce profesi n u oficio,ó domiciliado para estos efectos en calle Cordillera de los Andes N 554,° departamento 412, N 48 en el plano, block C, lote 2, Poblaci n° ó Nahuelbuta, comuna de Valpara so.í Se ala queñ , consta en certificado de dominio que do a Adrianañ Ver nica D az Morales, ya individualizada, es due a del departamentoó í ñ ubicado en calle Cordillera de los Andes N 554, departamento 412, N 48° ° en el plano, block C, lote 2, Poblaci n Nahuelbuta, comuna de Valpara so,ó í individualizado en los planos agregados con los N 563 y 564 al Registro de° Documentos de 1994. Los deslindes del lote dos donde se encuentra el block C, son los siguientes: NORTE, en l nea curva -o en 11,00 metros y ení ñ l nea o-p en 12,00 metros con Calle Cordillera de Nahuelbuta, y p-q ení l nea recta de 12,00 metros con reserva Serviu; SUR, en l nea I-k en 62,00í í metros con calle Cordillera de los Andes; ORIENTE; en l nea q-r de 35,00í metros con forestaci n, en l nea r-s en 13,00 metros con forestaci n y s-k enó í ó 103 metros con forestaci n; PONIENTE, en l nea -n en 58,50 metros y enó í ñ l nea n-m en 71,00 metros con calle Cordillera de Nahuelbuta, y en l neaí í m-l en 16,00 metros con Cordillera de Nahuelbuta y Cordillera de Los Andes. Dicha propiedad se individualiza, a fojas 4054 vuelta, N 6076° correspondiente al Registro de Propiedad del a o 1996, cuya inscripci nñ ó consta en Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so.í í Código: RNSKXTEDRXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl La propiedad de su mandante se encuentra ocupada por el demandado y otras personas que desconoce quienes est n viviendo en suá departamento alrededor de dos o tres personas, uno determinado en la demanda y el resto indeterminadas, quienes ingresaron al inmueble, no sabe si con fuerza o con ayuda de terceros, haciendo ocupaci n de l, como seó é comprender sin existir autorizaci n alguna de parte de su representada.á ó La acci n de precario no pudo realizarla con anterioridad, debido aó que desconoc a el nombre de la o las personas que viv an en el inmueble,í í sino hasta hace poco debido a la investigaci n que realiz en el sector.ó ó Esta situaci n est causando problemas en el dominio de suó á representada y de terceros, esto debido a que tienen el domicilio en precarias situaciones generando filtraciones de agua y da os en estructurañ que est afectando a viviendas que se encuentran debajo del departamentoá 412, principalmente al departamento 312, quien han manifestado quejas por esta situaci n.ó A su mandante le han llegado mensajes acerca de la situaci n, lo cualó en un inicio
Fallo
por tanto“ esta ltima tiene derecho de solicitar, en cualquier poca, la entrega oú é restituci n de la propiedad ocupada de manos de la parte demandada, paraó ejercer las facultades de usar, gozar y disponer, de que es facultado todo due o o propietario.ñ En cuanto al derecho, cita lo dispuesto en el art culo 19 N 24 de laí ° Constituci n Pol tica de la Rep blica y los art culos 582 y 2195 del C digoó í ú í ó Civil, los cuales en lo pertinente transcribe. Solicita tener por interpuesta demanda de precario en contra de don Mauricio Eduardo Norambuena Herrera, ya individualizada, acogerla a tramitaci n, y en definitiva declarar; que se hace a lugar la demanda deó precario; se ordene a la demandada y todos los ocupantes del inmueble a restituir la propiedad ra z ocupada, todo dentro de tercero d a contadosí í desde la fecha de notificaci n del fallo de primera instancia, o en el plazoó que el tribunal estime pertinente, libre de enseres y ocupantes; y, se condena en costas a la parte demandada. En el segundo otros , en subsidio de lo principal, í deduce demanda de comodato de precario en contra de don Mauricio Eduardo Norambuena Herrera, indicando que, por econom a procesal,í da por reproducidos los fundamentos de hecho se alados en la demanda principal, agregando que,ñ en caso de estimarse que el demandado en autos, cuente con un t tuloí Código: RNSKXTEDRXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl jur dico v lido y
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-2645-2024 CARATULADO : D AZ/NORAMBUENA.Í MATERIA : PRECARIO. Valpara so, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco.í VISTO: En el folio N 1, comparece don Bryann Alexander D az Jaramillo,° í abogado, en representaci n convencional de do a Adriana Ver nica D azó ñ ó í Morales, quien deduce demanda de pre
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