27º Juzgado Civil de Santiago

TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/ORÓSTICA

Rol

C-10620-2024

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 10 de junio de 2024, comparece Luis Montes, abogado, en representación de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, representada por Diego Masola, contador, todos domiciliados en calle Morandé 226, Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de Sergio Oróstica Vega, cuya profesión u oficio ignora, domiciliado en Richard Wagner 1276, Angol. Con fecha 26 de agosto de 2024, la demandada se opuso a la ejecución en virtud de las excepciones números 11, 7, 14 y 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 6 de septiembre de 2024, la ejecutante evacuó el traslado conferido. Con fecha 24 de mayo de 2024, se recibió la causa a prueba. Con fecha 11 de octubre de 2024, se citó a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el fundamento de la ejecución son dos pagarés suscritos de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº20.027 el 6 de mayo de 2024, sin que fuesen pagados a su vencimiento el 16 de mayo del mismo año, por un total de 481,9310 UF;

Fallo

por tanto, solicita se dé curso a la ejecución hasta obtener el total adeudado, más intereses y costas. SEGUNDO: Que, la demandada se opuso a la ejecución en virtud de las excepciones números 11, 7, 14 y 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por los fundamentos que se detallan a continuación. Excepción número 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la concesión de esperas o prórroga del plazo, la que funda en que la demandante la contactó para acordar una reprogramación, de forma que se configura esta excepción. Código: YHWPXTFTQHB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Excepción número 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de requisitos para que el título tenga fuerza ejecutiva, pues los pagarés no han sido protestados ni fueron suscritos por el deudor ante notario público, lo que se justifica en cláusulas abusivas estipuladas en el contrato de apertura de línea de crédito, por lo que el título carece de los requisitos para que tenga fuerza ejecutiva. Excepción número 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la nulidad de la obligación, la que se funda en los artículos 10, 1681 y 1682 del Código Civil, además de lo dispuesto por el artículo 4 del mismo código en relación a la Ley N°19.496, atendido que el mandato fue ejercido abusivamente y en exceso de las facultades conferidas, de manera que la obligación consig

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10620-2024 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REPUBLICA DEÍ CHILE/OR STICAÓ Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: Con fecha 10 de junio de 2024, comparece Luis Montes, abogado, en representación de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, representada por Diego Masola, contador, tod

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