1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

BARRAZA/GALLO

Rol

C-246-2025

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 22 de enero de 2025, comparece doña Carolina Adaos Orrego, abogada, en representación convencional de don Pablo Hernán Francisco Barraza Gaitero, ingeniero civil e informático, ambos domiciliados para estos efectos en calle Santa Verónica N°02361, de esta ciudad, e interpone demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y restitución de la propiedad arrendada, en procedimiento sumario especial, en contra de doña Camila Fernanda Gallo Gaitero, chilena, soltera, domiciliada actualmente en pasaje Pedro Antonio González N°0227, departamento N°21, sector Gran Vía, de esta ciudad. Funda su demanda señalando que, con fecha 01 de diciembre de 2021, don Pablo Barraza Gaitero, entrega en arrendamiento a doña Camila Gallo Gaitero, el inmueble ubicado en pasaje Pedro Antonio González N°0227, departamento N°21, sector Gran Vía, Antofagasta, para uso exclusivamente habitacional. El dominio que figura a nombre del demandante, consta en el Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces, inscripción a fojas 4307, bajo el número 4612. Indica que el inicio de vigencia del contrato de arriendo es desde el día 01 de diciembre de 2021, por el plazo de un año, con cláusula de renovación automática –cláusula 4°–. Sostiene que el canon de arriendo pactado inicialmente alcanza la suma de $385.000.-. La modalidad de solución del pago son los primeros 5 días de cada mes, mediante transferencia bancaria a representante administrativo del actor –“Habitamar Limitada”–, según lo previsto en la cláusula 2° del instrumento. Asimismo, aplica reajuste variación de IPC. La renta actual vigente reajustada asciende al monto de $481.692.- Agrega que se pactó multa en caso de mora –cláusula 5°–, a saber, un incremento del 1% por cada día de morosidad. A título de multa en caso de mora, se reclama la suma de $9.221.664.- . Menciona que, desde inicios de la vigencia del contrato de arriendo, la demandada comienza a pagar la renta de un modo p

Fundamentos

Considerando abonos, reclama la suma de $3.314.734.- por concepto de rentas insolutas, por el período de julio de 2024 a enero de 2025. Además, existe deuda de consumo de servicios básicos (de gas, agua potable y luz eléctrica), equivalente a: - Gas (Lipigas): $117.890.- - Luz: $139.400.- - Aguas Antofagasta: $203.900.- Solicita tener por interpuesta demanda en juicio sumario de terminación de contrato de arrendamiento y cobro de rentas, en contra de doña Camila Fernanda Gallo Gaitero, ya individualizada, acoger la presente demanda en todas sus partes, y declarar: 1.- Terminado el contrato de arrendamiento suscrito por las partes con fecha 01 de diciembre de 2021. 2.- Que, se condene a la demandada a pagar las siguientes sumas de dinero, debidamente reajustadas y con sus respectivos intereses, por los conceptos siguientes: a.- Rentas insolutas: $3.314.734.- (tres millones trescientos catorce mil setecientos treinta y cuatro pesos). b.- A título de multa por morosidad de julio de 2024 a enero de 2025: $9.221.664.- (nueve millones doscientos veintiún mil seiscientos sesenta y cuatro pesos). c.- Consumos básicos: $461.193.- (cuatrocientos sesenta y un mil ciento noventa y tres pesos). 3.- Ordenar que se practiquen las reconvenciones legales por las sumas indicadas en el cuerpo de este escrito, que en total ascienden a la suma de $12.997.590.- (doce millones novecientos noventa y siete mil quinientos noventa pesos); la primera reconvención al tiempo de la notificación de la presente demanda, y la segunda en el comparendo de contestación, conciliación y prueba que resulta pertinente. 4.- Que, el demandado deberá pagar las rentas devengadas durante toda la tramitación del presente juicio hasta la entrega efectiva del inmueble; todo ello con sus respectivos intereses y reajustes hasta la fecha de la restitución efectiva del inmueble, o lo que este Tribunal estime conforme a Código: TVTXXTYKXHB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl derecho fijar, de conformidad con el mérito del proceso y las probanzas que se rindan oportunamente. 5.- Que, se condene a la demandada a restituir el inmueble en el mismo estado y condiciones en que le fue entregada al inicio del arrendamiento y con todas sus mejoras; restitución que deberá ser realizada dentro de tercero día o en el plazo que este Tribunal fije conforme a derecho, contado desde que la sentencia definitiva cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento judicial de la demandada y todos los demás ocupantes, con auxilio de la fuerza pública. 6.- Que, se condene a la parte demandada al pago de las costas de la causa. En el primer otrosí de la misma presentación, en subsidio, solicita que se ordene la notificación del desahucio del contrato de arrendamiento citado en lo principal a la arrendataria doña Camila Fernanda Gallo Gaitero, ya individualizada, en atención al estado de incumplimiento permanente de sus obligaciones contractuales q

Fallo

SE DECLARA que: I.- SE ACOGE la demanda interpuesta en lo principal de la presentación de fecha 22 de enero de 2025 y, en consecuencia, se declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado con 01 de diciembre de 2021, entre don Pablo Hernán Francisco Barraza Gaitero, en calidad de arrendador, y doña Camila Fernanda Gallo Gaitero, en calidad de arrendataria, que recae sobre el inmueble ubicado en Pedro Antonio González N° 0227, departamento N° 21, de esta ciudad, con la obligación de utilizarlo con destino habitacional, el que deberá restituirse dentro de décimo (10°) día contado desde que esta sentencia cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con fuerza pública, debiendo, además, la demandada, pagar las rentas de arrendamiento y los consumos básicos domiciliarios, hasta el día de la restitución del inmueble. II.- La demandada deberá pagar la suma de $3.314.734.- (tres millones trescientos catorce mil setecientos treinta y cuatro pesos), por concepto de rentas de arrendamiento insolutas correspondientes a los meses de julio de 2024 a enero de 2025, y deberá pagar, asimismo, las que se hayan devengado durante la tramitación del juicio y hasta la restitución de la propiedad, a razón de $481.692.- (cuatrocientos ochenta y un mil seiscientos noventa y dos pesos) mensuales. III.- Las sumas antes referidas deberán liquidarse en su oportunidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la Ley N°18.101. IV.- La demandada deberá pagar la multa establecida

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-246-2025 CARATULADO : BARRAZA/GALLO Antofagasta, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 22 de enero de 2025, comparece doña Carolina Adaos Orrego, abogada, en representación convencional de don Pablo Hernán Francisco Barraza Gaitero, ingeniero civil e informático, ambos domic

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