Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

MARAMBIO/UBAL

Rol

M-667-2024

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización de trabajadora de casa particular, Nulidad del despido, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar, por la rebeldía de la demandada, teniendo por efectivos los hechos contenidos en la demanda. Tribunal: Atendida la petición de la demandante, la inasistencia de la demandada se omite la recepción de la causa a prueba, quedando la causa en estado de dictar sentencia HECHOS A PROBAR: No hay. RECURSOS: no hay. En la Serena a veintisiete de enero de dos mil veinticinco. VISTOS OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: RESUMEN DE SENTENCIA: INDIVIDUALIZACIÓN: Parte Demandante: BERNARDA MARAMBIO AVENDAÑO CI: 9.626.596-4. Parte Demandada: HARRIS UBAL MERINO CI: 16.472.105-1. RESOLUTIVO:

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 5 al 11, 41 al 44, 54 al 58, 162, 163, 168, 172, 173, 420 y siguientes del código del trabajo SE RESUELVE: I.- Que se declara que entre la demandante doña Bernarda Del Pilar Marambio Avendaño y el demandado don Harris Ignacio Uval Marino, existió una relación laboral entre el 1 de agosto de 2021 y el 9 de julio de 2024, la que terminó por despido incausado, y, en consecuencia, se condena al demandado al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo por $460.000. 2.- Indemnización a todo evento de los trabajadores de casa particular por $177.100. 3.- Cotizaciones previsionales en AFP, de salud en Fonasa y de seguro de cesantía en AFC, entre el 1 de agosto de 2021 y el 9 de julio de 2024 calculada sobre una remuneración mensual de $460.000 4.- Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido ocurrido el 9 de julio de 2024 y hasta su convalidación considerando como base de cálculo una remuneración mensual de $460.000. 5.- Compensación del feriado proporcional por $337.333. 6.- Remuneraciones de 9 días trabajados de julio de 2024 por $138.000. II.- Que, se condenen costas al demandado, regulándose las costas personales en $300.000 pesos. III.- Que las sumas ordenadas a pagar mediante la presente resolución deberán ser reajustadas y generarán los intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del código del trabajo, según correspondiera. Eje

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AUDIENCIA MONITORIO FECHA 27 ENERO 2024 RUC  24-4-0608407-4 RIT M-667-2024 MAGISTRADA KAREN ALFARO LOPEZ ADMINISTRATIVA DE ACTAS VALERIA STUDER LILLO SALA 1 HORA DE INICIO 12:34 HORA DE TERMINO 12:53 Nº REGISTRO DE AUDIO  2440608407-4-1337 PARTE DEMANDANTE BERNARDA MARAMBIO AVENDAÑO ABOGADO RODRIGO NAVARRO ARQUEROS PARTE DEMANDADA (no comparece) HARRIS UBAL MERINO Se deja c

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