1º Juzgado de Letras de Los Angeles

UARAC/TORRES

Rol

C-111-2025

Fecha

27 de febrero de 2025

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A lo principal de la demanda enrolada a folio 1, comparece don Guillermo Alberto Lagos Oliveros, abogado, domiciliado en calle Colon N°141, de la comuna de Los Ángeles, en representación de don Víctor Patricio Uarac Abarza, ingeniero civil industrial, domiciliado en calle Colón N°141 de la comuna de Los Ángeles; quien viene en solicitar la designación de juez árbitro arbitrador, en contra de don Miguel Ángel Torres Gatica, domiciliado en Galvarino 685, de la comuna de Los Ángeles, quien es administrador y socio de Sociedad Servicios de Seguridad y Vigilancia Cerix Limitada, o también Cerix Vigilancia Ltda., Rol Único Tributario número 76.077.508-8. Relata que, por escritura pública de fecha 22 de octubre de 2009, suscrita ante la Notario Público de Los Ángeles, doña María Antonieta Carrillo Flores, repertorio número 3245-2009, don Víctor Patricio Uarac Abarza y don Miguel Ángel Torres Gatica, constituyeron la Sociedad de Responsabilidad Limitada de Razón Social “Sociedad Servicios de Seguridad y Vigilancia Cerix Limitada”, y que el extracto de dicha constitución se inscribió a fojas 747 número 455 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, correspondiente al año 2009. Agrega que dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 26 de enero de 2015, otorgada ante la Notario Público de Los Ángeles, doña María Antonieta Carrillo Flores, cuyo extracto se inscribió a fojas 125 número 86 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles correspondiente al año 2015. Asevera que, de acuerdo con la cláusula quinta de la escritura social, en relación con la duración de la sociedad, esta sería de cinco Código: TLDXXTFMVXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 años contados desde la fecha de la escritura, renovándose dicho plazo, por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad

Fundamentos

CONSIDERANDO la existencia de la sociedad comercial referida en la parte expositiva de la presente sentencia, el ánimo del demandante de poner término la referida sociedad; y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1545 del Código Civil, 414, 416 y 646 del Código de Procedimiento Civil y 232 del Código Orgánico de Tribunales,

Fallo

se declara: I. Que, se acoge la demanda de folio 1, en consecuencia, se designa como árbitro arbitrador al abogado Hernán Arturo Rodríguez Fernández, domiciliado en Colo Colo 456 Oficina 205- 206 de la comuna de Los Ángeles, correo electrónico hernanarf@hotmail.com, número de teléfono 9.95425462 y 43.2321878. II. Póngase el nombramiento en conocimiento, notificándose por cédula, a los interesados, para que dentro de tercero día deduzcan oposición si tienen alguna incapacidad legal para reclamar en contra del nombrado. III. Ejecutoriada esta sentencia notifíquese al Juez designado para que acepte el cargo y proceda a su desempeño. IV. Se hace presente que son aplicables a los árbitros y partidores las causales de implicancia y recusación que los artículos 195 y 196 del Código Orgánico Tribunales establecen para los jueces. A tal efecto, el árbitro designado deberá comunicar a las partes, tan pronto preste juramento, una declaración de intereses donde informe cualquier interés o vinculación con alguna de las partes y/o sus abogados que pudiere afectarle, en relación con la materia del litigio que está llamado a resolver, de conformidad al actual artículo 8 del Acta N° 43-2019 de la Excelentísima Corte Suprema, modificado con fecha 19 de abril de 2023. Código: TLDXXTFMVXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : C-111-2025 CARATULADO : UARAC/TORRES Los Angeles, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: A lo principal de la demanda enrolada a folio 1, comparece don Guillermo Alberto Lagos Oliveros, abogado, domiciliado en calle Colon N°141, de la comuna de Los Ángeles, en representación de don Ví

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