1º Juzgado de Letras de Melipilla

ENVAPLAST SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL SPA/AGUILERA

Rol

C-1154-2024

Fecha

3 de marzo de 2025

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece con fecha 10 de julio de 2024, don Christian Rodrigo Abarca Antiquera, chileno, casado, ingeniero civil industrial, c dula deé identidad N 8.536.140-6, en representaci n convencional seg n se° ó ú acreditar , de á ENVAPLAST SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL SPA., sociedad del giro de su denominacion, Rut N 76.489.936-9, todos con domicilio en Bombero Adolfo Ossa 1010 Dp° 316, Santiago y expone: Que viene en interponer demanda ejecutiva por cobro de factura, por la suma de $2.046.800., en contra de do a ñ SANDY VALESKA AGUILERA GUERRA, Rut N 17.244.149-1, domiciliada° para estos efectos en El Yali 00, comuna de Melipilla.- Funda su demanda individualizando la factura como electr nicaó N 1511, de fecha 23 de octubre del 2023, por el monto de $2.046.800.-° En total dicho documento alcanza la suma $2.046.800., a la fecha de emisi n de la factura electr nica.-ó ó Dice que notificada judicialmente la gesti n preparatoria de la v aó í ejecutiva al deudor, este no consign el monto adeudado, dentro de plazoó legal, el cual se encuentra vencido. En consecuencia, se ha perfeccionado el t tulo ejecutivo, conforme lo dispone el art culo 5 de la Ley N 19.983.-í í ° ° En consecuencia, se dan los supuestos legales para que los documentos tengan m rito ejecutivo conforme lo dispone el N 4 é ° del art culoí 434 del C digo de Procedimiento Civil. Asimismo, la deuda consta en unó t tulo ejecutivo, es l quida, actualmente exigible y su acci n no se encuentraí í ó prescrita.- Por lo antes expuesto y disposiciones legales que invoca solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de do a Sandy Valeskañ Código: RBXDXTXQBBC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Aguilera Guerra, ya individualizada, acogerla a tramitaci n y disponer seó despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó equivalente al total de la factura que motiva esta acción que corresponde a la suma

Fundamentos

fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que la ejecutada do a Sandy Valeska Aguilera Guerra,ñ opuso a la ejecuci n las siguientes excepciones: ó 1.- La contemplada en el N 7 del art culo 464 de° í l C digo deó Procedimiento Civil, esto es la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado, fundada en: ó 1.- Que, la factura es un t tulo que en nuestra legislaci n exige elí ó cumplimiento copulativo de ciertos requisitos para llevar fuerza ejecutiva, en Código: RBXDXTXQBBC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 ese sentido, esta materia est regulada por la Ley 19.983, que regula laá transferencia y otorga m rito ejecutivo a copia de la factura, é en este sentido, se establece en su art culo n mero 5 que, la factura para tener m ritoí ú é ejecutivo para su cobro debe cumplir con los siguientes requisitos: Que la factura no haya sido reclamada conforme al art culo 3 de laí referida Ley.- Que el pago de la factura sea actualmente exigible.- Que la acci n para su cobro no est prescrita.-ó é Que en la copia de factura conste el recibo de las mercader así entregadas o del servicio prestado, con indicaci n del recinto y fecha de laó entrega de las mercader as o de lí as prestaciones del servicio, del nombre completo, rut y domicilio del comprador o beneficiario e identificaci n de laó persona que recibe las mercader as o servicio.-í Que se efect e su notificaci n judicial.-ú ó Conforme a lo anterior, se evidencia que, en este caso, se incumple en varias partes aquellos requisitos mencionados, en modo siguiente. En primer lugar, el documento invocado es ampliamente gen rico en cuanto a laé individualizaci n del comprador y respecto a los datos del recinto deó entrega y persona que recibe pues, indica efectivamente los datos del demandado de autos, sin embargo, no se ala si es esta misma persona quienñ recibe, ni tampoco el lugar en que efectivamente se materializa la entrega. En este sentido, atendida la naturaleza del objeto que comprende la supuesta factura, siendo de gran relevancia la entrega del bien, cobra importancia imprescindible el se alamiento espec fico de quien recibe y delñ í lugar en que se realiza.- Sumado a lo anterior, no se acompa a en la presentaci n documentoñ ó que acredite la efectiva entrega, tal como lo ordena el referido art culo 5 deí la ley 19.983, pues figura en blanco el apartado de recepci n que consta enó el mismo t tulo acompa ado por el demandante y no se acompa a gu a deí ñ ñ í despacho, que ha sido el m todo utilizado por las partes en actos previos.-é Con todo lo se alado, y sumado al hecho de que en la realidad noñ hubo entrega de los bienes que se describen el t tulo, cabe concluir que laí factura no es v lida para cobro, siendo este un hecho que se demostrar eá á n la etapa correspondie

Fallo

se declaran admisibles las excepciones opuestas y se recibe la causa a prueba.- Con fecha 25 de febrero de 2025, se cit a las partes para o ró í sentencia.- C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que don Christian Rodrigo Abarca Antiquera, en representaci n de Envaplast Sociedad Comercial e Industrial SPA., haó interpuesto demanda ejecutiva en contra de do a Sandy Valeska Aguilerañ Guerra, por las razones, fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que la ejecutada do a Sandy Valeska Aguilera Guerra,ñ opuso a la ejecuci n las siguientes excepciones: ó 1.- La contemplada en el N 7 del art culo 464 de° í l C digo deó Procedimiento Civil, esto es la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado, fundada en: ó 1.- Que, la factura es un t tulo que en nuestra legislaci n exige elí ó cumplimiento copulativo de ciertos requisitos para llevar fuerza ejecutiva, en Código: RBXDXTXQBBC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 ese sentido, esta materia est regulada por la Ley 19.983, que regula laá transferencia y otorga m rito ejecutivo a copia de la factura, é en este sentido, se establece en su art culo n mero 5 que, la factura para tener m ritoí ú é ejecutivo para su cobro debe cumplir con los siguientes requisitos: Que la factura no haya sido reclamada conforme

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 16 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : C-1154-2024 CARATULADO : ENVAPLAST SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL SPA/AGUILERA Melipilla, tres de marzo de dos mil veinticinco.- VISTOS: Comparece con fecha 10 de julio de 2024, don Christian Rodrigo Abarca Antiquera, chileno, casado, ingeniero civil industrial, c dula deé identidad

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