O'RYAN/
Rol
V-133-2024
Fecha
28 de febrero de 2025
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal de su escrito de fecha 11 de junio de 2024, comparece SCARLET YESENIA O RYAN TORRES, en representaci n’ ó de su hija menor de edad AMANDA ISABELLA VARGAS O RYAN, ambas’ con domicilio en Los Sauces N 5506, comuna de Quinta Normal. La° compareciente solicita el cambio de nombres y apellido de su representada y, en consecuencia, la rectificaci n de su partida de nacimiento.ó Indica que su representada fue inscrita bajo el N 2.392, de la° circunscripci n de Santiago del a o 2011, siendo registrada con el nombre deó ñ Amanda Isabella Vargas O Ryan.’ Refiere que el verdadero nombre y apellido que le corresponde y con el cual ha obrado desde peque a y hace m s de cinco a os a la fecha y que hañ á ñ usado en todas sus actuaciones, es el de ISABELLA AMANDA O RYAN DE LA’ TORRE toda vez que, si bien fue reconocida por su padre, este no ha estado presente en su vida y no hay ninguna relaci n entre ellos desde hace ya variosó a os.ñ Se ala que ha sido ella y su familia quienes se han hecho cargo de lañ crianza y educaci n de Isabella, quien jam s se ha sentido identificada con suó á apellido Vargas y hace m s de cinco a os atr s empez a usar como su apellido“ ” á ñ á ó paterno de su madre, O Ryan y empez a usar como su apellido materno el de:’ ó De La Torre, que es el apellido original de su abuela materna. Agrega que, respecto a sus nombres, los ha usado hace m s de cinco a osá ñ atr s en forma invertida, es decir, Isabella Amanda en vez de Amanda Isabella ,á “ ” ya que su primer nombre Amanda fue elegido por su padre, por lo que no ha“ ” sido nunca de su gusto, sinti ndose m s identificada con su nombre Isabella yé á nicamente para no quedar con un solo nombre ha usado su nombre Amandaú “ ” como segundo nombre. En definitiva, al tenor de los art culos 817 y siguientes del C digo deí ó Procedimiento Civil, y 1 inciso segundo letra b) de la Ley N 17.344, solicita tener° por interpuesta solicitud de cambio de nombre y que, accedi ndose a tal petici n,é ó se rectifique la partida de nacimiento de su representada, quedando su nombre en definitiva como Isabella Amanda O Ryan De La Torre.’ SEGUNDO: Que, con fecha 30 de julio de 2024, se tuvo por recibido Informe N 3643 del Servicio de Registro Civil e Identificaci n de fecha 29 de° ó julio de 2024, en el cual se se ala que consta en los registros la inscripci n deñ ó nacimiento N 2392, del a o 2011, de la circunscripci n de SANTIAGO, siendo° ñ ó Código: QMEPXTLLYXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 titular de ella, AMANDA ISABELLA VARGAS O'RYAN, nacida el 15 de marzo de 2011, consign ndose en el rubro correspondiente al padre a doná Ignacio Aurelio Vargas Estroz, y en el correspondiente a la madre a do a Scarletñ Yesenia O ryan Torres. ´ Agrega este documento que, en la referida inscripci n de nacimiento, a laó fecha de revisi n de esta en la base de datos computacional del servicio, noó
Fallo
SE RESUELVE: Que SE HACE LUGAR a la petici n de lo principal del escrito de fechaó 11 de junio de 2024 y se ordena la rectificaci n de la partida de nacimientoó inscrita bajo el N 2.392 del a o 2011 de la circunscripci n de Santiago del° ñ ó Servicio de Registro Civil e Identificaci n de Chile, en cuanto se invierte eló nombre de la peticionaria y se cambian sus apellidos Vargas O Ryan , por el de“ ’ ” O Ryan De la Torre , quedando en definitiva la referida inscripci n a nombre“ ’ ” ó de Isabella Amanda O Ryan De La Torre , sexo femenino, c dula de identidad“ ’ ” é N 23.598.166-1. ° Proc dase por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n de Chile aé ó efectuar la sub-inscripci n legal de esta sentencia judicial al margen de la partidaó de nacimiento singularizada en el p rrafo que antecede, de acuerdo con elá art culo 19 de la Ley N 4.808, en relaci n con el art culo 3 de la Ley N 17.344.í ° ó í ° Reg strese, notif quese, dese copia y, en su oportunidad, arch vense losí í í antecedentes. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco Código: QMEPXTLLYXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-28T11:45:04-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-133-2024 CARATULADO : O'RYAN/ Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal de su escrito de fecha 11 de junio de 2024, comparece SCARLET YESENIA O RYAN TORRES, en representaci n’ ó de su hija menor de edad AMANDA ISABELLA VARGAS O RYAN, a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica