23º Juzgado Civil de Santiago

PÉREZ/

Rol

V-152-2024

Fecha

27 de febrero de 2025

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1 compareci ó Dalida del Carmen P rez Saavedraé , pensionada, c dula de identidad N 6.654.691-8, domiciliada en calleé ° Portugal 451 Departamento 301, comuna y ciudad de Santiago, quien interpuso reclamo en contra del se or Conservador de Bienes Ra ces dñ í e Santiago, a fin que proceda a modificar las inscripciones de fojas 102008, N 146983 posesi n efectiva y a fojas 102008, N 146984 especial de° – ó – ° – herencia , ambas del Registro de Propiedad del a o 2023, del Conservador– ñ de Bienes Ra ces de Santiago.í Sostuvo que seg n consta de la ú Resoluci n Exenta N 123.185 de laó ° Direcci n Regional Metropolitana de Santiago del Servicio de Registro Civiló e Identificaci n, publicada con fecha 15 de noviembre de 2023, se concedió ó la posesi n efectiva intestada quedada al fallecimiento de Marta Saavedraó Salazar, a sus herederas a Marta Jacqueline Toro y Gilda Cecilia Toro Saavedra, ambas en representaci n de Mar a Mercedes Saavedra Salazar,ó í hermana de la causante fallecida el 18 de septiembre de 2009. Posteriormente, se rectific la posesi n efectiva, en el sentido deó ó incluir a los siguientes herederos: 1.- Dalida del Carmen P rezé , c dula de identidad N 6.654.691-8,é ° sobrina de la causante; 2.- Claudio Alejandro Casanova, c dula de identidad Né ° 11.625.642-8, sobrino-nieto de la causante; Código: LZGXXTUYXVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 3.- Andr s Casanova P rezé é , c dula de identidad N 10.683.763-5,é ° sobrino-nieto de la causante, todos en representaci n de Fidelina Saavedraó Salazar, hermana de la causante fallecida el 02 de julio de 1987. Con fechas 22 y 27 de marzo de 2024 se rectific por el Servicio deó Registro Civil e Identidad la posesi n efectiva, incluyendo como herederos aó las personas antes individualizadas, otorgando un duplicado de Certificado de Posesi n Efectiva debidamente rectificado.ó Al efecto, con fecha 2 de abril de 2024 se requir

Fundamentos

Considerando: Primero: Que para sustento su pretensi n el solicitante acompa losó ñó siguientes antecedentes: 1. Certificado de Inscripci n de Resoluci n de Posesi n Efectiva;ó ó ó 2. Duplicado de Certificado de Posesi n Efectiva;ó 3. Copia de car tula de solicitud de inscripci n y de informaci n deá ó ó la p gina web del estado de tr mite, del Conservador de Bienes Ra ces deá á í Santiago, en el que consta el motivo de su rechazo; Código: LZGXXTUYXVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 4. Inscripci n de posesi n efectiva de fojas 102008, n mero 146983ó ó ú del Registro de Propiedad del a o 2023, del Conservador de Bienes Ra cesñ í de Santiago; 5. Inscripci n especial de herencia de fojas 102008, n mero 146984ó ú del Registro de Propiedad del a o 2023, del Conservador de Bienes Ra cesñ í de Santiago; 5. Certificado de Beneficio de Asistencia Jur dica.í Segundo: Que a folio 6 se encuentra agregado informe emitido por el se or Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, el cual se ala que se hañ í ñ abstenido de anotar al margen y/o inscribir la rectificaci n de la resoluci nó ó del Servicio de Registro Civil e Identificaci n que otorg la posesi n efectivaó ó ó de los bienes quedados al fallecimiento de do a Marta Saavedra Salazar enñ la que se agregan tres herederos no considerados inicialmente en la resoluci n del mismo Servicio, en atenci n a que tanto la inscripci n deó ó ó posesi n efectiva como la especial de herencia ya se practicaron en eló Registro de Propiedad, con el m rito de la resoluci n administrativaé ó acompa ada en su oportunidad a este Conservador .ñ ” Agreg en lo pertinente que el mencionado Servicio una vez otorgadaó la resoluci n que concede la posesi n efectiva, la que debi dictarse seg n laó ó ó ú base de datos del mismo Servicio, no puede ser alterada, rectificada o modificada sino en virtud de resoluci n judicial, seg n lo contemplado en eló ú art culo 8 de la Ley 19.903, sobre tramitaci n de posesiones efectivasí ó intestadas y que una vez inscrita la posesi n efectiva en el Registro deó Propiedad y practicadas las inscripciones especiales de herencia, el Servicio de Registro Civil e Identificaci n no puede modificar sus resoluciones,ó incluso si ha incurrido en errores manifiestos, cuando se agregan y/o eliminan herederos, toda vez que al efectuarse las inscripciones se ha dado la debida publicidad a las mismas, respecto a una causante fallecida el d aí 10 de noviembre de 2023. Tercero: Que de los antecedentes aportados por la solicitante y del informe del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago acompa ado seí ñ desprende que la negativa del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago seí funda en un argumento legal, esto es, el art culo 8 de la Ley 19.903,í ° el Código: LZGXXTUYXVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 cual se ala en su inciso final que ñ Una vez inscrita, la res

Fallo

por tanto, los conductos legales para la modificaci n de la Resoluci n Exenta Nó ó ° 123.185 original, por medio de la cual se concedi la posesi n efectivaó ó originalmente, por lo que corresponde acceder a la solicitud. Código: LZGXXTUYXVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 En virtud de lo expuesto y lo previsto en los art culos 817 y siguientesí del C digo de Procedimiento Civil, y art culos pertinentes de la Ley 19.903ó í se declara: I.- Que se acoge la solicitud, debiendo el se or Conservador deñ Bienes Ra ces de Santiago proceder a practicar la inscripci ní ó correspondiente en virtud de la posesi n efectiva concedida medianteó Resoluci n Exenta N 123.185 del Director Regional Regi n Metropolitana,ó ° ó modificada con fechas 22 y 27 de marzo de 2024, incorporando a los herederos Dalida del Carmen P rez Saavedra, Claudio Alejandroé Casanova P rezé y Andr s Casanova P rezé é , en representaci n de ó Fidelina Saavedra Salazar, hermana de la causante, en la o las inscripciones conservatorias pertinentes. Notif quese, reg strese, una vez ejecutoriada dese copia y, en suí í oportunidad, arch vese.í Dictada por Alberto lamos Valenzuela, Juez Subrogante.Á Autoriza Margarita Bravo Narv ez, Secretaria Subrogante.á Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. Código: LZGXXTUYXVX Este documen

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-152-2024 CARATULADO : P REZ/É Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 compareci ó Dalida del Carmen P rez Saavedraé , pensionada, c dula de identidad N 6.654.691-8, domiciliada en calleé ° Portugal 451 Departamento 301, comuna y ciudad de Santiago, quien interpuso reclam

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