AGURTO/DIRT SPA
Rol
O-6021-2023
Fecha
27 de enero de 2025
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: PRIMERO: Comparece ante este Tribunal don CLAUDIO ANDRÉS QUIROGA HINOJOSA, cédula nacional de identidad número 15.328.740-6, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión domiciliado en calle Morandé 835, oficina 1007, comuna y ciudad de Santiago, y en procedimiento aplicación general deduce demanda en representación de don FELIPE ANDRÉS AGURTO LETELIER, cédula de identidad número 12.454.610-9, chileno, cesante de su mismo domicilio, en contra de DIRT S.P.A., RUT N° 76.675.692-1, representaba por don Cristian Mauricio Torres Silva, cédula nacional de identidad número 10.633.214-2, o por quién haga las veces de tal en virtud de lo dispuesto en el artículo cuarto inciso primero el Código del Trabajo ambos, domiciliados en calle Ismael Valdés Vergara ex número 670, comuna de Santiago y/o La Reina de Chile número 0178, comuna de Recoleta. Atendido lo expuesto y lo dispuesto los artículos 1, 2, 3, 7, 8, 9, 10, 11, 41, 42, 54, 58, 63, 67 a 73 inciso segundo, 160 número 7, 162 inciso quinto, 171, 172, 173, 420 letra a, 446, 452, 453 a 459, del Código del Trabajo, 1.698 del Código Civil y artículo 3 inciso segundo de la Ley 17.322; se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda deducida por don CLAUDIO ANDRÉS QUIROGA HINOJOSA en representación de FELIPE ANDRÉS AGURTO LETELIER y en contra de DIRT S.P.A., todos ya individualizados, y se declara: a. La existencia de la relación laboral habida entre el demandante de autos y la demandada por el periodo que va del 8 de septiembre del año 2021 hasta el 16 de junio del año 2023, concluyendo la misma, por autodespido del demandante de autos; b. Que el autodespido ejercido por el demandante se encuentra ajustado derecho al haber incurrido la parte demandada en incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato; c. Que las remuneraciones para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo alcanzan a la suma de $1.032.148; d. Que las remuneraciones imponibles del demandante para los efectos del cálculo de
Fallo
se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda deducida por don CLAUDIO ANDRÉS QUIROGA HINOJOSA en representación de FELIPE ANDRÉS AGURTO LETELIER y en contra de DIRT S.P.A., todos ya individualizados, y se declara: a. La existencia de la relación laboral habida entre el demandante de autos y la demandada por el periodo que va del 8 de septiembre del año 2021 hasta el 16 de junio del año 2023, concluyendo la misma, por autodespido del demandante de autos; b. Que el autodespido ejercido por el demandante se encuentra ajustado derecho al haber incurrido la parte demandada en incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato; c. Que las remuneraciones para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo alcanzan a la suma de $1.032.148; d. Que las remuneraciones imponibles del demandante para los efectos del cálculo de las cotizaciones previsionales no declaradas hasta esta fecha hasta el mes de marzo del año 2023 y las remuneraciones que con ocasión de la acción de nulidad del despido se devenguen a futuro corresponde a la base a la suma de $833.333. II.- Que se condena a la demandada del pago de los siguientes conceptos: a. $1.032.148, por concepto indemnización sustitutiva del aviso previo, b. $2.064.296, por concepto de indemnización por año de servicio; c. 50% de incremento por sobre esta última indemnización; d. $522.504, por concepto de feriado anual a razón de 21 días; e. $557.910, por concepto de compensación de feriado proporcional, a razón de 16.216 dí
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO Procedimiento Ordinario (Audiencia Presencial) FECHA Santiago, 24 de enero de 2025 RUC 23-4-0509640-4 RIT O-6021-2023 CARATULADO AGURTO/DIRT SPA MAGISTRADO CLAUDIA ELISA TAPIA TAPIA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CARLOS URZUA TORO HORA DE INICIO 14:11 HORA DE TERMINO 15:11 SALA 2.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340509640
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